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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE ENERO DEL AÑO 2012 (25/01/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 52

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 25 de enero de 2012 459814 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan la inscripción de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros RESOLUCIÓN SBS Nº 11667-2011 Lima, 23 de noviembre de 2011 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por la señorita Haydee Margot Sánchez Montalbán para que se le autorice la inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros: Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 1.- Corredores de Seguros Generales; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS Nº 1797-2011 de fecha 10 de febrero de 2011, se establecieron los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros; Que, la solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada norma administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros mediante Sesión de la Comisión Evaluadora de fecha 3 de marzo del 2011, convocada de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10º del Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, ha califi cado y aprobado la inscripción respectiva en el indicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus modifi catorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS Nº 1096-2005 del 25 de julio de 2005; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción de la señorita Haydee Margot Sánchez Montalbán con matrícula Nº N-4089 en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 1.- Corredores de Seguros Generales, que lleva esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA Superintendente Adjunto de Seguros 744294-1 Autorizan a AFP Horizonte el cambio de dirección de agencias ubicadas en los departamentos de Tacna y Arequipa RESOLUCIÓN SBS N° 190-2012 Lima, 17 de Enero de 2012 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Y SEGUROS (a.i.) VISTOS: La carta N° ALE-002-2012, ingresada con registro N° 2012-00436 de fecha 03.01.2012, presentada por la Administradora Privada de Fondos de Pensiones AFP Horizonte, representada por su Gerente Legal señora Leonor Avendaño Arana; y el Informe N° 003-2012-DSP, del Departamento de Supervisión Previsional. CONSIDERANDO: Que, mediante solicitud recibida con fecha 03 de enero de 2012, la señora Leonor Avendaño Arana, en representación de AFP Horizonte, solicita a esta Superintendencia se autorice a la citada Administradora Privada de Fondos de Pensiones, el cambio de dirección de su agencia ubicada en Avenida San Martín N° 605, en la ciudad de Tacna, Provincia de Tacna, Departamento de Tacna; Que, la citada AFP ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifi ca el cambio de dirección solicitado; Que, mediante Resolución SBS N° 388-1995-EF/ SAFP de fecha 06.10.1995, se autorizó a AFP Horizonte el funcionamiento defi nitivo de su agencia ubicada en la ciudad de Tacna, en la dirección antes referida; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Previsional, mediante Informe N° 003-2012- DSP, de fecha 13 de enero de 2012; Contando con el visto bueno del Departamento de Supervisión Previsional, y; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y sus modifi catorias, el Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo N° 054-97-EF, y sus modifi catorias, la Resolución N° 053-98-EF/SAFP y sus modifi catorias y la Resolución SBS N° 949-2000, y la Resolución SBS N° 060-2012; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a AFP Horizonte el cambio de dirección de su agencia ubicada en Avenida San Martín N° 605, en la ciudad de Tacna, Provincia de Tacna, Departamento de Tacna, hacia Avenida San Martín N° 893, en la ciudad de Tacna, Provincia de Tacna, Departamento de Tacna. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto el Certifi cado Defi nitivo N° HO018, que fuera emitido al amparo de lo dispuesto en la Resolución SBS N° 388-1995. Artículo Tercero.- Expedir y otorgar el Certifi cado Defi nitivo N° HO049, con la nueva dirección referida en el Artículo Primero de la presente resolución. Artículo Cuarto.- AFP Horizonte, a efecto del cambio de dirección que se autoriza por la presente Resolución, deberá dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 15° del Título III del Compendio de Normas Reglamentarias del Sistema Privado de Administración de Fondo de Pensiones, referido a Gestión Empresarial, aprobado por Resolución N° 053-98-EF/SAFP. Artículo Quinto.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS IZAGUIRRE CASTRO Superintendente Adjunto de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y Seguros (a.i.) 744865-1 RESOLUCIÓN SBS N° 191-2012 Lima, 17 de enero de 2012 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Y SEGUROS (a.i.) VISTOS: La carta N° ALE-001-2012, ingresada con registro N° 2012-00437 de fecha 03.01.2012, presentada por la