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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 14 de julio de 2012 470555 Ofi cina de Asesoría Jurídica de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN. Artículo 2º.- Dejar sin efecto el encargo conferido a la señora Eldda Yrina Bravo Abanto, dándole las gracias por los importantes servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. GUSTAVO VILLEGAS DEL SOLAR Director Ejecutivo a.i. PROINVERSIÓN 814501-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terreno eriazo ubicado en el distrito y provincia de Pisco, departamento de Ica SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 098-2012/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 13 de julio de 2012 Visto, el Expediente Nº 111-2012/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 102 527,49 m², ubicado al oeste de la ciudad de Pisco, colindante al pueblo joven “Almirante Miguel Grau”, en el distrito y provincia de Pisco, departamento de Ica; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales – SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que lo conforman, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme lo establece la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfi ca de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifi có el terreno eriazo de 103 976,28 m², ubicado al oeste de la ciudad de Pisco, colindante al pueblo joven “Almirante Miguel Grau”, en el distrito y provincia de Pisco, departamento de Ica, que se encontraría libre de inscripción registral; Que, efectuada la consulta pertinente, mediante Certifi cado de Búsqueda Catastral de fecha 20 de junio de 2012, emitido en base al Informe Técnico Nº 840- 2012-ZRXI/OC-PISCO de fecha 19 de junio de 2012, de la Ofi cina de Catastro de la Zona Registral Nº XI – Sede Ica, se informó que el terreno en consulta se superpone con los predios inscritos en la Partidas Nº 07000565, Nº 02007376 y Nº 11005269, que se encuentra dentro de la zona de amortiguamiento que se dispone adyacente a los límites de la Reserva Natural de Paracas y que no le es posible determinar superposiciones gráfi cas con predios inscritos que aun no se encuentran digitalizados; asimismo, adjunta plano diagnóstico de las superposiciones advertidas; Que, procesada la información gráfi ca del plano diagnóstico con el empleo de programas gráfi cos digitales a disposición esta Superintendencia, se procedió a excluir las áreas superpuestas advertidas por el Registro de Predios de Pisco, determinándose una extensión de 102 527,49 m² que no contaría con inscripción registral. Que, el tercer párrafo del artículo 16º del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios señala que no impide la inmatriculación, el Informe Técnico que señale la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra inscrito o no; Que, realizada la inspección técnica el 06 de julio de 2012, se verifi có que gran parte de este terreno de naturaleza eriaza presenta napa freática superfi cial, constituyendo una zona inundada por fi ltración y el resto es suelo de textura arenosa con piedras, conformado en parte por material de desmonte, presenta una topografía variada que va de zona ligeramente inclinada con dirección al mar a zona en desnivel, aproximadamente 1,50 metros, por acumulación de material de desmonte nivelado, y presenta algunas pequeñas ocupaciones precarias con material no permanente y plantas, hallándose el resto desocupado; Que, el artículo 23º de la Ley Nº 29151, establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, cuya inmatriculación compete a la SBN, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 102 527,49 m², de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, modifi cada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los literales a) y p) del artículo 44º del Reglamento de Organización y Funciones de la SBN, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA del 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo competencia de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, así como a emitir resoluciones en materias de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modifi catorias; y Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0095-2012/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 12 de julio de 2012; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 102 527,49 m², ubicado al oeste de la ciudad de Pisco, colindante al pueblo joven “Almirante Miguel Grau”, en el distrito y provincia de Pisco, departamento de Ica, de acuerdo al plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2º.- La Zona Registral Nº XI - Sede Ica de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno antes descrito en el Registro de Predios de Pisco. Regístrese, comuníquese y publíquese.- RAQUEL ANTUANET HUAPAYA PORRAS Sudirectora (e) de Administración del Patrimonio Estatal 814680-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL Modifican la Directiva N° 001-2012- SERVIR-GDCGP, que aprueba los lineamientos del proceso de selección para la incorporación de Gerentes Públicos y su asignación durante el año 2012 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 094-2012-SERVIR-PE Lima, 13 de julio de 2012