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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JULIO DEL AÑO 2012 (25/07/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 47

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 25 de julio de 2012 471377 garantizado, con el citado estudio hecho necesariamente por un ingeniero experto en geotecnia debidamente acreditado por el Colegio de Ingenieros del Perú. Artículo Segundo.- Precisar que los administrados deberán presentar a la Subgerencia de Licencias de Edifi caciones Privadas el estudio de estabilización de taludes, ya sea mediante carta simple para validar el retiro en su certifi cado de parámetros urbanísticos y edifi catorios, o como parte de la memoria descriptiva del anteproyecto o proyecto, para su evaluación, la cual se realizará mediante el representante Ad-Hoc del Colegio de Ingenieros del Perú, quien asumirá la responsabilidad profesional por ella. El resultado de la evaluación municipal será notifi cado por la Subgerencia de Licencias de Edifi caciones Privadas, en un plazo máximo de 15 días calendario contados a partir de la presentación del estudio. Artículo Tercero.- Precisar que los administrados podrán fi nanciar obras de estabilización de taludes en los acantilados que serán ejecutadas por la Municipalidad de Mirafl ores, con el fi n de reducir el retiro en sus lotes, el cual en ningún caso podrá ser menor a 5.00 metros, en concordancia con lo establecido en el Artículo Primero de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Autorización y Control, a través de la Subgerencia de Licencias de Edifi caciones Privadas, el cumplimiento y aplicación de lo establecido en la presente Ordenanza. Asimismo, a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente, a través de la Subgerencia de Catastro, la modifi cación del Plano N° 01 de la Ordenanza N° 342/ MM, de acuerdo a lo regulado en la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- Encargar a la Secretaría General, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano; y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, su publicación así como de la modifi catoria al Plano N° 01 de la Ordenanza N° 342/MM, en el Portal Institucional (www.mirafl ores.gob.pe). Artículo Sexto.- Precisar que la presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 818402-1 MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS Aprueban actualización del Plan de Manejo de Residuos Sólidos Distrital de San Luis ORDENANZA N° 148-MDSL San Luis, 19 de julio de 2012 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN LUIS: POR CUANTO: El Concejo Municipal Distrital de San Luis, en Sesión Ordinaria de la fecha el Ofi cio N° 003-2012-CSC-SR-MDSL a través del cual el presidente de la Comisión de Servicios a la Ciudad, remite el Dictamen Nº 002-2012-CSC-SR- MDSL, mediante el cual por Unanimidad Dictaminan: “Recomiendan Aprobar el Proyecto de Ordenanza que Aprueba la Actualización del Plan de Manejo de Residuos Sólidos Distrital de San Luis; y, CONSIDERANDO Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley Nº 27680, y en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades distritales son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, asimismo representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción; Que, el artículo 80° numeral 3.1 de la Ley N° 27972, clasifi ca como función exclusiva de las municipalidades distritales, el proveer el servicio de limpieza pública; la misma norma en su artículo 84° numeral 2.1 prevé igualmente como función exclusiva, concertar y planifi car el desarrollo social en su circunscripción en armonía con las políticas y planes regionales y provinciales. Que, la Ley N° 27314 – Ley General de Residuos Sólidos, en sus artículos 5° y 6°, señala que las municipalidades a distritales, aprueban su Plan de Manejo de Residuos Sólidos dentro del marco previsto por la Municipalidad Metropolitana de Lima N° 295-2000-MML que crea el Sistema Metropolitano de Gestión de Residuos Sólidos; Que, mediante Ordenanza N° 127-MDSL del 01AGO2011, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 03AGO2011 la Municipalidad Distrital de San Luis, aprueba el Plan de Manejo de Residuos Sólidos, el mismo que ha sido elaborado en forma participativa con la población y de conformidad al marco legal establecido para tal fi n; Que, el Plan de Incentivos a Ia Mejora de la Gestión y Modernización Municipal (PI) fue creado mediante Ley Nº 29332, modifi cado mediante Decreto de Urgencia Nº 119- 2009 e incorporado en la Ley del Presupuesto del Sector Público del Año 2012, respectivamente, asimismo, para el presente año, mediante Decreto Supremo Nº 004-2012- EF, se aprueban los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del año 2012, estableciéndose como una de las metas implementar el programa de segregación de la fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos a un 7% de la población; Que, es necesario actualizar el Plan de Manejo de Residuos Sólidos, en ese sentido mediante Resolución de Gerencia Municipal N° 068-2012-GM-MDSL de fecha 20ABR2012 se conformó el Equipo Técnico encargado de actualizar el Plan de Manejo de Residuos Sólidos; Que, mediante Informe N° 306-2012-GAL-MDSL de fecha 16JUL2012 la Gerencia de Asesoría Legal, luego del análisis del caso, concluye opinando que corresponde la actualización del Plan de Manejo de Residuos Sólidos y del Programa de Segregación de Residuos Sólidos, para lo cual se deberá remitir el presente proyecto de ordenanza al Concejo Municipal para su aprobación. En ejercicio de las facultades conferidas al Concejo por el numeral 8) del artículo 9º de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo Municipal por UNANIMIDAD, aprobó lo siguiente Ordenanza: APRUEBA LA ACTUALIZACIÓN DEL PLAN DE MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS DISTRITAL DE SAN LUIS Artículo Primero.- APROBAR la Actualización del Plan de Manejo de Residuos Sólidos Distrital de San Luis, y todas las demás disposiciones cuya aplicación sean incompatibles con la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- OFICIAR una copia certifi cada de la presente Ordenanza al Ministerio del Ambiente y a la Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo Tercero.- FACULTAR al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las precisiones necesarias para la correcta aplicación de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General, disponga la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano, conforme a Ley. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. RICARDO CASTRO SIERRA Alcalde 818091-1