Norma Legal Oficial del día 25 de enero del año 2012 (25/01/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, miercoles 25 de enero de 2012

NORMAS LEGALES

459807

ORGANOS AUTONOMOS ANR - CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES
Otorgan autorizacion de funcionamiento provisional a la Universidad Nacional de MORDAZA
CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) RESOLUCION Nº 647-2011-CONAFU MORDAZA, 22 de diciembre de 2011 UNIVERSIDAD NACIONAL DE MORDAZA VISTOS: El escrito recibido con fecha 07 de octubre de 2009, la Resolucion Nº 605-2009-CONAFU, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 31 de diciembre de 2009, la Resolucion Nº 086-2010-CONAFU, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 26 de febrero de 2010, el Oficio Nº 0107-2011-P-CO-UNJ recibido con fecha 28 de junio de 2011, la Resolucion Nº 363-2011-CONAFU de fecha 13 de MORDAZA de 2011, la Carta s/n recibido con fecha 06 de setiembre de 2011, la Resolucion Nº 463-2011-CONAFU de fecha 08 de setiembre de 2011, el Acta de verificacion in situ por el Pleno del CONAFU de la Implementacion Inicial de fecha 06 de octubre de 2011, el Oficio Nº 0186-2011-P-CO-UNJ recibida con fecha 28 de octubre de 2011, y el Acuerdo Nº 789-2011-CONAFU de la sesion ordinaria de Pleno del CONAFU llevada a cabo el dia 21 de diciembre de 2011, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como organo MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como una de sus atribuciones: Evaluar los proyectos y solicitudes de autorizacion de funcionamiento de las nuevas universidades a nivel nacional, emitiendo resoluciones autorizando o denegando el funcionamiento provisional, previa verificacion de los requisitos y condiciones establecidos; en concordancia con el articulo 3° inciso a) del Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 189-2006-CONAFU de fecha 13 de MORDAZA de 2006; Que, posterior a la Sentencia del Tribunal Constitucional del Peru recaido en el expediente 0017-2008-PI, se le restituye al CONAFU la facultad de emitir resoluciones de funcionamiento provisional de universidades, mediante Ley 29780 de fecha 27 de MORDAZA de 2011, explicitado en su articulo unico que incorpora el literal i) al articulo 2º de la ley 26439 que a la letra dice: Articulo 2º.- Son atribuciones del CONAFU: i) Evaluar los proyectos y solicitudes de autorizacion de funcionamiento de las nuevas universidades publicas, cuyo tramite se hayan iniciado despues del 28 de junio de 2010, y emitir resoluciones de autorizacion o denegacion de funcionamiento provisional, previa verificacion del cumplimiento efectivo de los requisitos y condiciones establecidos. Los proyectos y solicitudes de autorizacion de funcionamiento de las nuevas universidades publicas y privadas que hubieran sido admitidas a tramite MORDAZA del 28 de junio continuan con el mismo procedimiento establecido en el parrafo anterior. Que, en el articulo 10º del Reglamento para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades aprobado por Resolucion Nº 387-2009-CONAFU; se establece que: "El procedimiento para la Autorizacion

de funcionamiento de una universidad, una vez admitida a tramite, tiene cuatro (4) Fases: 1.- Evaluacion para la aprobacion del Proyecto de Desarrollo Institucional. 2.- Implementacion Inicial del Proyecto de Desarrollo Institucional aprobado. 3.- Verificacion de la Implementacion Inicial. 4.- Autorizacion del funcionamiento provisional de la universidad; Que, por Ley Nº 29304 se crea la Universidad Nacional de MORDAZA con sede en el distrito de MORDAZA, provincia de MORDAZA, departamento de Cajamarca; Que, por Escrito s/n recepcionado con fecha 07 de octubre de 2009, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente de la Comision encargada de elaborar el PDI, en nombre de la Promotora Ministerio de Educacion, presenta el Proyecto de Desarrollo Institucional para la creacion y funcionamiento de la Universidad Nacional de Jaen; Que, por Resolucion Nº 605-2009-CONAFU, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 31 de diciembre de 2009, se admite a tramite la solicitud de Autorizacion de Funcionamiento Provisional del Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad Nacional de Jaen; Que, por Resolucion Nº 086-2010-CONAFU, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 26 de febrero de 2010, se aprueba el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad Nacional de MORDAZA, con las siguientes carreras profesionales de Ingenieria Civil, Ingenieria Mecanica y Electrica, Ingenieria de Industrias Alimentarias, Ingenieria Forestal y Ambiental, y Tecnologia Medica con especialidad en Laboratorio Clinico; Que, con Oficio Nº 0107-2011-P-CO-UNJ recibido con fecha 28 de junio de 2011, se remite a CONAFU el Informe de Implementacion Inicial del Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad Nacional de MORDAZA, adjuntando la documentacion correspondiente; Que, mediante Resolucion Nº 363-2011-CONAFU de fecha 13 de MORDAZA de 2011, se resolvio: Designar a los miembros de la Comision Verificadora de la Implementacion Inicial de la Universidad Nacional de MORDAZA, quedando integrada por los siguientes profesionales: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Rodenas Seytuque, en calidad de Presidente, Secretario y Vocal, respectivamente; Que, mediante Carta s/n recibido con fecha 06 de setiembre de 2011, el Presidente de la Comision Verificadora, remitio Informe Final de la Implementacion Inicial de la Universidad Nacional de MORDAZA, concluyendo que el Proyecto de la mencionada universidad ha cumplido con implementar satisfactoriamente lo programado para su funcionamiento de acuerdo a su PDI; Que, mediante Resolucion Nº 463-2011-CONAFU de fecha 08 de setiembre de 2011, se resolvio: Aprobar el Informe de Implementacion Inicial de la Universidad Nacional de MORDAZA, quedando pendiente que el Pleno del CONAFU realice la visita correspondiente in situ para ratificar el Informe de la Comision de Verificacion de la Implementacion Inicial, conforme lo establecido en el articulo 39º del Reglamento; Que, conforme al Acta de Visita In situ de fecha 06 de octubre de 2011, levantada en las instalaciones de la Universidad Nacional de MORDAZA, los integrantes del Consejo Directivo del CONAFU, luego de efectuar la debida verificacion e inspeccion, realizaron las siguientes observaciones: 1.- La universidad cuenta con un MORDAZA local ubicado en la MORDAZA Mariscal MORDAZA Nº 115 del Distrito de MORDAZA, el cual no consta en el PDI aprobado, cambio que debe ser regularizado ante el CONAFU, 2.- No existe una programacion de uso de los ambientes (aulas y laboratorios) para el primer ano de funcionamiento, 3.Los integrantes de la Comision Organizadora deberan acreditar trabajo a dedicacion exclusiva, 4.- La relacion del personal administrativo del Informe de Implementacion Inicial no es coincidente con el PDI aprobado, las mismas que deberan ser levantadas en un plazo no mayor de 15 dias calendarios; Que, con Oficio Nº 0186-2011-P-CO-UNJ recibida con fecha 28 de octubre de 2011, el Presidente de la Comision Organizadora de la Universidad Nacional de MORDAZA, remite el levantamiento de las cuatro observaciones realizadas por los integrantes del Consejo Directivo del CONAFU; Que, la Universidad Nacional de MORDAZA, en atencion a los considerandos MORDAZA expuestos, cumple con las dos condiciones establecidas por el literal i) de la Ley Nº 26439, ya que ha sido admitido a tramite con anterioridad al 28 de junio de 2010 y cumple con las condiciones y requisitos

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