Norma Legal Oficial del día 24 de julio del año 2012 (24/07/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 24 de MORDAZA de 2012

Que, la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, establece que los ministerios son organismos del Poder Ejecutivo que establecen, ejecutan y supervisan politicas nacionales y sectoriales, asumiendo la rectoria respecto de ellas; Que, la Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, declara al Estado Peruano en MORDAZA de Modernizacion, estableciendo principios, acciones, mecanismos y herramientas para llevar a cabo dicho proceso; Que, la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado y sus modificatorias, establecen que el Reglamento de Organizacion y Funciones establece la estructura organica de los Ministerios y las funciones y atribuciones de sus organos; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1047 - se aprobo la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion; Que, mediante Decreto Supremo Nº 010-2006PRODUCE se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Produccion; Que, la Septuagesima Tercera Disposicion Complementaria Final de la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano Fiscal 2012, Ley Nº 29812, dispone que el Ministerio de la Produccion, en un plazo que no exceda de 180 dias, reestructure organicamente y modifique sus documentos de gestion para mejorar la eficiencia y eficacia de sus procesos internos; Que, el articulo 134 de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, preve que cuando el plazo es senalado por dias, se entendera por habiles consecutivos, excluyendo del computo aquellos no laborales del servicio y los feriados no laborables de orden nacional o regional; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 412-2011PRODUCE de fecha 28 de diciembre del 2011, se creo la Comision Sectorial de Reestructuracion del Sector Produccion, con el objeto de proponer la modernizacion institucional y reestructuracion organica del Sector Produccion y en ese MORDAZA elaborar las propuestas de modificacion de los documentos de gestion del Ministerio de la Produccion y sus Organismos Publicos adscritos, conformada por el Jefe de Gabinete de Asesores, en representacion del Ministro de la Produccion, Viceministro de Pesqueria, Viceministro de MYPE e Industria, Secretario General y el Director General de la Oficina General de Administracion; Que, dichas acciones pueden realizarse de manera integral o parcial, de acuerdo a los requerimientos de sus dependencias, encontrandose comprendidas en esta autorizacion, el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero, el Instituto MORDAZA del Peru y el Instituto Tecnologico Pesquero del Peru; Que, la modificacion del Reglamento de Organizacion y Funciones, entre otros documentos de gestion, incluido el Cuadro de Asignacion de Personal (CAP), son aprobados mediante Resolucion Ministerial; Que, en dicho contexto, es necesario aprobar el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, a fin de reestructurarlo para la mejora de la eficiencia y eficacia de sus procesos, contribuyendo al logro de los objetivos y metas establecidas; De conformidad con la Ley Nº 29812, el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, Lineamientos para la formulacion del Reglamento de Organizacion y Funciones, el numeral 8 del Articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru y, la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; y, SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion Aprobar el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion que consta de cinco (05) Titulos, seis (6) Capitulos, Ciento Veintiun (121) Articulos y tres (03) Disposiciones Complementarias Finales que, como anexo, forma parte integrante de la presente Resolucion.

Articulo 2º.- Publicacion Disponer la publicacion del presente Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF del Ministerio de la Produccion, en el MORDAZA del Estado Peruano (www. peru.gob.pe) y en MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion (www.produce.gob.pe). Articulo 3º.- Vigencia La presente Resolucion Ministerial entrara en vigencia a los diez (10) dias habiles siguientes de su publicacion. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES PRIMERA.- Implementacion del ROF Facultese al Ministerio de la Produccion para que, mediante Resolucion Ministerial, emita las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada implementacion del Reglamento de Organizacion y Funciones. SEGUNDA.- Implementacion del CAP Disponer que en un plazo no mayor de quince (15) dias habiles, el Ministerio de la Produccion adecue y apruebe el Cuadro de Asignacion de Personal, CAP. TERCERA.- Efectos presupuestales La aplicacion del Reglamento de Organizacion y Funciones del pliego Ministerio de la Produccion se sujeta a su presupuesto institucional, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Publico. DISPOSICION COMPLEMENTARIA DEROGATORIA UNICA.- Derogacion Deroguese el Decreto Supremo Nº 010-2006PRODUCE y sus modificatorias, y las demas normas que se opongan a la presente Resolucion, en cumplimiento de la Ley Nº 29812. Registrese, comuniquese, publiquese. MORDAZA TRIVENO CHAN JAN Ministra de la Produccion 818542-1 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 344-2012-PRODUCE MORDAZA 23 de MORDAZA de 2012 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, establece que los Organismos Publicos Ejecutores y Especializados son entidades desconcentradas del Poder Ejecutivo, con personeria juridica de Derecho Publico, y que tienen competencia de alcance nacional; Que, la Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, declara al Estado Peruano en MORDAZA de Modernizacion, estableciendo principios, acciones, mecanismos y herramientas para llevar a cabo dicho proceso; Que, la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado y sus modificatorias, establecen que el Reglamento de Organizacion y Funciones establece la estructura organica de los Organismos Publicos Especializados, asi como las funciones y atribuciones de sus organos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2001-PE se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Tecnologico Pesquero del Peru, ITP; Que, la Septuagesima Tercera Disposicion Complementaria Final de la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano Fiscal 2012, Ley Nº 29812, dispone que el Ministerio de la Produccion, en un plazo que no exceda de 180 dias, reestructure organicamente y modifique los documentos de gestion del ITP para mejorar la eficiencia y eficacia de sus procesos internos; Que, el articulo 134 de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, preve que cuando el plazo es senalado por dias, se entendera por habiles

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