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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JULIO DEL AÑO 2012 (25/07/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 41

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 25 de julio de 2012 471371 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO Aprueban Ordenanza que aprueba el Reglamento de las Juntas Vecinales Comunales para el distrito de Chaclacayo ORDENANZA MUNICIPAL Nº 270-MDCH Chaclacayo, 18 de junio de 2012 VISTO: En Sesión de Concejo de fecha, el Informe Nº 0092-2012-GGM/MDCH de la Gerencia de General Municipal, el Informe Nº 119-2012/MDCH-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorándum Nº 117- 2012-GDS-MDCH de la Gerencia de Desarrollo Social de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo; y, CONSIDERANDO Que, el artículo 31º de la Constitución Política del Perú, preceptúa que es derecho y deber de los vecinos participar en el gobierno municipal de su jurisdicción. La Ley norma y promueve los mecanismos directos e indirectos de su participación; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, en su Título Preliminar, Artículo 1º, establece que los Gobiernos Locales son entidades básicas de la Organización Territorial del Estado y canales inmediatos de participación vecinal en los asuntos públicos, que institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses propios de las correspondientes colectividades; Que, en su artículo 116º del mismo cuerpo legal, contempla en materia de Juntas Vecinales, que los Concejos Municipales, a propuesta del Alcalde, Regidores o a petición de los vecinos constituyen Juntas Vecinales mediante Convocatoria Pública a Elecciones, precisando que corresponde al Consejo Municipal aprobar el Reglamento de Organización y Funciones de las Juntas Vecinales Comunales, donde se determinan y precisan las normas generales a que deberán someterse. Asimismo, señala que las juntas estarán encargadas de supervisar la prestación de servicios públicos locales, el cumplimiento de las normas municipales, la ejecución de obras municipales y otros servicios que se indiquen de manera precisa en la Ordenanza de su creación. Las Juntas Vecinales Comunales, a través de sus representantes acreditados, tendrán derecho a voz en las Sesiones de Concejo Municipal; Que, la fi nalidad de aprobar el Reglamento de las Juntas Vecinales Comunales es la de promover la participación de los vecinos en la formunación, debate y concertación de los planes de desarrollo, en sus presupuestos, en la prestación de los servicios públicos locales y en otras acciones relacionadas con la gestión municipal prescindiendo de intereses políticos o económicos, personales y/o privados, colocando por encima de ello el interés y benefi cio de toda la comunidad; Que, con la aprobación del Reglamento de las Juntas Vecinales Comunales, se pretende contar con un instrumento técnico de gestión que reglamente la constitución y funciones de las Juntas Vecinales Comunales del Distrito de Chaclacayo, preservando su naturaleza comunal y democrática, como nexo directo y sin injerencias externas de ningún tipo, entre los vecinos y el Gobierno Local, dentro del marco de un Estado democrático, descentralizado y desconcentrado; Que, mediante Informe Nº 0119-2012/MDCH-GAJ la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que es viable que el Concejo Municipal apruebe la Ordenanza que aprueba el Reglamento de las Juntas Vecinales Comunales en el Distrito de Chaclacayo; Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó por unanimidad y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE LAS JUNTAS VECINALES COMUNALES PARA EL DISTRITO DE CHACLACAYO Artículo Primero.- APROBAR la Ordenanza que contiene el Reglamento de las Juntas Vecinales Comunales para el Distrito de Chaclacayo, la misma que consta de cuarenta y un (41) artículos, dos (02) disposiciones fi nales y que como ANEXO forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCÁRGUESE a la Gerencia General Municipal, Gerencia de Desarrollo Social y a la División de Participación Vecinal el cumplimiento de la presente Ordenanza, así como su difusión a la Unidad de Relaciones Públicas e Imagen Institucional. Artículo Tercero.- Encárguese a la Unidad de Tecnologías de la Información y Comunicaciones la publicación del texto completo de la presente ordenanza en la Página Web de la Municipalidad de Chaclacayo: www.munichaclacayo.gob.pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas: www.serviciosalciudadano. gob.pe. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese. ALFREDO E. VALCÁRCEL CAHEN Alcalde 817975-1 MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA Convocan a Audiencia Pública de Rendición de Cuentas a todos los Agentes Participantes inscritos y registrados en el Proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2013 y aprueban Cronograma de Actividades DECRETO DE ALCALDÍA Nº 009-2012-MDI Independencia, 20 de julio de 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA VISTO: el Informe Nº 090-2012-GPPR/MDI mediante el cual el Gerente de Planifi cación, Presupuesto y Racionalización, presenta el Cronograma de Actividades para la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas en el marco del Proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2013, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, las Municipalidades Provinciales y Distritales son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con lo dispuesto en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”, y que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al Ordenamiento jurídico;