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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 17 de febrero de 2012 460974 concesiones para pequeña minería y minería artesanal de alcance regional; Que, mediante Resoluciones Ministeriales Nº 179- 2006-EM/DM y Nº 121-2008-EM/DM se declaró entre otros, que el Gobierno Regional de Arequipa concluyó el proceso de transferencia de funciones sectoriales en materia de energía y minas, siendo a partir de la fecha de sus publicaciones competente para ejercer entre otras, la función de otorgar concesiones mineras para Pequeña Minería y Minería Artesanal de alcance regional. De conformidad con el artículo 124º del D.S. 014-92-EM – TUO de la Ley General de Minería, el artículo 24º del D.S. 018-92-EM – Reglamento de Procedimientos Mineros y el inciso n) del artículo 10º del Decreto Supremo 084-2007- EM; SE RESUELVE: Articulo Único: PUBLÍQUESE en el Diario Ofi cial “El Peruano” las concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de Enero de 2012, de acuerdo a la Nomenclatura siguiente: A) NOMBRE DE LA CONCESIÓN; B) CÓDIGO; C) NOMBRE DEL TITULAR; D) NÚMERO Y FECHA DE LA RESOLUCIÓN; E) ZONA; F) COORDENADAS UTM DE LOS VÉRTICES EXPRESADOS EN KILÓMETROS; 1.-A) HALCON AZUL II B) 540000211 C) NINA AUSTRAL S.R.L. D) 028-2012- GRA/GREM 26/01/2012 E) 18 F) V1:N8162 E736 V2:N8161 E736 V3:N8161 E735 V4:N8162 E735 2.-A) CAMILA V B) 540002111 C) MILAGRO DE ORO S.A. D) 029-2012- GRA/GREM 26/01/2012 E) 18 F) V1:N8316 E547 V2: N8316 E549 V3:N8315 E549 V4:N8315 E550 V5:N8313 E550 V6:N8313 E546 V7:N8315 E546 V8:N8315 E547 3.-A) STAGOROS COMPANY B) 540002810 C) TORRES MARTÍNEZ JUAN RAMÓN D) 020-2012-GRA/GREM 26/01/2012 E) 19 F) V1:N8109 E212 V2:N8108 E212 V3: N8108 E211 V4:N8109 E211 4.-A) NUEVA ESPERANZA CUATRO B) 540006611 C) TACO CORNEJO ALBERTO CAYETANO D) 030-2012-GRA/GREM 26/01/2012 E) 19 F) V1:N8188 E214 V2:N8186 E214 V3:N8186 E213 V4:N8188 E213 5.-A) KALEB DOS B) 540007411 C) ROJAS LINARES EDWARD PERCY D) 035-2012-GRA/GREM 31/01/2012 E) 19 F) V1:N8092 E230 V2:N8091 E230 V3:N8091 E229 V4: N8092 E229 6.-A) GUANAY III B) 540008011 C) MALAGA MALAGA MOISES ALBERTO D) 031-2012-GRA/GREM 26/01/2012 E) 19 F) V1:N8168 E201 V2:N8167 E201 V3:N8167 E200 V4:N8168 E200 7.-A) FRANCISBC B) 540009911 C) BEDREGAL VILLENA ALBERTO EUSEBIO D) 032-2012-GRA/GREM 26/01/2012 E) 18 F) V1:N8363 E821 V2:N8361 E821 V3:N8361 E820 V4:N8363 E820 8.- A) MICHELANGELO 2 B) 540010111 C) SALAS CARITA JIMMY D) 033-2012-GRA/GREM 26/01/2012 E) 19 F) V1: N8113 E195 V2:N8112 E195 V3:N8112 E192 V4:N8110 E192 V5:N8110 E191 V6:N8111 E191 V7:N8111 E189 V8: N8113 E189 9.-A) GEMOYA-2A B) 540014811 C) JURADO VILLANUEVA JUAN CARLOS D) 034-2012-GRA/GREM 26/01/2012 E) 18 F) V1:N8189 E218 V2:N8188 E218 V3:N8188 E216 V4:N8189 E216 10.-A) SIPINA 9 2010 B) 540018710 C) COMPAÑIA MINERA AGREGADOS CALCAREOS S.A. D) 021-2012-GRA/GREM 26/01/2012 E) 18 F) V1:N8142 E794 V2:N8141 E794 V3:N8141 E793 V4:N8142 E793 11.-A) SIPINA 10 2010 B) 540018810 C) COMPAÑIA MINERA AGREGADOS CALCAREOS S.A. D) 022-2012-GRA/GREM 26/01/2012 E) 18 F) V1:N8145 E791 V2:N8144 E791 V3:N8144 E790 V4:N8145 E790 12.-A) WITOR II B) 540033910 C) MINERA Y CONSTRUCCION LEON DEL SUR E.I.R.L. D) 023-2012-GRA/GREM 26/01/2012 E) 18 F) V1:N8305 E545 V2:N8302 E545 V3: N8302 E544 V4:N8305 E544 13.-A) ASONCCARI I B) 540037010 C) CASTRO VARGAS ANGELA MARLENE D) 024-2012-GRA/GREM 26/01/2012 E) 18 F) V1:N8273 E727 V2:N8272 E727 V3:N8272 E725 V4:N8273 E725 14.