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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JULIO DEL AÑO 2012 (27/07/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 30

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 27 de julio de 2012 471528 de salud, con la fi nalidad de implementar la vigilancia comunitaria, entre otras. Incluye la capacitación de los agentes comunitarios de salud en los siguientes aspectos: - Educación en salud: sesiones educativas, sesiones demostrativas de preparación de alimentos con énfasis en menores de 2 años y gestantes, sesiones de estimulación, lavado de manos, lactancia materna, vivienda saludable, entre otras. - Vigilancia comunitaria: seguimiento periódico de la salud de la gestante (antes, durante y después del parto), madre que da de lactar y de los menores de 3 años. - Análisis de los resultados de la vigilancia: con la fi nalidad de que se mejoren las prácticas saludables13 de las familias y la comunidad orientadas a la salud de la gestante, madre que da de lactar y de los menores de 5 años. - Infraestructura: acondicionamiento de espacio físico para actividades de educación en salud, vigilancia comunitaria y análisis de resultados. - Equipamiento: mobiliario, materiales para realizar sesiones educativas, kit de materiales para estimular el desarrollo infantil y materiales para la vigilancia. ii. Mejoramiento de las capacidades del gobierno local. Incluye: - Asesoría a los agentes comunitarios de salud, a través de un Equipo Facilitador Comunal. Este equipo facilitador debe tener capacidad para: - Organizar el acompañamiento y asistencia técnica permanente a los agentes comunitarios de salud, así como a los hogares del centro poblado. - Articular la labor de los agentes comunitarios de salud con la del personal de salud. - Fortalecer y/o implementar el sistema de monitoreo comunal. - Acondicionamiento de espacio físico y equipamiento para el desarrollo de las actividades previstas. iii. Optimizar el acceso y uso de las familias a servicios de salud preventivos de calidad. Puede incluir intervenciones14 orientadas a mejorar los servicios de salud preventivos15 de los establecimientos de salud, tales como: mejora de la infraestructura, equipamiento, y fortalecimiento de las capacidades del recurso humano de los servicios de salud preventivos que se encuentran defi nidos en el Programa Articulado Nutricional y Materno Neonatal. Entre estas intervenciones se podría considerar: - Equipamiento de los servicios de atención prenatal. - Implementación y/o mejoramiento de la cadena de frío, a fi n de asegurar que las vacunas se conserven adecuadamente y sean efectivas. - Equipamiento de los servicios de control de crecimiento y desarrollo, incluye consejería y estimulación del desarrollo. - Equipamiento para sesiones demostrativas. - Equipamiento para la vigilancia de la calidad del agua para consumo humano. - Equipamiento para equipos itinerantes en atenciones preventivas (para niños y niñas menores de 05 años). - Equipamiento para mejorar los sistemas de registro de información. - Capacitación para el personal de salud que brinda servicios preventivos. iv. Implementación de sistemas de agua potable y saneamiento En el ó los distritos elegidos se analizará el acceso a servicios de agua y saneamiento de los centros poblados que los conforman, dando prioridad a los centros poblados rurales de mayor tamaño poblacional y a aquellos con mayor défi cit de los servicios, lo que permitirá ordenar los centros poblados de mayor a menor, a fi n de defi nir las intervenciones focalizadas. En ambos casos, la instalación de estos servicios deberá ir acompañada de educación sanitaria comunitaria y familiar16. - El abastecimiento de agua potable será de acuerdo a las características propias de la localidad, pudiendo ser a través de sistemas convencionales (sistema por gravedad y/o bombeo) o sistemas no convencionales (como por ejemplo fi ltros mi agua, captación de agua de lluvia y bombas manuales u otras tecnologías) que permitan brindar agua apta para consumo humano. - Las intervenciones en saneamiento serán de acuerdo a las características propias de la localidad, pudiendo ser a través de sistemas convencionales o unidades de saneamiento (tipo hoyo seco, arrastre hidráulico y composteras). v. Gestión del Programa de Inversión17. Incluye una Unidad Coordinadora del Programa, que estará a cargo de la ejecución del Programa y que incluye un Equipo de soporte técnico encargado de: - Realizar el diagnóstico, planifi cación, ejecución y monitoreo de las acciones necesarias para la reducción de la desnutrición crónica infantil. - Brindar asistencia técnica para la implementación de las intervenciones con Inversión Pública en coordinación con las autoridades de salud y de los gobiernos locales. 5.3 A fi n de generar sinergias que potencien la efectividad de las intervenciones anteriormente indicadas, se recomienda que los Gobiernos Regionales, en el marco de sus competencias, estructuren Programas de Inversión, cuyo objetivo sea reducir la desnutrición crónica infantil en un ámbito geográfi co y poblacional determinado. 5.4 No obstante, en caso no existan condiciones para realizar lo indicado anteriormente, los gobiernos locales podrían plantear PIP, en el marco de sus competencias. Sin embargo, en estos casos el grado de efectividad no sería el mismo que se alcanzaría, si dichos PIP se formulasen de manera articulada en el marco de un Programa de Inversión Pública. 5.5 Para la estructuración de los PIP se recomienda tener en cuenta las intervenciones que se detallan en el numeral 5.2, considerando las siguientes precisiones: - Las intervenciones indicadas en el literal ii) sólo se podrían plantear de manera independiente en el marco de un PIP, si es que en su ámbito de intervención ya se dispone del Centro de Promoción de Vigilancia Comunal del Cuidado Integral de la Madre y el Niño; y si en dicho ámbito las familias tienen acceso a servicios preventivos de calidad. - Las intervenciones indicadas en los literales i), ii) y iii) están estrechamente vinculadas, por lo que se deben analizar de manera conjunta en el marco de un PIP. - Las intervenciones indicadas en el literal iv) se analizan en el marco de un PIP. V. CONDICIONES PARA ASEGURAR EL SEGUIMIENTO DE LAS INTERVENCIONES 6.1 Los Gobiernos Locales son responsables de llevar un registro de las familias y sus integrantes, el cual debe ser actualizado anualmente (SISFOH). 13 Las prácticas saludables que deben implementar las familias se detallan en el numeral 3.1 de estos lineamientos. 14 Las intervenciones que se planteen en los servicios de salud deben contar con la opinión favorable de la DISA o DIRESA, según corresponda. 15 Los servicios preventivos se detallan en el numeral 3.2 de estos lineamientos. 16 Lineamientos para formulación de Programas y Proyectos de agua y saneamiento para los centros poblados del ámbito rural. Ver documento en: http://www.vivienda.gob.pe/direcciones/Documentos/RM_2011_108.pdf 17 Sólo cuando se formule un Programa de Inversión Pública.