Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE FEBRERO DEL AÑO 2012 (01/02/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 44

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 1 de febrero de 2012 460214 m2, a cargo de la INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA MANCO CAPAC S.A.; correspondiente al predio ubicado con frente al Jr. Cabo Blanco esquina con el Jr. La Punta, El Sol de La Molina, Distrito de La Molina, Provincia y Departamento de Lima, inscrito en la Partida Electrónica N° 11667743 correspondiente al Lote 1 de la Maz. D y la Partida N° 11667745 referente al Lote 2 de la Maz. D (Otros Fines) del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima; El Cuadro General de Áreas de la Habilitación Urbana que se recepciona, es como se detalla: CUADRO GENERAL DE ÁREAS Área Bruta del Terreno : 9,694.85 m 2 Área de Vías : 1,135.81 m2Área de Compensación : 525.73 m2 Área Útil : 8,033.31 m2 Lote N° 1 : 7,714.51 m2 Lote N° 2 : 318.80 m2 (Aportes Otros Fines) La sección vial de la Habilitación Urbana que se recepciona, se consignan en el Plano de Trazado y Lotización HU-01 según el siguiente detalle: Vía Local – Jr. Cabo Blanco 12.00 ml. (Sección I-I)- Vereda : 1.20 ml. - Berma : 1.80 ml.- Pista : 6.00 ml.- Berma : 1.80 ml.- Vereda : 1.20 ml. Artículo Segundo.- PRECISAR que si bien el proyecto de Habilitación Urbana ha sido aprobado con los Aportes Reglamentarios que establece la Ordenanza Metropolitana N° 836-MML, los Aportes Reglamentarios que se recepcionan dentro de los 9,694.85 m 2, conforme a la zoni fi cación para Uso Residencial de Densidad Baja R-1, en sujeción a la Ordenanza N° 292-MML, son aquellos que corresponden a los aportes para “Otros Fines”. Descripción Ordenanza N° 836-MMLProyecto Dé fi cit Observaciones Recreación Publica 4% 1,271.68 m² 1,274.58 m² ------ ------ Servicio de Parques 6% 1,907.52 m² 1,907.81 m² ------ ------ Ministerio de Educación 2% 635.84 m² ------ 635.84 m² ------Otros Fines 1% 317.92 m² 318.80 m² (*) ------ ------ (*) Únicos Aportes recepcionados dentro de este procedimiento. Artículo Tercero.- NOTIFICAR la presente resolución a la INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA MANCO CAPAC S.A. con domicilio en Av. La Molina No. 3345 Int. 007 Maz. B Lote 11, Urbanización El Mástil de la Molina, en el distrito de La Molina, para su conocimiento y fines. Artículo Cuarto.- OFICIAR con la presente Resolución a la Municipalidad Metropolitana de Lima, a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Promoción Comercial, a la Gerencia de Fiscalización Administrativa y a la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro de esta Comuna para su conocimiento y fi nes pertinentes, de acuerdo a sus competencias. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, a cargo de los propietarios del predio objeto de la Recepción de Obras de Habilitación Urbana. Regístrese, comuníquese y cúmplase.ROXANA OLCESE UGARTE Subgerente de Obras Privadas y Habilitaciones UrbanasGerencia de Desarrollo Urbano y PromociónComercial 747229-1MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA Modifican la Ordenanza Nº 0023- 2003-MDPH que prohíbe realizar construcciones en el distrito en temporada de verano ORDENANZA Nº 213-2011-MDPH Punta Hermosa, 20 de diciembre de 2011EL ALCALDE DISTRITAL DE PUNTA HERMOSAPOR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE PUNTA HERMOSAVISTO, en Sesión Ordinaria de la fecha, el Informe Nº 267-2011/MDPH-OAJ, con el voto UNÁNIME de los señores Regidores y con dispensa del trámite de Lectura y Aprobación de Acta; y En uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del Artículo 9 de la Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL ARTÍCULO PRIMERO DE LA ORDENANZA Nº 0023-2003-MDPH QUE PROHIBE REALIZAR CONSTRUCCIONES EN EL DISTRITO DE PUNTA HERMOSA EN TEMPORADA DE VERANO Artículo Primero.- MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA Nº 0023-2003-MDPH QUE PROHIBE REALIZAR CONSTRUCCIONES EN EL DISTRITO DE PUNTA HERMOSA EN TEMPORADA DE VERANO MODIFÍCASE el Artículo Primero de la ORDENANZA Nº 0023-2003-MDPH que Prohíbe Realizar Construcciones en el Distrito de Punta Hermosa en Temporada de Verano, la misma que tendrá el siguiente texto: “Artículo Primero.- Prohibir se realicen cualquier tipo de construcciones en el distrito de Punta Hermosa, durante la temporada de verano comprendida desde el 15 de diciembre hasta el 15 de abril; exceptuándose las obras públicas y también aquellas que se realicen en la zona este del distrito ubicadas a partir de la autopista Panamericana Sur. También quedan exceptuadas, para efectos de construcción de su cerco perimétrico los predios ubicados en la zona aledaña a la antigua Panamericana Sur y que no cuenten con Cerco Perimétrico y cuya zoni fi cación corresponda a Zona de Habilitación Recreacional conforme la ordenanza Nº 1086-MML.” Artículo Segundo.- NORMA DEROGATORIA DERÓGASE el Artículo Primero de la ORDENANZA Nº 0023-2003-MDPH. Artículo Tercero.- VIGENCIA La presente ORDENANZA entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase.CARLOS GUILLERMO FERNÁNDEZ OTERO Alcalde 747959-1 MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS Aprueban incentivos por pronto pago del Impuesto Predial y Arbitrios del ejercicio 2012 ORDENANZA N° 131-MDSL San Luis, 25 de enero de 2012