- A) VIRGENCITA DE COPACABANA 2010 I B) 540041010 C) TICONA CCALLA AGRIPINO D) 025-2012-GRA/GREM 26/01/2012 E) 18 F) V1:N8277 E780 V2:N8272 E780 V3: N8272 E778 V4:N8277 E778 15.-A) VIRGENCITA DE COPACABANA 2010 II B) 540041110 C) TICONA CALLA JUAN D) 026-2012-GRA/GREM 26/01/2012 E) 18 F) V1: N8278 E778 V2:N8273 E778 V3:N8273 E776 V4:N8278 E776 16.-A) VIRGENCITA DE COPACABANA 2010 V B) 540041510 C) CARRASCO GAMBOA JENNY LENKA D) 027-2012-GRA/GREM 26/01/2012 E) 18 F) V1:N8281 E776 V2:N8276 E776 V3:N8276 E774 V4:N8281 E774. REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE.- ALBERTO BUTRON FERNÁNDEZ Gerente Regional Gerencia Regional de Energía y Minas 752841-1 GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE Aprueban Plan Piloto Anticorrupción en el Sector Educación para el Gobierno Regional de Lambayeque ORDENANZA REGIONAL N° 002-2012-GR.LAMB./CR Chiclayo, 31 de enero de 2012 El Presidente del Gobierno Regional de Lambayeque; POR CUANTO: El Consejo Regional en su Sesión Ordinaria de fecha 14 de diciembre de 2011, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su Artículo 13° establece taxativamente que, “la educación tiene como fi nalidad el desarrollo integral de la persona humana. El Estado reconoce y garantiza la libertad de enseñanza”; es decir que, mediante esta norma se reconoce que la educación en sus diferentes formas y dimensiones constituye la base fundamental para el desarrollo de la persona y de la sociedad en su conjunto, pues sin la educación se torna imposible entender, reconocer, elegir o, por lo menos, vislumbrar de manera refl exiva los efectos de las decisiones que tomamos y los actos o hechos que nos circundan. Que, en esta línea es obligación del Estado en sus diferentes niveles de gobierno, garantizar el acceso de las personas y, especialmente, de los niños, adolescentes y jóvenes a una educación de calidad que cautele sus derechos fundamentales y promueva la práctica de la ética y de la deontología. Además, en el mismo cuerpo normativo citado, en el segundo párrafo de su Artículo 15° señala que, “el educando tiene derecho a una formación que respete su identidad, así como al buen trato psicológico y físico”, norma que corrobora una vez más la obligación constitucional antes señalada. Que, el Artículo 8° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece en sentido estricto que estas entidades públicas, se rigen por los principios de participación transparencia, inclusión, efi cacia, efi ciencia, equidad, sostenibilidad, imparcialidad y neutralidad, subsidiariedad, concordancia, etc; los cuales deben plasmarse en los planes, proyectos y programas que desarrollen en estricta observancia de lo dispuesto en el Artículo 4° de la ley citada, la cual estipula: “Los gobiernos regionales tienen por fi nalidad esencial fomentar el desarrollo regional ( … ), garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo”. Que, el estudio desarrollado por la Defensoría del Pueblo en el año 2007, en el Sector Educación, evidencia que nuestra región ocupa el tercer lugar en casos de corrupción con un 16%, ubicándose después Junín con 17.8% y de Madre de Dios con un 50%. Entre los ilícitos con mayor incidencia se encontraron cobros indebidos, uso indebido del cargo, venta de notas, irregularidades en el manejo de material educativo, etc. Asimismo, este estudio evidenció que existen casos que generan riesgos para la comisión de actos de corrupción e incluso hechos ilícitos que atentan contra la indemnidad sexual (acoso sexual, violación sexual) y la integridad psicosómatica (violencia física y psicológica); hechos que