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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 21 de julio de 2012 471079 d. Implementar, conducir, coordinar y ejecutar los acuerdos que se tomen en la Agencia de Fomento de Inversión Privada de la Municipalidad Provincial del Callao, formando parte del mismo. e. Conducir, coordinar y controlar la elaboración, ejecución y evaluación del plan estratégico de desarrollo económico local sostenible y el plan operativo anual para la implementación del mismo. f. Otorgar licencias y autorizaciones aplicando los principios del procedimiento administrativo en dichos trámites, sin obviar las normas técnicas de seguridad y las demás normas correspondientes. g. Elaborar, proponer, controlar y hacer cumplir las normas respecto al comercio ambulatorio, acopio, distribución almacenamiento y comercialización de alimentos y bebidas, en concordancia con las normas nacionales sobre la materia. h. Conducir, controlar y evaluar la elaboración y actualización del registro de empresas que operan en la circunscripción y cuentan con licencia municipal de funcionamiento, defi nitiva o provisional, consignando expresamente el cumplimiento o incumplimiento de las normas al respecto. i. Promover en coordinación con otras entidades públicas y privadas agresivas políticas orientadas a generar productividad y competitividad local, con el propósito de generar puestos de trabajo y desarrollo económico local. j. Realizar acciones de defensa del consumidor y eliminación de barreras burocráticas de acceso al mercado, en coordinación con INDECOPI. k. Proporcionar servicios económicos no fi nancieros y de promoción de la competitividad ofreciendo información útil para la inversión y programas de apoyo a las micro y pequeñas empresas (MYPE) o sectores específi cos, en coordinación con las municipalidades distritales y las entidades públicas y privadas nacional y subnacional. l. Programar y conducir las acciones de control de pesos y medidas y sancionar el de acaparamiento, la especulación y la adulteración de productos y servicios. m. Equipar y mantener, directamente o por concesión, mercados de abastos al mayoreo o minoristas, en coordinación con las municipales distritales en las que estuvieran ubicados n. Planifi car, coordinar, supervisar el funcionamiento de los mercados de propiedad municipal y fi scalización de mercados particulares. o. Emitir opinión técnica para las acotaciones y liquidaciones tributarias. p.Resolver las reclamaciones y recursos administrativos que se interpongan ante los actos administrativos y otras acciones ejecutadas. q. Emitir copias certifi cadas de los documentos que produzca. r. Efectuar otras funciones afi nes que le asigne la Gerencia Municipal en materia de su competencia. Artículo 4. Apruébase la creación del Fondo Municipal de Promoción de la Inversión Privada de la Municipalidad Provincial del Callao (FOMPRI). Los recursos del FOMPRI de la Municipalidad Provincial del Callao serán destinados a fi nanciar todos aquellos gastos imputables, directa o indirectamente, al Proceso de Promoción de la Inversión Privada a cargo del Gerencia General de Desarrollo Económico Local y Comercialización (OPIP). El FOMPRI cuenta con la asignación de los siguientes recursos propios: a) Un monto que se establecerá en las bases de cada procedimiento vinculado a la aplicación de las modalidades de participación de la inversión privada previstas en el Decreto Legislativo Nº 1012, según el tipo de participación de la inversión privada que se trate: a.1) Participación de la inversión privada a título oneroso: 2% del monto neto que reciba el organismo municipal por los derechos que otorga. a.2) Participación de la inversión privada a título gratuito: un monto fijo, previamente establecido en las bases del proceso y que no excederá del 2% del monto neto de la inversión necesaria para el desarrollo del proyecto. b) Créditos externos o internos otorgados al Gobierno Local relacionados con los procesos de promoción a la inversión privada. c) Donaciones internas y externas. d) Contribuciones no reembolsables y recursos provenientes de la Cooperación Técnica. e) Los ingresos fi nancieros que genere la administración de recursos propios. f) Ingresos por venta de bases o derechos de participación en los procedimientos vinculados a la aplicación de las modalidades de participación de la inversión privada. g) El monto reembolsado, por parte del Contratista, de los gastos, directos o indirectos, derivados del proceso de promoción, sin perjuicio de otros ingresos contemplados en la presente Ordenanza. h) Los recursos provenientes de la aplicación de penalidades y ejecución de garantías, otorgadas por los inversionistas a favor de la Municipalidad Provincial del Callao en el marco de los procedimientos vinculados a la aplicación de las modalidades de participación de la inversión privada. Artículo 5. Modifícase el Texto Único Ordenado del Reglamento de Organización y Funciones, asignando el procedimiento para el trámite y evaluación de iniciativas privadas en proyectos de inversión a la Gerencia General de Desarrollo Económico Local y Comercialización. Artículo 6. Derógase la Ordenanza Municipal Nº 000006- 1997 que aprobó el Reglamento que regulaba la entrega en concesión al sector privado de las obras públicas de infraestructura y de servicios públicos locales. Artículo 7. Encárgase a la Gerencia Municipal y áreas administrativas de la Municipalidad Provincial del Callao el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. JUAN SOTOMAYOR GARCIA Alcalde DISPOSICIONES GENERALES QUE REGULAN EL TRATAMIENTO DE LA PROMOCIÓN DE LA INVERSIÓN PRIVADA EN EL ÁMBITO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Y LOS PROCEDIMIENTOS PARA EL TRÁMITE Y EVALUACIÓN DE INICIATIVAS PRIVADAS EN PROYECTOS DE INVERSIÓN CAPÍTULO I OBJETO Artículo 1. Declaración de interés y objeto Declárese de interés la Promoción de la Inversión Privada en la Provincia Constitucional del Callao en materia de activos, empresas, proyectos, servicios, obras de infraestructura pública, o la prestación de servicios públicos. El marco normativo para la Promoción de la Inversión Privada en el ámbito de la Municipalidad Provincial del Callao en materia de infraestructura o la prestación de servicios públicos, se encuentra compuesto por el Decreto Legislativo Nº 1012 y el Decreto Supremo Nº 146-2008- EF normas ampliatorias y modifi catorias, así como las normas vigentes en materia de Promoción de Inversión Privada contempladas en el inciso e) del artículo 4° del Decreto Supremo Nº 015-2004-PCM, Reglamento de la Ley Nº 28059 y sus normas modifi catorias y ampliatorias, en tanto no se oponga a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1012.