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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 25 de enero de 2012 459818 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Autorizan implementación del Paradero Oficial de Taxi en el Cercado de Lima GERENCIA DE TRANSPORTE URBANO SUBGERENCIA DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE RESOLUCIÓN DE SUBGERENCIA Nº 10690-2011-MML/GTU-SRT Lima, 15 de diciembre de 2011 VISTOS.- El Documento Simple Nº 66030-2011 de fecha 09 de mayo de 2011 mediante el cual la FEDERACION DE TAXISTAS DEL PERU, solicita la Implementación de un paradero Ofi cial de Taxi Amarillo; el informe Nº 786- 2011-MML/GTU-SETT del 17 de noviembre de 2011; y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo señalado por el numeral 1.6, artículo 81º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, es función específi ca exclusiva de las municipalidades provinciales el normar, regular y controlar la circulación de vehículos menores motorizados o no motorizados, tales como taxis, mototaxis, triciclos y otros de similar naturaleza; Que, el numeral 7.7, del artículo 161º de la Ley Nº 27972, establece que es competencia específi ca y exclusiva de la Municipalidad Metropolitana de Lima, regular la circulación de vehículos menores motorizados o no motorizados tales como taxis, mototaxis, triciclos y otros de similar naturaleza; Que, la Ordenanza Nº 196-MML publicada el 11 de enero del 1999, aprueba el Reglamento del Servicio de Taxi Metropolitano, estableciendo en el numeral 4 del artículo 5º que corresponde a la Municipalidad Metropolitana de Lima: 4) Autorizar la instalación de Paraderos Ofi ciales del Servicio de Taxi Metropolitano en la provincia de Lima”; Que, el artículo 42º de la Ordenanza Nº 196-MML, establece la defi nición de paradero ofi cial de taxi como la zona de la vía pública técnicamente califi cada en la cual los vehículos autorizados del servicio de taxi en la modalidad de taxi independiente pueden estacionarse temporalmente a la espera de pasajeros, constituyendo los paraderos ofi ciales de taxi “Zona Rígida” para todos aquellos vehículos no señalados en dicho artículo; Que, el artículo 43º de la citada ordenanza señala que “la determinación y ubicación de los Paraderos Ofi ciales de taxi será autorizada y señalizada por la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, la Ordenanza Nº 341-MML en su Artículo 54º establece que la Municipalidad Metropolitana de Lima tiene a su cargo la ejecución, mantenimiento, remodelación, señalización horizontal y vertical, semaforización, ornato, publicidad y mobiliario urbano de las vías expresas, arteriales y colectoras del Sistema Vial Metropolitana, de los intercambios viales y de todas las vías colectoras; Que el Informe Nº 786-2011-MML/GTU-SETT de fecha 17 de noviembre de 2011, emitido por la Sub Gerencia de Estudios de Tránsito y Transporte, concluye declarar técnicamente Factible la instalación de un Paradero Ofi cial de Taxi (Modalidad de Taxi Independiente) ubicado en el Jr. Carlos Zavala cuadra 2 del distrito del Cercado de Lima, por los siguientes motivos: a) La existencia de un Hospital, confi guran la necesidad de contar con un paradero en esta modalidad de servicio, puesto que la demanda existente requiere utilizar medios de transporte accesible y cercano para trasladarse de manera segura, utilizando unidades plenamente identifi cadas y autorizadas; b) Atender la demanda de servicio en esta modalidad de transporte que requieren los usuarios de las agencias de transporte interprovincial ubicadas en esta vía; c) La operatividad del paradero propuesto no representa ninguna variación en la transitabilidad de la vía por contar con 03 carriles que permiten el libre fl ujo del tránsito vehicular a la altura de la Agencia de Transporte Interprovincial Salazar Antezana; d) Asimismo, a la altura del ingreso y salida del Hospital ESSALUD GRAU, la vía cuenta con un retiro vehicular que no obstaculiza el libre tránsito de los 03 carriles existentes en la vía; e) La propuesta del paradero deberá considerar la utilización de 06 casilleros y 02 señal vertical I-21, de acuerdo a la distribución propuesta; Que, las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la Ley, y el Derecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fi nes para los que fueron conferidos, conforme a lo dispuesto en el numeral 1.1 del artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, por lo expuesto y de conformidad con la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444; la Ordenanza Nº 1338-MML; la Ordenanza Nº 812-MML; el Informe Nº 786-2011-MML/GTU-SETT de fecha 17 de diciembre de 2011 y demás normas vigentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la implementación del Paradero Ofi cial de Taxi (modalidad de Taxi Independiente) ubicado en el Jr. Carlos Zavala cuadra 2 del distrito del Cercado de Lima, para uso de los conductores y vehículos debidamente autorizados por la Sub Gerencia de Regulación del Transporte; Artículo 2º.- El paradero autorizado será identifi cado mediante la señalización horizontal de 06 casilleros, con medidas de acuerdo al Manual de Dispositivos de Control de Tránsito Automotor para Calles y Carreteras – MTC, y 02 señal vertical de código I-21. Artículo 3º.- Encargar a la Sub Gerencia de Ingeniería de Tránsito, los trabajos de señalización horizontal y vertical de los espacios de la vía pública indicados en el artículo 1º de la presente resolución, de acuerdo a su competencia. Artículo 4º.- Encargar a la Sub Gerencia de Fiscalización del Transporte la supervisión, fi scalización y cumplimiento de la presente resolución; de ser el caso, deberá coordinar con la Policía Nacional de Perú encargada del control del tránsito de acuerdo a su competencia y facultades de tal manera que permita garantizar el cumplimiento y respeto del paradero autorizado, en cumplimiento de las normas vigentes. Artículo 5º.- Notifi car la presente resolución a la parte interesada. Artículo 6º.- Dispóngase la publicación de la presente resolución en la página web de la Gerencia de Transporte Urbano www.gtu.munlima.gob.pe y en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. PAVEL G. CORILLOCLLA TERBULLINO Subgerente Subgerencia de Regulación del Transporte Gerencia de Transporte Urbano 744659-1 MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA Aprueban Régimen de Prevención y Control de los Riesgos del Consumo de Tabaco ORDENANZA Nº 147-2011-MDC Cieneguilla, 30 de noviembre de 2011 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA: VISTO: En la Sesión Ordinaria de Concejo el Dictamen Nº 005- 2011-CAL de la Comisión de Asuntos Legales de fecha 24