Norma Legal Oficial del día 23 de julio del año 2012 (23/07/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, lunes 23 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

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cumplimiento de sus funciones institucionales. Promueve que las personas mas idoneas se incorporen a la MORDAZA Especial Publica Penitenciaria y que, una vez incorporada a MORDAZA, se les garantice una adecuada compensacion. Esta compensacion se erigira sobre la base del aprovechamiento de las oportunidades que la MORDAZA brinda y en el reconocimiento al desempeno profesional y tecnico. Articulo III.- Finalidad El presente Reglamento tiene por finalidad regular el funcionamiento de la MORDAZA Especial Publica Penitenciaria a que se refiere el articulo 5º de la Ley, poniendo especial enfasis en el reconocimiento de la meritocracia como elemento fundamental para la progresion en la Carrera; en la promocion de la practica permanente de los valores eticos; y, sobre todo, en el desarrollo de un sistema cuyas condiciones promuevan el desarrollo profesional y personal de sus servidores. Articulo IV.- Ambito de Aplicacion El presente Reglamento regula la MORDAZA Especial Publica de los servidores penitenciarios en los terminos que estos han sido definidos en el numeral 2 del articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley y que, en su calidad de nombrados, prestan servicios en el INPE. TITULO II DISPOSICIONES GENERALES Y COMUNES DE LA MORDAZA CAPITULO I ORGANIZACION Y ESTRUCTURA DE LA MORDAZA ESPECIAL PUBLICA PENITENCIARIA Articulo 1º.- Organizacion de la MORDAZA La MORDAZA Especial Publica Penitenciaria se organiza en tres areas de desempeno laboral, contando cada una de ellas con sub areas de especialidad; y reconoce dos grupos ocupacionales: Superior y Tecnico, dentro de los cuales se identifican diferentes niveles. La pertenencia a estos niveles tiene una relacion directa con el reconocimiento a los meritos del servidor penitenciario, su desempeno, productividad y ubicacion en el escalafon de servicio; incide en una remuneracion adecuada y diferenciada. Articulo 2º.- Estructura de la MORDAZA Especial Publica Penitenciaria La MORDAZA Especial Publica Penitenciaria se estructura procurando siempre mantener una forma piramidal, sobre la base de una adecuada y funcional distribucion porcentual del numero de servidores penitenciarios que pertenecen a cada una de las areas de desempeno laboral; sub areas de especialidad; grupos ocupacionales; y, sobre todo, de los niveles al interior de estos, lo que garantiza que en todo momento se cuente con una ancha base y un vertice superior angosto. La distribucion porcentual sera definida en el Cuadro de Asignacion de Personal. CAPITULO II AREAS DE DESEMPENO LABORAL Articulo 3º.- Areas de desempeno laboral Las areas de desempeno laboral, mediante las cuales los servidores penitenciarios realizan las siguientes funciones son: a. Seguridad penitenciaria: Los servidores penitenciarios que se desempenan en esta area se encargan de garantizar la seguridad de las personas, instalaciones y las comunicaciones en los establecimientos penitenciarios y analogos, asi como durante el traslado, conduccion, diligencia y custodia de internos, de acuerdo a los lineamientos de la politica integral de seguridad penitenciaria e inteligencia aprobados, asi como de las directivas o reglamentos internos. b. Tratamiento penitenciario: Los servidores penitenciarios que se desempenan en esta area se encargan de disenar, implementar, ejecutar, monitorear, supervisar y evaluar las actividades dirigidas a lograr la reeducacion, rehabilitacion y reincorporacion del interno a la sociedad. En los establecimientos de Asistencia PostPenitenciaria y de Ejecucion de Penas Limitativas de Derechos, se encargan del tratamiento post penitenciario, supervisando el cumplimiento de las reglas de conducta

impuestas por el juez penal y promueve la reinsercion social de los liberados con beneficio de semilibertad o liberacion condicional; asimismo se encargan de la ejecucion las sentencias a Penas Limitativas de Derechos. c. Administracion penitenciaria: Los servidores penitenciarios que se desempenan en esta area se encargan de brindar el soporte para el desarrollo de los procedimientos y actividades referidas a los ambitos administrativos y/o funcionales en los establecimientos penitenciarios, de acuerdo a los lineamientos de la politica integral de administracion penitenciaria. En esta area se desempenan ademas los servidores que realizan funciones de identificacion y registro. Articulo 4º.- Requisitos minimos para integrar grupos ocupacionales a. Grupo ocupacional Superior: el requisito minimo es poseer grado academico de bachiller, titulo profesional, colegiatura y estar habilitado para el ejercicio de la profesion, cuya especialidad dependera de las exigencias especificas del area de desempeno y aquellas establecidas en el perfil del puesto. b. Grupo ocupacional Tecnico: el requisito minimo es poseer estudios secundarios completos y haber concluido satisfactoriamente la formacion en el CENECP. Articulo 5º.- Niveles correspondientes a las areas de desempeno segun grupo ocupacional y permanencia minima por nivel. Las areas de Seguridad, Tratamiento y Administracion cuentan con cinco niveles en el grupo ocupacional Superior, y con tres niveles en el grupo ocupacional Tecnico. Los referidos niveles se numeran del I al V para el grupo ocupacional Superior y del I al III para el grupo ocupacional Tecnico. En ambos casos la progresion es ascendente. La permanencia minima por nivel en cada grupo ocupacional, es la siguiente: Grupo ocupacional superior: 5 niveles · Nivel I: 6 anos. · Nivel II: 6 anos. · Nivel III: 7 anos. · Nivel IV: 8 anos. · Nivel V: Hasta la finalizacion de la Carrera. Grupo ocupacional tecnico: 3 niveles · Nivel I: 7 anos. · Nivel II: 9 anos. · Nivel III: Hasta la finalizacion de la Carrera. Cualquier denominacion complementaria de los niveles establecidos en el presente reglamento sera aprobada por Resolucion de Presidencia. SUB CAPITULO I DE LA PERMANENCIA EN LA MORDAZA Articulo 6º.- De la permanencia por nivel La permanencia esta referida a la antiguedad minima que debe acumular el servidor penitenciario en cada nivel de la MORDAZA MORDAZA de ascender al inmediato superior. De manera excepcional, el servidor penitenciario que cumpla con los requisitos exigidos por el nivel inmediato superior y que exprese formalmente su voluntad de postular, podra ser considerado, siempre y cuando MORDAZA permanecido un 80% del tiempo minimo establecido para su nivel; sometiendose a todo lo establecido en el Capitulo II del Titulo V sobre la Evaluacion en la MORDAZA del presente Reglamento. Cumplido el tiempo minimo de permanencia en el nivel, el servidor penitenciario tendra hasta dos oportunidades consecutivas de postular al ascenso. Producida esta condicion sin que el servidor MORDAZA sido ascendido, no podra volver a presentarse al concurso de ascensos, salvo el supuesto del articulo 39 del presente reglamento. SUB CAPITULO II SEGURIDAD PENITENCIARIA Articulo 7º.- Sub areas de especializacion del area de seguridad penitenciaria El Area de seguridad penitenciaria comprende a los servidores en ejercicio de direccion, coordinacion

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