TEXTO PAGINA: 18
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 29 de junio de 2012 469468 Riesgo de Desastres (SINAGERD) aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros y con cargo de dar cuenta al Congreso de la República; DECRETA: Artículo 1.- Declaratoria de Estado de Emergencia Prorrogar por el término de sesenta (60) días calendario, a partir del 05 de julio de 2012, el Estado de Emergencia en la cuenca de la laguna Palcacocha, ubicada en la provincia de Huaraz, del departamento de Ancash, por peligro inminente de aluvión. Artículo 2º.- Acciones a ejecutar El Gobierno Regional de Ancash en coordinación con la Autoridad Nacional del Agua - ANA, con la Municipalidad Provincial de Huaraz, así como con el Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, el Ministerio de Agricultura, el Ministerio del Ambiente, y demás instituciones y organismos del Estado, dentro de su competencias, así como las entidades privadas involucradas en cuanto les corresponda; continuarán ejecutando las acciones inmediatas necesarias destinadas a la reducción de los riesgos existentes y a la rehabilitación de las zonas afectadas. Dichas acciones comprenden, entre otras, la continuación de la ejecución de las obras de emergencia para el Sifonaje de la laguna Palcacocha, con el adecuado y oportuno abastecimiento de los materiales y equipos pendientes de atención a fin de evitar retrasos en dicha ejecución, así como el encauzamiento y la limpieza del cauce de los ríos Paria y Quillcay en su curso medio e inferior; acciones que pueden ser modifi cadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes. Artículo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Agricultura y por el Ministro del Ambiente. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de junio del año dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros LUIS GINOCCHIO BALCÁZAR Ministro de Agricultura MANUEL PULGAR VIDAL Ministro del Ambiente 808230-3 Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia en el Centro Poblado de Cachi Baja, distrito de Huando, provincia y departamento de Huancavelica DECRETO SUPREMO N° 069-2012-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 084-2011-PCM, publicado el 06 de noviembre de 2011, se declaró el Estado de Emergencia en el Centro Poblado de Cachi Baja, en el distrito de Huando, provincia de Huancavelica, en el departamento de Huancavelica, por el plazo de sesenta (60) días calendario, para la ejecución de acciones inmediatas destinadas a la reducción y minimización de los riesgos existentes en la zona afectada por deslizamientos de tierras en la quebrada Misqui Yacu como consecuencia de las lluvias producidas en el mes de marzo de 2011; Que, mediante los Decretos Supremos N° 006-2012- PCM, publicado el 05 de enero de 2012, N° 020-2012- PCM, publicado el 04 de marzo de 2012, y Nº 048-2012- PCM, publicado el 04 de mayo de 2012, se prorrogó el Estado de Emergencia en las circunscripción territorial antes mencionada, hasta el 03 de julio de 2012; Que, el Gobierno Regional de Huancavelica, con el Ofi cio N° 303-2012/GOB-REG-HVCA/PR, de fecha 22 de junio de 2012, solicita se amplíe la Declaratoria del Estado de Emergencia por riesgo muy alto de deslizamiento de tierras hacia el Centro Poblado de Cachi Baja, adjuntando como sustento el Informe Nº 307-2012/GOB-REG-HVCA/ P.E-ORDNSCyDC y el Informe de Estimación de Riesgos del Centro Poblado de Cachi Baja, Huancavelica - Junio 2012; Que, con el Informe Nº 018-2012-INDECI/10.2 de fecha 25 de junio de 2012, la Dirección Nacional de Prevención del Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, se pronuncia teniendo en consideración lo informado por el Gobierno Regional de Huancavelica, señalando que persisten las condiciones de Peligro Inminente, por el fenómeno de deslizamiento de tierras en el Centro Poblado de Cachi Baja declarado en Estado de Emergencia, los cuales se originaron por la falta de tratamiento del encauzamiento del drenaje pluvial (desde la construcción de la carretera Huancavelica – Huancayo) y, que durante varios años vienen erosionando las rocas y terreno compuesto de lava volcánica y arcilla donde se asienta la población urbana, recomendando se gestione la prórroga de la declaratoria de Estado de Emergencia en la zona afectada, indicando además, se considere la ejecución de acciones que permitan el cumplimiento de responsabilidades en el proceso de reubicación temporal, la rehabilitación de canal de irrigación, la forestación y reforestación en zonas de deslizamiento, la construcción de muros de contención tipo gaviones 400 ml y la limpieza de quebradas; Que, estando por vencer el plazo de vigencia del Estado de Emergencia declarado por Decreto Supremo Nº 084-2011-PCM, y prorrogado por los Decretos Supremos Nº 006-2012-PCM, N° 020-2012-PCM y N° 048-2012- PCM, y subsistiendo las condiciones de emergencia en la zona, es necesario prorrogar el Estado de Emergencia, con el fi n de que se continúen las acciones destinadas a la reducción y minimización del alto riesgo existente, a la atención de la emergencia y la rehabilitación de las zonas afectadas, en cuanto corresponda; Que, el artículo 69 del Reglamento de la Ley Nº 29664, Ley del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD) aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, establece que el Gobierno Regional presenta al INDECI la solicitud de prórroga del Estado de Emergencia, con el sustento correspondiente; De conformidad con el inciso 1 del artículo 137 de la Constitución Política del Perú, que establece que la prórroga del Estado de Emergencia requiere de nuevo decreto, así como con el artículo 69 del Reglamento de la Ley Nº 29664, Ley del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD) aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros y con cargo de dar cuenta al Congreso de la República; DECRETA: Artículo 1.- Prórroga del Estado de Emergencia Prorrogar por el término de sesenta (60) días calendario, a partir del 04 de julio de 2012, el Estado de Emergencia en el Centro Poblado de Cachi Baja, en el distrito de Huando, provincia de Huancavelica, en el departamento de Huancavelica, para continuar las acciones destinadas a la reducción y minimización del alto riesgo existente en la zona afectada y de respuesta y rehabilitación según corresponda. Artículo 2.- Acciones a ejecutar El Gobierno Regional de Huancavelica, en coordinación con la Municipalidad Provincial de Huancavelica, la Municipalidad Distrital de Huando, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, y demás instituciones y organismos del Estado dentro de su competencia, ejecutarán las acciones