Norma Legal Oficial del día 01 de febrero del año 2012 (01/02/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 1 de febrero de 2012

6. Si se trata de persona juridica, su representante debe acreditarse a traves de una MORDAZA del poder vigente debidamente legalizado e inscrito en la Superintendencia Nacional de Registros Publicos, y asimismo debe presentar MORDAZA de su DNI, carne de extranjeria o pasaporte segun corresponda. 7. Adicionalmente a los requisitos indicados en el numeral 2) del literal A) del rubro VII del procedimiento INTA.PE.00.09, el solicitante debe adjuntar una declaracion jurada (Anexo) a traves de la cual indique que el caso objeto de la emision de la resolucion no esta siendo discutido en un MORDAZA contencioso administrativo o este es sometido a una accion de control. B) EVALUACION DE LA SOLICITUD Y EMISION DE LA RESOLUCION 1. Recepcionada la solicitud, el funcionario aduanero designado verifica que esta cumpla con los requisitos senalados en el literal A de la Seccion VII del presente Instructivo. Si carece de alguno de los requisitos, notifica al solicitante detallando las observaciones para que dentro del plazo improrrogable de diez (10) dias habiles, computados a partir del dia siguiente de recibida la notificacion, las subsane. En caso de falta o insuficiencia del poder, el plazo para subsanar es de quince (15) dias habiles. 2. Si el solicitante no subsana la observacion, se procedera a declarar el abandono del procedimiento conforme a lo dispuesto por el numeral 125.5 del articulo 125° y 191° de la Ley del Procedimiento Administrativo General, notificandose dicho hecho al solicitante. 3. El funcionario aduanero podra requerir opinion a otras unidades organicas de la SUNAT, las cuales deberan dar respuesta en un plazo no mayor a diez (10) dias calendario contados a partir de la fecha de recepcion del documento interno que contiene la consulta. 4. Si esta conforme la solicitud, el funcionario aduanero procede a analizar la misma en base a los hechos, informacion y/o documentacion proporcionada por el solicitante 5. De considerarlo necesario, se podra requerir al solicitante para que presente documentacion y/o informacion adicional o precise los hechos expuestos en la solicitud, dentro de un plazo no mayor a treinta (30) dias calendario contados desde el dia siguiente de notificado. Este plazo puede prorrogarse, por unica vez, por quince (15) dias calendario, a pedido de parte y en casos debidamente justificados. 6. En todas las situaciones descritas en el numeral 3 del literal c) del rubro VII del procedimiento INTA.PE.00.09 se efectua el estudio merceologico, segun corresponda, en funcion al informe de laboratorio, la informacion tecnica, la muestra presentada, catalogo, literatura comercial y/o tecnica presentada y se elabora el informe y proyecto de resolucion para el visado de la jefatura de la Division de Gestion del Arancel Integrado y de la Gerencia de Procedimientos, Nomenclatura y Operadores. 7. Culminada la evaluacion de la solicitud, el funcionario aduanero emite el informe respectivo y el proyecto de resolucion determinando la clasificacion arancelaria o denegando la solicitud. 8. Emitida la resolucion se notifica al solicitante en el domicilio que ha consignado en su solicitud; asimismo se publica en el MORDAZA de la SUNAT, salvo que por indicacion expresa del solicitante la informacion proporcionada tenga el caracter de confidencial. C) EFICACIA Y APLICACION DE LA RESOLUCION 1. La resolucion anticipada es eficaz a partir de la fecha de su emision u otra fecha que se indique en la Resolucion y sera aplicable por las intendencias de aduana de la Republica siempre que todos los hechos, informacion y/ o documentacion proporcionada por el solicitante en su solicitud se mantengan al momento de la importacion. 2. La resolucion anticipada relacionada con la clasificacion arancelaria de mercancias podra ser utilizada para otras transacciones futuras siempre que la importacion sea realizada por el mismo importador y bajo las mismas circunstancias y condiciones que motivaron su emision. 3. La resolucion que establece una clasificacion arancelaria de mercancias no sera de aplicacion si producto de las acciones de control se verifique hechos,

informacion y/o documentacion distinta a la que sustento la solicitud. En este caso, correspondera que la INTA proceda a su modificacion o revocacion, segun corresponda. D) RECURSO IMPUGNATIVO La resolucion anticipada relacionada con la clasificacion arancelaria de mercancias podra impugnarse de conformidad con lo dispuesto en el articulo 211° de la Ley General de Aduanas y con el Acuerdo de Promocion Comercial suscrito entre el Peru y los Estados Unidos. E) MODIFICACION, REVOCACION, SUSTITUCION O COMPLEMENTACION DE LA RESOLUCION La modificacion, revocacion, sustitucion o complementacion de la resolucion anticipada relacionada con la clasificacion arancelaria se tramita conforme a lo establecido en el articulo 256° del Reglamento de la Ley General de Aduanas y en el Acuerdo de Promocion Comercial suscrito entre el Peru y los Estados Unidos. VII. INFRACCIONES, SANCIONES Y DELITOS Si un solicitante proporciona informacion falsa u omite hechos o circunstancias relevantes relacionadas con la resolucion anticipada o no actua de conformidad con los terminos y condiciones de la resolucion, la Administracion Aduanera promueve la aplicacion de las acciones legales que correspondan. VIII. REGISTROS Resoluciones anticipadas de Clasificacion Arancelaria de Mercancias Codigo MORDAZA de almacenamiento Tiempo de conservacion Responsable IX. ANEXOS Publicado en el MORDAZA web de la SUNAT (www.sunat. gob.pe) Formato de Declaracion Jurada para el tramite de resolucion anticipada de clasificacion de mercancias en el MORDAZA del APC Peru ­ EEUU. Articulo 2°.- La presente resolucion entrara en vigencia el 1.2.2012. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SHULCA MORDAZA Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas (e) 747963-1 : : : : RC-01-INTA-IT.00.11 Electronico 10 anos Intendencia Nacional de Tecnica Aduanera

PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Establecen rol correspondiente al mes de febrero de 2012 para el Juzgado Penal de Turno Permanente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA Consejo Ejecutivo Distrital RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 01-2012-CED-CSJLI/PJ MORDAZA, 26 de enero de 2012.

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