Norma Legal Oficial del día 25 de julio del año 2012 (25/07/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano MORDAZA, miercoles 25 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

471371

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO
Aprueban Ordenanza que aprueba el Reglamento de las Juntas Vecinales Comunales para el distrito de Chaclacayo
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 270-MDCH Chaclacayo, 18 de junio de 2012 VISTO: En Sesion de Concejo de fecha, el Informe Nº 0092-2012-GGM/MDCH de la Gerencia de General Municipal, el Informe Nº 119-2012/MDCH-GAJ de la Gerencia de Asesoria Juridica y el Memorandum Nº 1172012-GDS-MDCH de la Gerencia de Desarrollo Social de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo; y, CONSIDERANDO Que, el articulo 31º de la Constitucion Politica del Peru, preceptua que es derecho y deber de los vecinos participar en el gobierno municipal de su jurisdiccion. La Ley MORDAZA y promueve los mecanismos directos e indirectos de su participacion; Que, la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, en su Titulo Preliminar, Articulo 1º, establece que los Gobiernos Locales son entidades basicas de la Organizacion Territorial del Estado y MORDAZA inmediatos de participacion vecinal en los asuntos publicos, que institucionalizan y gestionan con autonomia los intereses propios de las correspondientes colectividades; Que, en su articulo 116º del mismo cuerpo legal, contempla en materia de Juntas Vecinales, que los Concejos Municipales, a propuesta del MORDAZA, Regidores o a peticion de los vecinos constituyen Juntas Vecinales mediante Convocatoria Publica a Elecciones, precisando que corresponde al Consejo Municipal aprobar el Reglamento de Organizacion y Funciones de las Juntas Vecinales Comunales, donde se determinan y precisan las normas generales a que deberan someterse. Asimismo, senala que las juntas estaran encargadas de supervisar la prestacion de servicios publicos locales, el cumplimiento de las normas municipales, la ejecucion de obras municipales y otros servicios que se indiquen de manera precisa en la Ordenanza de su creacion. Las Juntas Vecinales Comunales, a traves de sus representantes acreditados, tendran derecho a voz en las Sesiones de Concejo Municipal; Que, la finalidad de aprobar el Reglamento de las Juntas Vecinales Comunales es la de promover la participacion de los vecinos en la formunacion, debate y concertacion de los planes de desarrollo, en sus presupuestos, en la prestacion de los servicios publicos locales y en otras acciones relacionadas con la gestion municipal prescindiendo de intereses politicos o economicos, personales y/o privados, colocando por encima de ello el interes y beneficio de toda la comunidad; Que, con la aprobacion del Reglamento de las Juntas Vecinales Comunales, se pretende contar con un instrumento tecnico de gestion que reglamente la constitucion y funciones de las Juntas Vecinales Comunales del Distrito de Chaclacayo, preservando su naturaleza comunal y democratica, como nexo directo y sin injerencias externas de ningun MORDAZA, entre los vecinos y el Gobierno Local, dentro del MORDAZA de un Estado democratico, descentralizado y desconcentrado; Que, mediante Informe Nº 0119-2012/MDCH-GAJ la Gerencia de Asesoria Juridica opina que es viable que el Concejo Municipal apruebe la Ordenanza que aprueba el Reglamento de las Juntas Vecinales Comunales en el Distrito de Chaclacayo;

Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del articulo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobo por unanimidad y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE LAS JUNTAS VECINALES COMUNALES PARA EL DISTRITO DE CHACLACAYO Articulo Primero.- APROBAR la Ordenanza que contiene el Reglamento de las Juntas Vecinales Comunales para el Distrito de Chaclacayo, la misma que consta de cuarenta y un (41) articulos, dos (02) disposiciones finales y que como ANEXO forma parte de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- ENCARGUESE a la Gerencia General Municipal, Gerencia de Desarrollo Social y a la Division de Participacion Vecinal el cumplimiento de la presente Ordenanza, asi como su difusion a la Unidad de Relaciones Publicas e Imagen Institucional. Articulo Tercero.- Encarguese a la Unidad de Tecnologias de la Informacion y Comunicaciones la publicacion del texto completo de la presente ordenanza en la Pagina Web de la Municipalidad de Chaclacayo: www.munichaclacayo.gob.pe y en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas: www.serviciosalciudadano. gob.pe. Registrese, comuniquese, cumplase y publiquese. MORDAZA E. VALCARCEL CAHEN MORDAZA 817975-1

MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA
Convocan a Audiencia Publica de Rendicion de Cuentas a todos los Agentes Participantes inscritos y registrados en el MORDAZA del Presupuesto Participativo para el Ano Fiscal 2013 y aprueban Cronograma de Actividades
DECRETO DE ALCALDIA Nº 009-2012-MDI Independencia, 20 de MORDAZA de 2012 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA VISTO: el Informe Nº 090-2012-GPPR/MDI mediante el cual el Gerente de Planificacion, Presupuesto y Racionalizacion, presenta el Cronograma de Actividades para la Audiencia Publica de Rendicion de Cuentas en el MORDAZA del MORDAZA del Presupuesto Participativo para el Ano Fiscal 2013, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, las Municipalidades Provinciales y Distritales son los organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con lo dispuesto en el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 "Ley Organica de Municipalidades", y que dicha autonomia radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion con sujecion al Ordenamiento juridico;

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