Norma Legal Oficial del día 25 de enero del año 2012 (25/01/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano MORDAZA, miercoles 25 de enero de 2012

NORMAS LEGALES

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Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 1842008-EF y modificatorias, senalan los procedimientos que deben observar y seguir las entidades a efectos de tramitar los procesos de contrataciones de bienes, servicios y obras. Conforme lo dispone el articulo 5° de la precitada Ley de Contrataciones, el Titular de la Entidad podra delegar, mediante resolucion, la autoridad que la referida MORDAZA le otorga, salvo cuando se trate de aprobacion de exoneraciones, la declaracion de nulidad de oficio y las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra y otros supuestos establecidos en el Reglamento; Que asimismo, el articulo 57° del Reglamento de las Sociedades de Auditoria conformantes del Sistema Nacional de Control, aprobado por Resolucion de Contraloria N° 063-2007-CG y modificatorias, senala que la Entidad para el inicio de la auditoria, suscribira el contrato con la Sociedad designada. De igual manera los articulos 60° y 61° del referido Reglamento establecen la posibilidad de la modificacion al contrato con la suscripcion de la adenda correspondiente; Que mediante Resolucion de Contraloria N° 321-2011CG el Contralor General aprobo el lineamiento de politica para la formulacion de los Planes Anuales de Control 2012 y la Directiva N° 007-2011-CG/PEC "Formulacion y Evaluacion del Plan Anual de Control de los Organos de Control Institucionales para el ano 2012", la cual senala en su numeral 6.1.2 el tramite de visacion del "Reporte: Resumen de Planificacion de las Labores de Control" contenido en el proyecto del Plan Anual de Control, por parte del Titular de la Entidad o del funcionario en quien MORDAZA delegado dicha funcion; Que en tal sentido, a fin de viabilizar el accionar de la Entidad, es convenientemente necesario que la Jefatura Nacional determine la delegacion de facultades y atribuciones administrativas de gestion y resolucion que no MORDAZA privativas a su condicion de Titular de la Entidad, tanto a la Secretaria General en su condicion MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, encargada de dirigir, organizar y supervisar los asuntos de caracter administrativo y operativo; como a la Gerencia de Administracion, en su condicion de organo de apoyo, encargado de administrar los recursos materiales, financieros, proveer de bienes y servicios necesarios para el normal desenvolvimiento de los organos del RENIEC; Estando a las facultades conferidas por la Ley Nº 26947, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil y, al Reglamento de Organizaciones y Funciones aprobado por Resolucion Jefatural Nº 8552010-JNAC/RENIEC (29SET2010); SE RESUELVE: Articulo Primero.- Delegar en la Secretaria General del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil (RENIEC), las facultades que se detallan a continuacion: a) Aprobar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programatico del Pliego 033: Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. b) Aprobar las Bases administrativas de los procesos de seleccion de Licitacion Publica y Concurso Publico y adjudicacion de menor cuantia que provengan de declaracion de desierto de un MORDAZA de licitacion publica y concurso publico. c) Aprobar los procesos de estandarizacion para la adquisicion de bienes y contratacion de servicios. d) Recibir los Recursos de Apelacion cuando el valor referencial del MORDAZA no supere las seiscientas (600) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), verificar los requisitos de admisibilidad, solicitar la subsanacion de la omision de los requisitos de admisibilidad, registrar en el SEACE los Recursos de Apelacion, rechazar de plano los Recursos de Apelacion cuando corresponda, declarar la improcedencia, tramitar los Recursos de Apelacion, disponer la acumulacion, correr traslado a los postores que pudieran ser afectados, conceder el uso de la palabra al impugnante, elaborar el informe tecnico legal, emitir la Resolucion que atienda el Recurso de Apelacion y notificar a traves del SEACE, aceptar los desistimientos, disponer la ejecucion de las garantias y cualquier otro acto necesario para resolver el recurso de apelacion. e) Suscribir las comunicaciones, solicitudes de sancion y actos vinculados a los procesos de seleccion que tengan que realizarse ante el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) y la Contraloria

General de la Republica, asi como gestionar las publicaciones que tengan que realizarse por mandato legal, y los pedidos de informacion y consulta que resulten necesarios realizar ante otras Entidades, vinculados con la tematica de los procesos de seleccion. f) Cancelar los procesos de seleccion que se convoquen, de conformidad con lo establecido en las normas de contratacion publica. g) Suscribir los Contratos derivados de los Concursos Publicos de Meritos, asi como sus respectivas adendas modificatorias con las Sociedades de Auditorias Externas. h) Aprobar documentos normativos tales como: Directiva (DI), Manual de Calidad (MC), Manual para Certificaciones (MCE), Manual de Especificaciones Tecnicas (MET) y Guia de Procedimientos (GP). i) Visar el "Reporte: Resumen de Planificacion de las Labores de Control" contenido en el proyecto del Plan Anual de Control, elaborado conforme a la Directiva N° 007-2011-CG/PEC. Articulo Segundo.- Delegar en la Gerencia de Administracion del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil (RENIEC), las facultades que se detallan a continuacion: a) Aprobar y modificar el Plan Anual de Contrataciones con la opinion previa de la Gerencia de Asesoria Juridica y conocimiento de la Jefatura Nacional. b) Designar y remover, mediante Resolucion Gerencial, a los integrantes titulares y suplentes de los Comites Especiales y Comites Especiales Permanentes, que se encargaran de conducir los procesos de seleccion, indicando sus nombres completos y quien actuara como presidente, cuidando que exista correspondencia entre cada miembro titular y suplente. c) Autorizar el retorno de los integrantes titulares desplazados de los Comites Especiales y Comites Especiales Permanentes. d) Aprobar los expedientes de contratacion. e) Aprobar las Bases Administrativas de los procesos de seleccion de Adjudicacion Directa y Adjudicacion de Menor Cuantia, que no provengan de declaracion de desierto de un MORDAZA de Licitacion Publica o Concurso Publico; asi como, de aquellas correspondientes a exoneraciones debidamente aprobadas. f) Suscribir y modificar contratos provenientes de procesos de seleccion y exoneraciones, asi como, pactar adendas a dichos contratos. g) Disponer la ejecucion de prestaciones adicionales y reducciones respecto de los contratos provenientes de procesos de seleccion y exoneraciones, con la opinion previa de la Gerencia de Asesoria Juridica y conocimiento de la Jefatura Nacional. h) Resolver sobre la procedencia de solicitudes de ampliaciones de plazo en los contratos derivados de procesos de seleccion y exoneraciones, con la opinion previa de las areas usuarias y con conocimiento de la Jefatura Nacional. i) Resolver contratos derivados de los procesos de adquisicion de bienes y contratacion de servicios, ya sea por hecho sobreviniente a su suscripcion, causal de incumplimiento contractual o por caso fortuito o fuerza mayor, con la opinion previa de la Gerencia de Asesoria Juridica y conocimiento de la Jefatura Nacional. j) Suscribir los contratos de servicios derivados de todo convenio o acuerdo nacional o internacional. k) Efectuar, mediante Resolucion Gerencial, el reconocimiento de gastos y deudas de ejercicios anteriores, con opinion previa de la Gerencia de Asesoria Juridica y conocimiento de la Jefatura Nacional. l) Representar a la entidad ante la Superintendencia de Nacional de Aduanas y Administracion Tributaria. Articulo Tercero.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Direccion General del Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA YRIVARREN MORDAZA Jefe Nacional 745198-1

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