Norma Legal Oficial del día 25 de enero del año 2012 (25/01/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 25 de enero de 2012

establecidos en la Resolucion Nº 387-2009-CONAFU para la emision de la resolucion de funcionamiento provisional a su favor; Que, el modelo Institucional adoptado por la Universidad Nacional de MORDAZA es la de una Persona Juridica de Derecho Publico y se rige bajo las normas de la Ley Nº 23733 ­ Ley Universitaria, Ley Nº 29304 ­ Ley de su Creacion, Ley Nº 26439 - Ley de Creacion del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades ­CONAFU por lo que; estando a lo dispuesto en la Ley 29780 literal i), la Universidad Nacional de MORDAZA se encuentra MORDAZA para otorgar la Autorizacion Provisional de Funcionamiento; Que, en sesion ordinaria de fecha 21 de diciembre de 2011, el Pleno del CONAFU despues de deliberar, por Acuerdo Nº 789-2011-CONAFU convinieron por UNANIMIDAD: 1) Otorgar la Autorizacion de Funcionamiento Provisional a la Universidad Nacional de MORDAZA para brindar servicios educativos de nivel universitario; autorizandose con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Ingenieria Civil, 2) Ingenieria Mecanica y Electrica, 3) Ingenieria de Industrias Alimentarias, 4) Ingenieria Forestal y Ambiental, 5) Tecnologia Medica con especialidad en Laboratorio Clinico; 2) Aprobar el modelo institucional adoptado por la Universidad Nacional de MORDAZA, especificando el regimen legal en el que se encuentra y la forma de su personeria juridica, 3) Disponer que la Promotora de la Universidad Nacional de MORDAZA remita al CONAFU, la minuta que contiene el Estatuto Social, asi como el Reglamento General de la Universidad, para ser visado por la Presidencia, la Secretaria General y la Comision Juridica del CONAFU, 4) Establecer que la Universidad Nacional de MORDAZA, puede iniciar sus actividades academicas a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano; En atencion a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento al articulo 18º del Estatuto del CONAFU que establece: "El Presidente del CONAFU tiene las siguiente atribuciones generales:...d) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos y decisiones del Pleno del CONAFU, expidiendo las respectivas resoluciones" y de conformidad a lo dispuesto en el articulo 38º incisos d) y e) del referido Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Articulo Primero.- OTORGAR LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO PROVISIONAL a la Universidad Nacional de MORDAZA para brindar servicios educativos de nivel universitario, en el Distrito de MORDAZA, Provincia de MORDAZA y Departamento de MORDAZA, con las siguientes Carreras Profesionales y vacantes por Ciclo Academico: Numero de Vacantes por ciclo academico Ciclo I 40 40 40 40 40 Ciclo II 40 40 40 40 40

promotora presentar ante este Consejo una MORDAZA literal de su inscripcion registral. Articulo Cuarto.- ESTABLECER que la Universidad Nacional de MORDAZA, puede iniciar sus actividades academicas a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, como Persona Juridica de Derecho Publico, bajo el Regimen Legal de la Ley Universitaria 23733 y la Ley de Creacion del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades, sus disposiciones modificatorias y los reglamentos aprobados por el CONAFU. Articulo Quinto.- HACER de conocimiento a la Asamblea Nacional de Rectores de la presente Resolucion para los actos administrativos correspondientes. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA INFANTES Presidente JASSON MORDAZA MORDAZA CAMPOSANO Secretario General 744979-1

Otorgan autorizacion de funcionamiento provisional a la Universidad de la Amazonia MORDAZA MORDAZA MORDAZA
CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) RESOLUCION Nº 650-2011-CONAFU MORDAZA, 22 de diciembre de 2011 UNIVERSIDAD DE LA AMAZONIA MORDAZA MORDAZA MORDAZA VISTOS: El escrito s/n recibido el 01 de febrero de 2010, la Resolucion Nº 292-2010-CONAFU, publicada en el diario oficial El Peruano el 09 de MORDAZA de 2010, la Resolucion Nº 470-2010-CONAFU, publicada en el diario oficial El Peruano el 12 de noviembre de 2010, la Carta s/n recibido con fecha 16 de setiembre de 2011, la Resolucion Nº 482-2011CONAFU de fecha 22 de setiembre de 2011, el Oficio s/n recibido con fecha 08 de noviembre de 2011, la Resolucion Nº 586-2011-CONAFU de fecha 25 de noviembre de 2011, el Acuerdo Nº 725-2011-CONAFU de la Sesion del Pleno del CONAFU llevada a cabo el dia 24 de noviembre de 2011, el Acta de verificacion in situ por el Pleno del CONAFU de la Implementacion Inicial de fecha 10 de diciembre de 2011, y el Acuerdo Nº 792-2011-CONAFU de la Sesion del Pleno del CONAFU llevada a cabo el dia 21 de diciembre de 2011, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como organo MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como una de sus atribuciones: Evaluar los proyectos y solicitudes de autorizacion de funcionamiento de las nuevas universidades a nivel nacional, emitiendo resoluciones autorizando o denegando el funcionamiento provisional, previa verificacion de los requisitos y condiciones establecidos; en concordancia con el articulo 3° inciso a) del Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 189-2006-CONAFU de fecha 13 de MORDAZA de 2006; Que, posterior a la Sentencia del Tribunal Constitucional del Peru recaido en el expediente 0017-2008-PI, se le restituye al CONAFU la facultad de emitir resoluciones de funcionamiento provisional de universidades, mediante Ley 29780 de fecha 27 de MORDAZA de 2011, explicitado en su articulo unico que incorpora el literal i) al articulo 2º de la ley 26439 que a la letra dice: Articulo 2º.- Son atribuciones del CONAFU: i) Evaluar los proyectos y solicitudes de autorizacion de funcionamiento de las nuevas universidades publicas, cuyo tramite se hayan iniciado despues del 28 de junio de

Nombre de MORDAZA Ingenieria Civil Ingenieria Mecanica y Electrica Ingenieria de Industrias Alimentarias Ingenieria Forestal y Ambiental Tecnologia Medica con especialidad en Laboratorio Clinico

Articulo Segundo.- APROBAR el modelo institucional adoptado por la Universidad Nacional de MORDAZA, organizada como Persona Juridica de Derecho Publico sin fines de lucro, bajo el Regimen Legal de la Ley Universitaria 23733, la Ley de su Creacion Nº 29304 y por la Ley Nº 26439 - Ley de Creacion del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades ­CONAFU, debiendo proceder a inscribir la Escritura Publica que contiene el Estatuto Social, acompanado del Reglamento General de la Universidad, ante el registro Publico de Personas Juridicas de los Registros Publicos. Articulo Tercero.- DISPONER que la Promotora de la Universidad Nacional de MORDAZA remita al CONAFU, la minuta que contiene el Estatuto Social, asi como el Reglamento General de la Universidad, para ser visado por la Presidencia, la Secretaria General y la Comision Juridica del CONAFU, luego de lo cual es cargo de la

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