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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE JULIO DEL AÑO 2012 (14/07/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 41

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 14 de julio de 2012 470559 Modifican el Procedimiento Específico “Resoluciones Anticipadas relacionadas con la aplicación de Criterios de Valoración Aduanera de Mercancías” INTA-PE.00.14 (versión 1), aprobado por Res. N° 026-2012/SUNAT/A RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS N° 323-2012/SUNAT/A Callao, 13 de julio de 2012 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N.° 026-2012/SUNAT/ A publicada el 28 de enero de 2012 se aprobó el Procedimiento Específico “Resoluciones Anticipadas relacionadas con la aplicación de Criterios de Valoración Aduanera de Mercancías” INTA-PE.00.14 (versión 1); Que el referido Procedimiento Específi co establece las pautas que regulan la emisión, modifi cación y revocación de resoluciones anticipadas relacionadas con la aplicación de criterios de valoración aduanera de mercancías en el marco del Acuerdo de Promoción Comercial suscrito entre el Perú y los Estados Unidos; Que el artículo 210° de la Ley General de Aduanas, Decreto Legislativo N. ° 1053, establece que a solicitud de parte la Administración Aduanera emite las resoluciones anticipadas relacionadas con la clasifi cación arancelaria, criterios de valoración aduanera de mercancías, así como la aplicación de devoluciones, suspensiones y exoneraciones de aranceles aduaneros, la reimportación de mercancías reparadas o alteradas y otros, se regularán y emitirán de conformidad con los Tratados o Convenios suscritos por el Perú; Que recientemente han entrado en vigencia otros Acuerdos Comerciales suscritos por el Perú que estipulan el procedimiento de resoluciones anticipadas relacionadas a, entre otras materias, valoración aduanera; Que en tal sentido resulta necesario modifi car el Procedimiento Específi co “Resoluciones Anticipadas relacionadas con la aplicación de Criterios de Valoración Aduanera de Mercancías” INTA-PE.00.14 (versión 1) a efecto de ampliar su alcance a la totalidad de Tratados o Convenios suscritos por el Perú que estipulen la emisión de resoluciones anticipadas en criterios de valoración aduanera; Que conforme al Artículo 14° del Reglamento que establece disposiciones relativas a la Publicidad, Publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, el proyecto de la presente Resolución fue publicado en el Portal Web de la SUNAT el 24 de abril de 2012; En virtud a lo dispuesto en el inciso g) del Artículo 23° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria aprobado con Decreto Supremo N.° 115-2002-PCM, y de conformidad con las facultades conferidas en la Resolución de Superintendencia N.° 122-2003/SUNAT y la Resolución de Superintendencia N° 028-2012/ SUNAT; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modifíquese la Sección I), Sección V), numeral 4 inciso c) de la Sección VI), numeral 2 del literal A, literal D y literal E de la Sección VII) y la Sección XI) del Procedimiento Específi co ““Resoluciones Anticipadas relacionadas con la aplicación de Criterios de Valoración Aduanera de Mercancías” INTA-PE.00.14 (versión 1), aprobado por Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N.° 026-2012/SUNAT/A, en los siguientes términos: “I. OBJETIVO Establecer las pautas que regulan la emisión, modifi cación y revocación de resoluciones anticipadas relacionadas con la aplicación de criterios de valoración aduanera de mercancías en el marco de los Tratados o Convenios suscritos por el Perú indicados en el Anexo de este Procedimiento.” “V. BASE LEGAL - Ley General de Aduanas, aprobada por Decreto Legislativo N.º 1053, publicada el 27.6.2008 y normas modifi catorias. - Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo N.º 010-2009-EF, publicado el 16.1.2009 y normas modifi catorias. - Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N.º 135-99-EF, publicado el 19.8.99 y normas modifi catorias. - Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobada por Ley N.° 27444 y normas modifi catorias. - Tratados y Convenios suscritos por el Perú que estipulan el procedimiento de resoluciones anticipadas relacionadas con la aplicación de Criterios de Valoración Aduanera de Mercancías. - Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, aprobado por Decreto Supremo N.º 115-2002-PCM, publicado el 28.10.2002 y normas modificatorias.” “VI. NORMAS GENERALES (…) 4. No se emitirá la resolución anticipada relacionada con criterios de valoración aduanera de mercancías cuando se verifi que que: (…) c) No se trate de un importador, exportador o productor o representante de éstos debidamente acreditado acorde con los términos del Tratado o Convenio correspondiente.” “VII. DESCRIPCIÓN A) PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD (…) 2. La solicitud de resolución anticipada podrá ser presentada por: a) Un importador en el territorio del Perú. b) Un exportador en el territorio del país con el que el Perú haya suscrito el Tratado o Convenio correspondiente. c) El productor en el territorio del país con el que el Perú haya suscrito el Tratado o Convenio correspondiente. d) El representante del importador, exportador o productor, debidamente acreditado. (…) D) RECURSO IMPUGNATIVO La resolución anticipada relacionada con criterios de valoración aduanera de mercancías podrá impugnarse de conformidad con lo dispuesto en el artículo 211° de la Ley General de Aduanas y en el Tratado o Convenio suscrito por el Perú que corresponda. E) MODIFICACIÓN, REVOCACIÓN, SUSTITUCIÓN O COMPLEMENTACIÓN DE LA RESOLUCIÓN La modifi cación, revocación, sustitución o complementación de la resolución anticipada relacionada a criterios de valoración aduanera de mercancías se tramita conforme a lo establecido en el artículo 256° del Reglamento de la Ley General de Aduanas y en el Tratado o Convenio suscrito por el Perú que corresponda.” “XI. ANEXO Publicado en el portal web de la SUNAT (www.sunat. gob.pe) Relación de Tratados y Convenios suscritos por el Perú que estipulan el procedimiento de resoluciones anticipadas relacionadas con la aplicación de Criterios de Valoración Aduanera de Mercancías”. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL GARCIA MELGAR Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas 814614-1