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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 1 de febrero de 2012 460213 Rampas Peatonales.- En los extremos de los abanicos de las aceras, se construirán rampas peatonales, que conectarán los niveles superiores de las aceras y las calzadas, de conformidad con las normas técnicas NTE U.190 adecuación urbanística para personas con discapacidad, aprobadas por R.M. Nº 069-2001-MTC/15.04 de fecha 07 de febrero de 2001. TELEFONÍA: Instalaciones Telefónicas.- Para las instalaciones Telefónicas, la parte interesada deberá coordinar con la Gerencia de Proyectos de Plantas Externas de dicha compañía, para la instalación de ductos, cámaras y la reserva de áreas para centrales. Articulo Tercero.- DISPONER, que el lote 01 de la Mz. “B” con 121.68 m2 queda en garantía de pago por el dé fi cit de los aportes de Parques Zonales; y el lote 18 de la Mz. “A” con 130.15 m2 queda como garantía de pago por el dé fi cit del aporte del Ministerio de Educación y Renovación Urbana, el cual deberá ser pagado antes de la Recepción de Obra, de conformidad con la Ordenanza Nº 836-MML Articulo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial “El Peruano”, en el plazo de 30 días calendarios, contados a partir de su notifi cación, a cargo de los interesados Artículo Quinto.- TRANSCRIBIR la presente Resolución de Sub Gerencia; a la Municipalidad Metropolitana de Lima para las acciones de su competencia, a SERPAR-LIMA, a EMILIMA, al Ministerio de Educación y a los interesados para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JANNETE DE LOS MILAGROS ALVA NAVARRO Subgerente de Habilitaciones Urbanas y Edi fi caciones 747282-1 MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA Aprueban recepción de obras de habilitación urbana de terreno ubicado en el distrito RESOLUCIÓN SUBGERENCIAL N° 669-2011-MDLM-GDUPC-SGOPHU La Molina, 2 de diciembre de 2011LA SUBGERENTE DE OBRAS PRIVADAS Y HABILITACIONES URBANAS VISTO:El Expediente N° 14916-2-2011, de fecha 21 de octubre del 2011, seguido por la Empresa INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA MANCO CAPAC S.A., representado por el Señor José Alfonso Langberg Pinzas, mediante el cual solicita la Recepción de Obras de Habilitación Urbana de la 1 era Etapa, del terreno de 9,694.85 m2, constituido por el Lote 1 y 2 de la Mz. D de “El Sol de La Molina”, ubicado frente al Jirón La Punta esquina con el Jirón Cabo Blanco, en el distrito de La Molina, Provincia y Departamento de Lima. CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Subgerencial N° 311-2011- MDLM-GDUPC-SGOPHU de fecha 10 de agosto de 2011, se resuelve aprobar la modi fi cación de la Habilitación Urbana Nueva que fuera aprobada mediante la Resolución General N° 000307-2003-MDLM-GDU de fecha 28 de octubre de 2003; en consecuencia, apruébese el proyecto integral para la Habilitación Urbana Nueva por Etapas del terreno de 31,792.00 m 2, constituido por el Sub Lote 5-A de la Parcelación Semirústica El Sol de La Molina, provincia y departamento de Lima, cuya vigencia será de 10 años, de conformidad con los siguientes Planos: N° 010-2011-MDLM- GDUPC-SGOPHU (Plano de Ubicación y Localización U-01), N° 011-2011-MDLM-GDUPC.-SGOPHU (Perimétrico y Topográ fi co T-01), N° 012-2011-MDLM-GDUPC-SGOPHU (Trazado y Lotización HU-01); N° 013-2011-MDLM-GDUPC-SGOPHU (Trazado y Lotización Primera Etapa HU-02); N° 014-2011-MDLM-GDUPC-SGOPHU (Trazado y Lotización Segunda Etapa HU-03); N° 015-2011-MDLM-GDUPC-SGOPHU (Trazado y Lotización Tercera Etapa HU-04); N° 016-2011-MDLM-GDUPC-SGOPHU (Trazado y Lotización Cuarta Etapa HU-05); Que, mediante informe N° 51-2011-MDLM/GOP/ SGEOP/CP de fecha 15 de noviembre de 2011, emitido por la Subgerencia de Ejecución de Obras Públicas que obra a fojas N° 56, se informa que se realizó la inspección ocular tomando en cuenta los Planos adjuntos en el Expediente N° 14916-2-2011, de la cual se veri fi có que se han culminado los trabajos relacionados a las veredas de concreto, en las características de dimensión y ubicación; así como los trabajos de pavimentación asfáltica del Jirón Cabo Blanco de acuerdo a la sección vial y ubicación determinados en los planos respectivos. Que, mediante Carta N° 1662-2010-EGP-C, de fecha 15 de setiembre del 2010, SEDAPAL aprueba la recepción de obras de agua potable y alcantarillado para dar servicio a un área útil de 8,096.58 m 2; metraje que excede aquella área útil resultante luego de emitida la Resolución Subgerencial N° 311-2011-MDLM-GDUPC-SGOPHU, y dado que no se ve perjudicada la viabilidad del proyecto fi nal ejecutado, lo cual es argumentado también por la administrada mediante los anexos 1 y 2 presentados con fechas 29 y 30 de noviembre del 2011; dicha Carta es validada mediante el Informe Técnico N° 055-2011/CHPR de fecha 01 de diciembre de 2011, Que, mediante Carta N° DPBT.11.0982283, de Luz del Sur, de fecha 01 de asbril de 2011, se indica que se ha recepcionado y puesta en servicio de obras de electri fi cación del Sublote 5-A, que obra a fojas 38 al 41. Que, a través del Informe N° 055-2011/CHPR del 01 de diciembre de 2011 (fs. 64), se indica que con la presentación de este último documento se estaría cumpliendo con todos los requisitos establecidos en la normatividad vigente para el presente trámite, Que, con fecha 1 de diciembre del 2011 se emite pronunciamiento legal concluyendo que se ha cumplido con adjuntar los requisitos señalados en el artículo 19 de la Ley N° 29090 y en el artículo 36 del Decreto Supremo Nº 024-2008-VIVIENDA, Reglamento de la Ley No. 29090, corresponde emitir la Resolución que dé por concluido el presente trámite; Que, de acuerdo con las evaluaciones técnicas y legales señaladas en los considerandos de la presente Resolución, corresponde a esta Sub Gerencia emitir la Resolución que apruebe la Recepción de Obras de la Habilitación Urbana aprobada, en vía de Regularización, para uso Residencial de Baja Densidad “R-1” de conformidad al Plano Nº 066-2011-MDLM-GDUPC-SGOPHU constituido por el terreno de 9,694.85 m 2, correspondiente al predio ubicado con frente al Jr. Cabo Blanco esquina con el Jr. La Punta, El Sol de La Molina, Distrito de La Molina, Provincia y Departamento de Lima, inscrito en la Partida Electrónica Nº 11667743 correspondiente al Lote 1 de la Maz. D y la Partida N° 11667745 referente al Lote 2 de la Maz. D (Otros Fines) del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima; Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Estado y el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señalan que las Municipalidades son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, la cual radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; De conformidad a lo dispuesto por la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; la Ley N° 29090 - Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edi fi caciones y sus modi fi catorias; los Decretos Supremos N° 024-2008- VIVIENDA y sus modi fi catorias; y, la Ordenanza N° 210- MDLM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad de La Molina y el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA; RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR la recepción de las obras de la Habilitación Urbana del terreno de 9,694.85