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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 1 de febrero de 2012 460204 Dr. Víctor Miranda Gutiérrez Representante designado por el Colegio de Abogados de Lima Artículo Segundo.- Poner la presente resolución en conocimiento del Consejo ejecutivo del Poder Judicial, O fi cina de Control de la Magistratura, O fi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Gerencia General, O fi cina de Administración Distrital, Área de Desarrollo de la Presidencia, O fi cina de Prensa, O fi cina de Protocolo e integrantes del Consejo, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.HECTOR ENRIQUE LAMA MORE Presidente de la Corte Superiorde Justicia de Lima 748033-1 ORGANOS AUTONOMOS DEFENSORIA DEL PUEBLO Designan Asesora II de la Primera Adjuntía de la Defensoría del Pueblo y encargan funciones del Adjunto para los Derechos de la Mujer RESOLUCIÓN DEFENSORIAL Nº 003-2012/DP Lima, 31 de enero del 2012VISTO:El Memorando Nº 64-2012-DP/OGDH, que adjunta el Memorando Nº 0013-2012-DP/PAD, el Memorando Nº 044-2012-DP/OPPRE y el Informe Nº 007-2012-DP/OGDH, mediante el cual se solicita la elaboración de la resolución a través de la que se designe a la abogada Patricia Carolina Rosa Garcés Peralta como Asesora II de la Primera Adjuntía de la Defensoría del Pueblo y se le encarguen las funciones del Adjunto para los Derechos de la Mujer; y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad con los artículos 161º y 162º de la Constitución Política del Perú se aprobó la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, y mediante la Resolución Defensorial Nº 0012-2011/DP se aprobó su vigente Reglamento de Organización y Funciones; Que, el artículo único de la Ley Nº 26602, Ley que establece el régimen laboral del personal de la Defensoría del Pueblo, dispone que el personal de la Defensoría del Pueblo está comprendido en el régimen laboral de la actividad privada; Que, mediante el documento de visto, se solicita designar a la abogada Patricia Carolina Rosa Garcés Peralta como Asesora II de la Primera Adjuntía de la Defensoría del Pueblo, con Nivel y Categoría D7, Plaza 027, a partir del 1 de febrero de 2012; Que, el artículo 33º de la Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo establece que es potestad del Defensor del Pueblo designar libremente a los asesores necesarios para el ejercicio de sus funciones, de acuerdo con el reglamento y dentro de los límites presupuestales; Que, el artículo 43º del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por el Decreto Supremo Nº 003-97-TR, establece que son trabajadores de con fi anza aquellos que laboran en contacto personal y directo con el empleador o con el personal de dirección, y cuyas opiniones o informes son presentados directamente al personal de dirección, contribuyendo a la formación de las decisiones; Que, el numeral 2) del artículo 4º de la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público, señala que se considera empleado de con fi anza a aquel que desempeña un cargo técnico o político, distinto al del funcionario público; asimismo, el citado artículo menciona que el empleado de con fi anza forma parte del entorno de quien lo designa o remueve libremente y en ningún caso su número será mayor al cinco por ciento (5%) de los servidores públicos existentes en cada entidad; Que, el literal a) del numeral 8.1) del artículo 8º de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, señala que está permitida la designación de cargos de con fi anza conforme a los documentos de gestión de la Entidad, a la Ley Nº 28175 y a la normativa sobre la materia; Que, resulta necesario designar al titular que desempeñe el cargo de con fi anza de Asesora II de la Primera Adjuntía de la Defensoría del Pueblo, con Nivel y Categoría D7, en la Plaza 027, de acuerdo con lo establecido en el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la Defensoría del Pueblo, aprobado por la Resolución Defensorial Nº 0013-2011/DP, así como con lo dispuesto en el Presupuesto Analítico de Personal (PAP), aprobado por la Resolución Administrativa Nº 056-2011/ DP; Que, asimismo, la O fi cina de Plani fi cación, Presupuesto, Racionalización y Estadística, a través del Memorando Nº 044-2012-DP/OPPRE señala que la referida acción de personal cuenta con fi nanciamiento, por lo que es procedente; Que, por otro lado, mediante el documento de visto, se solicita encargar a la abogada Patricia Carolina Rosa Garcés Peralta las funciones del Adjunto para los Derechos de la Mujer; Que, en ese sentido, cabe indicar que el artículo 7º de la Ley Nº 26520 establece que el Defensor del Pueblo estará auxiliado por Adjuntos que lo representarán en el ejercicio de las funciones y atribuciones que la ley le confi ere, quienes serán seleccionados mediante concurso público, según las disposiciones que señale el reglamento que se apruebe para este fi n; Que, el numeral 1) del literal e) del artículo 58º del Reglamento Interno de Trabajo de la Defensoría del Pueblo, aprobado por Resolución Administrativa Nº 0042-2010/DP y modi fi cado por las resoluciones administrativas Nº 002- 2011/DP y Nº 009-2011/DP, establece que el encargo es temporal, excepcional y fundamentado. Así también, dispone que la aprobación del encargo corresponde al Defensor del Pueblo en caso de ausencia o vacancia del titular del cargo para el desempeño de funciones de responsabilidad directiva del nivel D8; Que, en atención a lo solicitado mediante el documento de visto y con el fi n de garantizar la adecuada gestión institucional, resulta procedente encargar a la abogada Patricia Carolina Rosa Garcés Peralta las funciones del Adjunto para los Derechos de la Mujer; Con los visados de la Primera Adjuntía, de la Secretaría General y de las o fi cinas de Gestión y Desarrollo Humano y de Asesoría Jurídica; En uso de las facultades conferidas por el artículo 5º y el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo; y los literales d) y p) del artículo 7º del Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo, aprobado mediante la Resolución Defensorial Nº 0012-2011/DP; en concordancia con lo dispuesto por el literal a) de la Tercera Disposición Transitoria de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y con el literal a) del numeral 8.1) del artículo 8º de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; y conforme a lo señalado por el artículo 43º del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por el Decreto Supremo Nº 003-97-TR, y por el numeral 1) del literal e) del artículo 58º del Reglamento Interno de Trabajo de la Defensoría del Pueblo, aprobado por Resolución Administrativa Nº 0042-2010/DP y modi fi cado por las resoluciones administrativas Nº 002-2011/DP y Nº 009-2011/DP; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a la abogada Patricia Carolina Rosa GARCÉS PERALTA, en el cargo de Asesora II de la Primera Adjuntía de la Defensoría del Pueblo, con Nivel y Categoría D7, Plaza 027, a partir del 1 de febrero de 2012.