Norma Legal Oficial del día 25 de julio del año 2012 (25/07/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano MORDAZA, miercoles 25 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

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i) Horario de Funcionamiento. j) Cese de Actividades. k) Revocatoria de las Licencias de Funcionamiento. l) De la clausura por funcionar sin licencia m) Control y Fiscalizacion posterior del establecimiento n) Restricciones. CAPITULO II DEFINICIONES Articulo 6.- DEFINICIONES Para la aplicacion de las disposiciones contenidas en la presente Ordenanza se entiende por: a) Administrado o Conductor del Establecimiento.Persona natural, persona juridica o ente colectivo que realiza actividades de comercio, industriales, artesanales, de servicios y/o profesionales. Tambien denominado solicitante durante el tramite de los procedimientos regulados en la presente Ordenanza. b) Cese de Actividad.- Situacion de hecho consistente en la no continuacion o la no realizacion del giro o los giros por los que se ha emitido una Licencia de Funcionamiento Municipal respecto de un establecimiento. c) Compatibilidad de uso.- Evaluacion que realiza la entidad competente con el fin de verificar si el MORDAZA de actividad economica a ser desarrollada por el interesado resulta o no compatible con la categorizacion del espacio geografico establecido en la zonificacion vigente. d) Establecimiento.- Inmueble, parte del mismo o instalacion determinada con caracter de permanente, en la que se desarrollan las actividades economicas con o sin fines de lucro. e) Formulario de Declaracion Jurada: Formato de solicitud gratuito predisenado por la Municipalidad donde se consigna informacion relevante para el otorgamiento de la Licencia de Funcionamiento Municipal. f) Galeria Comercial.- Unidad inmobiliaria que cuenta con bienes y servicios comunes y agrupa establecimientos, modulos o stands en los que se desarrollan las actividades economicas con o sin fines de lucro. g) Giro.- Actividad economica especifica de comercio, industria, profesionales y/o de servicios. h) Informe de Inspeccion Tecnica de Seguridad en Defensa Civil.- Documento que sustenta y consigna el resultado de la ejecucion de una inspeccion tecnica de seguridad en Defensa Civil, mediante la cual se verifica y evalua el cumplimiento de las condiciones de seguridad en Defensa Civil establecidas en la normativa vigente sobre la materia. i) Licencia de Funcionamiento Municipal Indeterminada.Autorizacion otorgada por la Municipalidad para el desarrollo de actividades economicas en un establecimiento determinado, a favor del titular de las mismas. Su vigencia es indeterminada de conformidad con lo establecido por el articulo 11 de la Ley Nº 28976, Ley MORDAZA de Licencia de Funcionamiento. j) Licencia de Funcionamiento Municipal Temporal.- Autorizacion otorgada por la Municipalidad para el desarrollo de actividades economicas en un establecimiento determinado, otorgado excepcionalmente a pedido del solicitante, cuya vigencia temporal es por un periodo MORDAZA de (1) ano. k) Licencia de Funcionamiento para Cesionarios.Documento que autoriza la realizacion de actividades de comercio, artesanales, de servicios y/o profesionales en un establecimiento sobre el que ya se ha expedido una Licencia de Funcionamiento previa a favor de una persona natural, juridica o ente colectivo distinto. La Licencia de Funcionamiento para Cesionarios permite al solicitante la realizacion de sus actividades, de manera simultanea a la realizacion de actividades por parte del titular de la Licencia de Funcionamiento. l) MORDAZA de abasto.- Local cerrado en cuyo interior se encuentran distribuidos puestos individuales de venta o de prestacion de servicios en secciones o giros definidos, dedicados al acopio y expendio de productos alimenticios y otros tradicionales no alimenticios mayoristas y minoristas.

m) Modulo o Stand.- Espacio acondicionado dentro de las galerias comerciales en el que se realizan actividades economicas y cuya area no supera los ciento veinte metros cuadrados (120 m2). n) Puesto.- Espacio acondicionado dentro de los mercados de abastos en el que se realizan actividades economicas con un area que no excede los treinta y cinco metros cuadrados (35 m2) y que no requieren obtener un certificado de Inspeccion Tecnica de Seguridad en Defensa Civil de detalle o multidisciplinaria. n) Certificado de Inspeccion Basica de Seguridad en Defensa Civil.- Documento Tecnico emitido por el Area de Defensa Civil de la Municipalidad, en el que se senala el cumplimiento de las condiciones Tecnicas basicas de seguridad en Defensa Civil, de conformidad con la normatividad vigente. o) Cesionario.- Agente economico, que con el consentimiento del titular de una licencia de funcionamiento municipal indeterminada, realiza sus actividades simultaneamente a este ultimo y en el mismo establecimiento. p) Retiro Municipal: Es la distancia o espacio que media entre el limite de propiedad al frente del lote y la edificacion que debe estar completamente libre de areas techadas. Esta comprendido dentro del area de propiedad privada. q) MORDAZA Electronico de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Anita.- Pagina en Internet de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, publicada en la siguiente direccion URL: http://www.munisantanita.gob.pe r) Zonificacion.- Conjunto de normas tecnicas urbanisticas por la que se regula el uso del suelo. TITULO II DE LAS AUTORIZACIONES MUNICIPALES CAPITULO I ASPECTOS GENERALES Articulo 7.- OBLIGADOS Estan obligados a obtener Licencia y/o Autorizacion de Funcionamiento Municipal las personas naturales, juridicas o entes colectivos, nacionales o extranjeros, de derecho privado o publico, incluyendo empresas o entidades del Estado, regionales o municipales, que desarrollen con o sin finalidad de lucro actividades de comercio, industriales, artesanales, de servicios y/o profesionales, en la jurisdiccion del distrito de MORDAZA MORDAZA, con anterioridad a la produccion de los siguientes hechos: a) Apertura, o instalacion de establecimientos en los que se desarrollen actividades de comercio, industriales, artesanales, profesionales y/o de servicios. b) Realizacion de actividades de comercio, artesanales, profesionales y/o de servicios en un establecimiento que cuenta con Licencia de Funcionamiento previa vigente expedida a nombre de una persona natural, juridica o ente colectivo distinto (Cesionarios). c) Cualquier circunstancia que determine una variacion de las condiciones que motivaron la expedicion de la licencia de funcionamiento municipal respectivo, salvo en los casos contemplados en la presente Ordenanza. Asimismo, se encuentran obligados a obtener Licencia de Funcionamiento Municipal, los mercados de abastos y galerias comerciales, la cual podra ser extendida a favor del ente colectivo, razon o denominacion social que los representa o la junta de propietarios, de ser el caso. Para tal efecto, deberan obtener previamente el Certificado de Inspeccion Tecnica de Seguridad en Defensa Civil de Detalle expedido por la Subgerencia de Defensa Civil de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y/o entidad competente. De la misma forma, los modulos o stands deberan, obligatoriamente, contar con su Licencia de Funcionamiento Municipal para poder llevar a cabo actividad economica, siempre y cuando la galeria comercial en donde se ubican cuente, previamente, con la licencia de funcionamiento corporativa, y se les exigira una Inspeccion Tecnica de

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