Norma Legal Oficial del día 25 de julio del año 2012 (25/07/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano MORDAZA, miercoles 25 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

471389

Asesoria Juridica ha opinado en el sentido de que es procedente la modificacion del articulo 27° de la Ordenanza N° 125/MVMT publicada en fecha 21 de Diciembre de 2003, modificada por la Ordenanza N° 150/MVMT, publicada el 12 de MORDAZA de 2012, de acuerdo a lo senalado en el articulo 16° del Decreto Supremo N° 055-2010-MTC, debiendose formalizar dicha modificacion via acto normativo (Ordenanza) emitido por el Organo de Gobierno denominado Concejo Municipal de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, situacion que es concordante conforme a lo senalado en los articulos inciso 8) del articulo 9° y 40° de la Ley Organica de Municipalidades; Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los articulos 9º, 39º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, con el MORDAZA unanime (doce) de los miembros del concejo presentes, con dispensa del tramite de comisiones y de la lectura y aprobacion de Acta, se aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- MODIFIQUESE el articulo 27° de la Ordenanza Nº 125/MVMT, modificada por la Ordenanza N° 150/MVMT, el cual queda redactado de la siguiente manera: "Articulo 27.- Requisitos para obtener la Renovacion de Resolucion de Operacion, Certificado de Operacion y Credencial de Conductor El procedimiento de renovacion empieza con una solicitud simple que debera presentarse dentro de los sesenta (60) dias habiles anteriores a la fecha de vencimiento de la Resolucion de Operacion; dicha solicitud sera de aprobacion automatica, por periodos iguales y bajo fiscalizacion posterior de la documentacion ofrecida (de acuerdo a lo establecido en el Texto Unico de Procedimiento Administrativo vigente de esta Corporacion Edil) y/o la documentacion que solicite la Administracion Municipal, a traves de la Sub Gerencia de Transporte y Seguridad Vial." Articulo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Seguridad Ciudadana y MORDAZA y a la Sub Gerencia de Transporte y Seguridad Vial. Articulo Tercero.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 819126-1

Derogan el D.A. Nº 002-2012/MVMT y aprueban el Estudio Tecnico para Vehiculos Menores en el distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo
DECRETO DE ALCALDIA Nº 011-2012/MVMT MORDAZA MORDAZA del Triunfo, 23 de MORDAZA del 2012 LA ALCALDESA DEL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO Visto el Memorandum Nº 1023-2012-GM/MVMT de la Gerencia Municipal mediante el cual se eleva el Estudio Tecnico de Transporte en Vehiculos Menores del Distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, en Funcion al Incremento Demografico, a fin de que el mismo sea aprobado, teniendose presente lo senalado por la Gerencia de Asesoria Juridica en el Informe Nº 211-2012-GAJ/ MDVMT;

Que, mediante el Informe Nº 089-2012-SGTySVGSCTyT/MVMT, la Sub Gerencia de Transporte y Seguridad Vial remite el informe final sobre el Estudio Tecnico de Transporte en Vehiculos Menores del Distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, debidamente suscrito por el profesional de la materia, que contiene las conclusiones y recomendaciones, el mismo que debera ser elevado a la instancia correspondiente a fin de que se garantice su debido cumplimiento; Que, mediante el Informe Nº 092-2012-GSCyT-MVMT, la Gerencia de Seguridad Ciudadana y MORDAZA remite a la Gerencia de Asesoria Juridica el estudio tecnico MORDAZA mencionado, elaborado por la Sub Gerencia de Transporte y Seguridad Vial, en cumplimiento del articulo 145º del Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por la Ordenanza Nº 133/MVMT y el numeral 4.1) del articulo 4º y el articulo 6º de la Ordenanza Nº 125/MVMT, que regula el Servicio de Transporte de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores, a fin de que se emita el informe legal y a su vez sea derivado a la instancia superior respectiva para su aprobacion; Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28607, establece que las municipalidades son organos de gobierno local, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, en tal virtud, estan facultadas para aprobar su organizacion interna, su presupuesto, organizar y administrar los servicios publicos locales de su responsabilidad y planificar el desarrollo de su jurisdiccion entre otros aspectos; Que, la autonomia consagrada en la Constitucion Politica del Peru radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos, de administracion y, normativos con sujecion al ordenamiento juridico; es decir, que siendo un nivel de gobierno subnacional, esta obligado a observar y cumplir de manera obligatoria las disposiciones que regulan las actividades y funcionamiento del Sector Publico asi como a las normas tecnicas de los Sistemas Administrativos del Estado, no otra cosa se colige de lo dispuesto en el articulo VIII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972; Que, mediante la Ordenanza Nº 125/MVMT se MORDAZA el Servicio de Transporte de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores en el Distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo con el objeto de garantizar un servicio eficiente y seguro en beneficio de los usuarios y de los propios transportistas; Que, mediante el Decreto de Alcaldia Nº 0022010/MVMT, se aprobo el estudio tecnico aplicable a la Ordenanza Nº 125/MVMT, el cual a la fecha no ha sido dejado sin efecto y/o modificado; Que, el numeral 4.1 del articulo 4º y articulo 6º de la Ordenanza Nº 125/MVMT, establece que la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA del Triunfo es responsable de hacer cumplir la presente ordenanza dentro de su jurisdiccion, a traves de sus organos competentes debidamente legitimados por sus documentos de gestion asimismo en el articulo 6º de la MORDAZA acotada se establece que el numero de personas juridicas que prestaran el servicio especial sera sustentado en estudios tecnicos que determine la municipalidad y, conforme se aprecia del informe tecnico, en el mismo se sustenta en parametros de evaluacion de transporte publico de pasajeros en vehiculos menores, ofertas del servicio, proyecciones de poblacion y demanda de viajes para el Distrito, paraderos del servicio de transporte en vehiculos menores MORDAZA e impacto ambiental, estableciendose en el mismo las conclusiones y recomendaciones; Que, el articulo 6º de Ordenanza Nº 125/MVMT establece que el numero de personas juridicas que prestaran el servicio especial sera sustentado en los Estudios Tecnicos que determine la Municipalidad; Que, de igual modo el articulo 17º y 21º de la acotada Ordenanza senala en relacion a la determinacion y ubicacion de los paraderos y zonas de trabajo que estos seran autorizados unicamente por la Municipalidad de

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