Norma Legal Oficial del día 14 de julio del año 2012 (14/07/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, sabado 14 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

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por el plazo de ciento veinte (120) dias calendario, sobre materias relacionadas con la mineria ilegal, entre las que se encuentran la interdiccion de la mineria ilegal, relacionadas a la regulacion de zonas de exclusion minera, suspension de otorgamiento de concesiones en estas, uso de dragas y otros artefactos similares y medidas conexas; Que, en el MORDAZA de dicha Ley, se emitio el Decreto Legislativo N° 1101, Decreto Legislativo que establece medidas para el fortalecimiento de la fiscalizacion ambiental como mecanismo de lucha contra la mineria ilegal, se implementan medidas destinadas al fortalecimiento de la fiscalizacion ambiental de las actividades de la pequena mineria y mineria artesanal, como mecanismo de lucha contra la mineria ilegal y para asegurar la gestion responsable de los recursos mineros; a fin de garantizar la salud de la poblacion, la seguridad de las personas, la proteccion del ambiente y el desarrollo de actividades economicas sostenibles; Que, la Primera Disposicion Complementaria Final del referido Decreto Legislativo, dispone que el OEFA establecera en un plazo de treinta (30) dias de su promulgacion, los formatos que permitan dar cumplimiento a lo dispuesto en su articulo 5°, numeral 5.4, relacionado con el reporte de la ejecucion de las actividades contenidas en el PLANEFA, que las Entidades de Fiscalizacion Ambiental ­ EFA, comprendidas en el ambito del referido Decreto Legislativo, deben remitir al OEFA en forma trimestral, a partir de la vigencia de dicha norma; Que, el citado dispositivo legal ha establecido asimismo que el OEFA desarrollara los aplicativos informaticos que MORDAZA requeridos para facilitar la MORDAZA del mencionado reporte y los facilitara a las EFA, en el plazo de noventa (90) dias de su promulgacion; Que, el literal e) del articulo 11° de la Ley Nº 29325, establece la funcion normativa del OEFA, que comprende la facultad de dictar en el ambito y en materia de sus respectivas competencias, los reglamentos, normas que regulen los procedimientos a su cargo, y otras de caracter general referidas a intereses, obligaciones o derechos de las personas naturales o juridicas, publicas o privadas que fiscaliza; Que, mediante Resolucion de Presidencia de Consejo Directivo N° 037-2012-OEFA/PCD de fecha 11 de MORDAZA del 2012, el OEFA aprobo los Formatos N° 01, 02, 03, 04, 05, 06, 07 y 08, a que se refiere la Primera Disposicion Complementaria Final del referido Decreto Legislativo; Que, atendiendo a los fines establecidos en el Decreto Legislativo N° 1101 y luego de un MORDAZA de revision de los formatos aprobados asi como los requerimientos efectuados por el Consejo Directivo del OEFA, la Direccion de Supervision mediante Informe N° 552-2012-OEFA/DS, ha propuesto la modificacion y sustitucion de los referidos formatos, por un formato unico denominado "Formato de Reporte Trimestral de Ejecucion de Actividades de Supervision / Fiscalizacion", a traves del cual las Entidades de Fiscalizacion Ambiental ­ EFA, comprendidas en el ambito del mencionado Decreto Legislativo, consignaran informacion de los resultados de sus acciones de fiscalizacion ambiental, segun la programacion efectuada en el PLANEFA, asi como las desarrolladas en casos de denuncias o emergencias ambientales; Que, de otro lado, mediante Informe N° 32-2012OEFA/OTI, la Oficina de Tecnologias de la Informacion ha sustentado la implementacion del aplicativo informatico requerido para insertar el formulario web del "Formato de Reporte Trimestral de Ejecucion de Actividades de Supervision / Fiscalizacion" en el Sistema de Registro del PLANEFA; Que, considerando el MORDAZA legal expuesto, la Oficina de Asesoria Juridica mediante Informe N° 154-2012-OEFA/ OAJ, ha emitido su opinion legal favorable en torno a los informes tecnicos emitidos por la Direccion de Supervision y la Oficina de Tecnologias de la Informacion; Que, considerando lo anterior, resulta necesario disponer la modificacion de la Resolucion de Presidencia de Consejo Directivo N° 037-2012-OEFA/PCD de fecha 11 de MORDAZA del 2012, en el extremo que aprueba los Formatos N° 01, 02, 03, 04, 05, 06, 07 y 08, a que se refiere la Primera Disposicion Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1101; sustituyendolos por el Formato Unico denominado "Formato de Reporte Trimestral de Ejecucion de Actividades de Supervision / Fiscalizacion", para los fines de lo dispuesto el numeral 5.4 del articulo 5° del referido Decreto Legislativo;

Que, asimismo, corresponde aprobar la implementacion del aplicativo informatico requerido para insertar el "Formato de Reporte Trimestral de Ejecucion de Actividades de Supervision / Fiscalizacion", en el Sistema de Registro del PLANEFA, de conformidad con lo dispuesto por la Primera Disposicion Complementaria Final del referido Decreto Legislativo; Con el visado de la Secretaria General, la Direccion de Supervision, la Oficina de Tecnologias de la Informacion y la Oficina de Asesoria Juridica del OEFA; y, De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1101; y, en uso de las facultades conferidas por el inciso t) del articulo 15º del Reglamento de Organizacion y Funciones del OEFA, aprobado por el Decreto Supremo Nº 022-2009-MINAM y la Resolucion Suprema Nº 0192011-MINAM; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Modificar la Resolucion de Presidencia de Consejo Directivo N° 037-2012-OEFA/PCD de fecha 11 de MORDAZA del 2012, en el extremo que aprueba los Formatos N° 01, 02, 03, 04, 05, 06, 07 y 08, a que se refiere la Primera Disposicion Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1101, Decreto Legislativo que establece medidas para el fortalecimiento de la fiscalizacion ambiental como mecanismo de lucha contra la mineria ilegal; sustituyendolos por el Formato Unico denominado "Formato de Reporte Trimestral de Ejecucion de Actividades de Supervision / Fiscalizacion", que como anexo forma parte integrante de la presente Resolucion, para los fines de lo dispuesto el numeral 5.4 del articulo 5° del referido Decreto Legislativo. Articulo 2°.- Aprobar la implementacion del aplicativo informatico requerido para insertar el "Formato de Reporte Trimestral de Ejecucion de Actividades de Supervision / Fiscalizacion", en el Sistema de Registro del PLANEFA, de conformidad con lo dispuesto por la Primera Disposicion Complementaria Final del referido Decreto Legislativo. Articulo 3°.- La presente Resolucion sera publicada en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Web Institucional del OEFA (www.oefa.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MIKELO MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Directivo 814578-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Normas relativas a las rutas fiscales y a los puestos de control obligatorios para el ingreso de bienes sujetos al control y fiscalizacion utilizados en la mineria ilegal
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 162-2012/SUNAT MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2012 CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Legislativo N.o 1103 se establecen medidas de control y fiscalizacion en la distribucion, transporte y comercializacion de Insumos Quimicos que puedan ser utilizados en la mineria ilegal; Que el articulo 3º del citado Decreto dispone que la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria ­ SUNAT, controlara y fiscalizara el ingreso, permanencia, transporte o traslado y salida

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