Norma Legal Oficial del día 25 de enero del año 2012 (25/01/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano MORDAZA, miercoles 25 de enero de 2012

NORMAS LEGALES
POR CUANTO:

459815

Administradora Privada de Fondos de Pensiones AFP Horizonte, representada por su Gerente Legal senora MORDAZA Avendano Arana; y el Informe N° 004-2012-DSP, del Departamento de Supervision Previsional. CONSIDERANDO: Que, mediante solicitud recibida con fecha 03 de enero de 2012, la senora MORDAZA Avendano MORDAZA, en representacion de AFP Horizonte, solicita a esta Superintendencia se autorice a la citada Administradora Privada de Fondos de Pensiones, el cambio de direccion de su agencia ubicada en MORDAZA San MORDAZA N° 108, en la MORDAZA de MORDAZA, Provincia de MORDAZA, Departamento de MORDAZA, Que, la citada AFP ha cumplido con presentar la documentacion pertinente que justifica el cambio de direccion solicitado; Que, mediante Resolucion SBS N° 1311-2005 de fecha 23.08.2005, se autorizo a AFP Horizonte el funcionamiento definitivo de su agencia ubicada en la MORDAZA de MORDAZA, en la direccion MORDAZA referida; Estando a lo informado por el Departamento de Supervision Previsional, mediante Informe N° 004-2012DSP, de fecha 13 de enero de 2012; Contando con el visto MORDAZA del Departamento de Supervision Previsional, y; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros y sus modificatorias, el Texto Unico Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo N° 054-97-EF, y sus modificatorias, la Resolucion N° 053-98-EF/SAFP y sus modificatorias y la Resolucion SBS N° 949-2000, y la Resolucion SBS N° 060-2012; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a AFP Horizonte, el cambio de direccion de su agencia ubicada en Avenida MORDAZA San MORDAZA N° 108, en la MORDAZA de MORDAZA, Provincia de MORDAZA, Departamento de MORDAZA, hacia Avenida Ejercito N° 107 - A, Manzana A, Lote 4, Urb. Jardin, en el Distrito de Yanahuara, Provincia de MORDAZA, Departamento de Arequipa. Articulo Segundo.- Dejar sin efecto el Certificado Definitivo N° HO039, que fuera emitido al MORDAZA de lo dispuesto en la Resolucion SBS N° 1311-2005. Articulo Tercero.- Expedir y otorgar el Certificado Definitivo N° HO050, con la nueva direccion referida en el Articulo Primero de la presente resolucion. Articulo Cuarto.- AFP Horizonte, a efecto del cambio de direccion que se autoriza por la presente Resolucion, debera dar cumplimiento a lo establecido en el articulo 15° del Titulo III del Compendio de Normas Reglamentarias del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones, referido a Gestion Empresarial, aprobado por Resolucion N° 053-98-EF/SAFP. Articulo Quinto.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir de la fecha de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Adjunto de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y Seguros (a.i.) 744865-2

EL CONSEJO REGIONAL DE MOQUEGUA;

En sesion Ordinaria N° 12-2011-CR/GRM, de fecha 06 de octubre del 2011, el Consejo Regional de Moquegua; aprobo; "El Proyecto Educativo Regional del Gobierno Regional Moquegua" y; CONSIDERANDO: Que, el articulo 191° de la Constitucion Politica del Peru, establece que los Gobiernos Regionales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, en sus articulos 13° y 14° establece que la educacion tiene como finalidad el desarrollo integral de la persona humana; prepara para la MORDAZA y el trabajo a los educandos. Que, estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales modificada por la Ley N° 27902, el Gobierno Regional de MORDAZA es persona juridica de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia; teniendo como estructura organica basica: el Consejo Regional, la Presidencia Regional y el Consejo de Coordinacion Regional. Que, el Consejo Regional es el organo normativo y fiscalizador del Gobierno Regional MORDAZA, el cual esta integrado por nueve consejeros regionales, elegidos por sufragio directo; el mismo que tiene las competencias constitucionales para promover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura, pesqueria, industria, agroindustria, turismo, educacion, salud entre otros, armonizando la dinamica demografica, el desarrollo social equitativo, orientandolo hacia el ejercicio pleno de los derechos de sus habitantes en igualdad de oportunidades. Que, la Ley de Bases de la Descentralizacion N° 27783 en su Capitulo IV referido a la participacion ciudadana, en el numeral 17.2 de su articulo 17° establece que la participacion de los ciudadanos se canaliza a traves de los espacios de consulta, coordinacion, concertacion y vigilancia existentes, y los gobiernos regionales y locales los planes y programas correspondientes. Que, el Ministerio de Educacion en merito al articulo 80° literal b) de la Ley N° 28044 - Ley General de Educacion, en la que formula, aprueba, ejecuta y evalua de manera concertada el Proyecto Educativo Nacional, y conduce el MORDAZA de planificacion de la educacion, y su reglamentacion del D.S. N° 009-2005-ED Art. 2 inciso c es participativa y creativa porque la sociedad interviene en forma organizada, democratica e innovativa, en la planificacion, organizacion, seguimiento y evaluacion de la gestion en cada una de las instancias de gestion descentralizada del sistema educativo, por intermedio de su respectivo consejo educativo institucional (CONEI), consejo participativo local (COPALE) consejo participativo regional de educacion (COPARE) y otras organizaciones de la comunidad educativa. Que, el articulo 61° del D.S. N° 009-2005-ED "Reglamento de la Gestion del Sistema Educativo" define al Proyecto Educativo Regional PER, como el principal instrumento orientador de la politica y de la gestion educativa regional y el articulo 62° de la misma MORDAZA senala la DRE", es responsable de convocar, organizar y coordinar la participacion del consejo participativo regional materia de educacion. Que, el articulo 47° de la Ley Organica de Gobiernos Regionales ­ Ley N° 27867, establece como funciones especificas en materia de Educacion... inciso a) formular, aprobar, ejecutar, evaluar y administrar las politicas regionales de educacion, cultura, ciencia y tecnologia, deporte y recreacion de la region, y el inciso b) disenar, ejecutar y evaluar el Proyecto Educativo Regional PER, los programas de desarrollo de la cultura, ciencia y tecnologia, y el programa de desarrollo del deporte y recreacion de la region en concordancia con la politica educativa nacional. Que, el Gobierno Regional de MORDAZA en coordinacion y participacion, del consejo participativo regional de educacion COPARE en concordancia con la politica educativa nacional y en forma concertada y articulada con la participacion de las municipalidades, instituciones educativas, universidades, organismos gubernamentales, organismos no gubernamentales,

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban el Proyecto Educativo Regional (PER) MORDAZA 2009-2021
ORDENANZA REGIONAL N° 17-2011-CR/GRM Fecha: 06 de octubre del 2011

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