Norma Legal Oficial del día 29 de junio del año 2012 (29/06/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, viernes 29 de junio de 2012

NORMAS LEGALES

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MORDAZA y fortalecer las relaciones bilaterales y multilaterales de cooperacion en materia de Defensa; Que, la Junta Interamericana de Defensa (JID) es un Foro Internacional integrado por representantes militares y civiles designados por los Estados miembros, que colaboran en identificar soluciones a los retos comunes de defensa y seguridad que surgen en el continente americano; asimismo, el Colegio Interamericano de Defensa (CID), es una institucion educativa multinacional que forma parte de la estructura de la Junta Interamericana de Defensa (JID) y de la Organizacion de los Estados Americanos (OEA), que lleva a cabo cursos que tienen como participantes miembros de las Fuerzas Armadas, del Servicio Diplomatico y otras dependencias de los estados del hemisferio; Que, con la finalidad de mantener una mayor participacion del Peru en la Junta Interamericana de Defensa, asi como lograr el objetivo institucional de contar con presencia internacional y tener conocimiento de los riesgos que afrontan los Estados en el MORDAZA de la globalizacion; la Fuerza Aerea del Peru mediante una evaluacion efectuada por el Comando de Educacion, a los Oficiales Superiores de la especialidad de MORDAZA Comando y Combate que hayan realizado operaciones aereas en la MORDAZA del VRAE, de alto nivel profesional, con proyeccion para ocupar cargos de Alto Mando y en consideracion a los meritos obtenidos, propone al Comandante FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA BARTRA, como Oficial Adjunto a la Delegacion del Peru ante la Junta Interamericana de Defensa y participante en el Colegio Interamericano de Defensa, del 01 de MORDAZA de 2012 al 30 de junio de 2014; Que, al retorno a nuestro MORDAZA, el citado Oficial se integrara al Estado Mayor, Comandos de Fuerza o como miembro de la Planta Organica de la Escuela Superior de MORDAZA Aerea, para desempenarse como docente y poder trasmitir los conocimientos adquiridos y asesorar al Alto Mando en temas relacionados a Defensa y Seguridad Hemisferica; Que, es conveniente para los intereses Institucionales autorizar el viaje en Comision Especial en el Exterior, a la MORDAZA de MORDAZA D.C. ­ Estados Unidos de MORDAZA, del Comandante FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA BARTRA, como Oficial Adjunto a la Delegacion del Peru ante la Junta Interamericana de Defensa y participante en el Colegio Interamericano de Defensa, del 01 de MORDAZA de 2012 al 30 de junio de 2014, por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundaran en beneficio de la Seguridad Nacional, dentro del ambito de competencia de la Fuerza Aerea del Peru; Que, teniendo en cuenta que la duracion de la Comision Especial en el Exterior MORDAZA mas de un ejercicio presupuestal, el pago correspondiente al periodo comprendido del 01 de MORDAZA al 31 de diciembre de 2012, se efectuara con cargo al Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012 y el pago correspondiente a los anos posteriores sera con cargo al Presupuesto del Sector Publico del Ano Fiscal que corresponda; Que, la Comision Especial en el Exterior MORDAZA mencionada no se encuentra prevista en el Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el ano Fiscal 2012, aprobado con Resolucion Suprema Nº 014-2012DE/ del 13 de enero de 2012 y su modificatoria aprobada con Resolucion Suprema Nº 017-2012 DE/SG de fecha 20 de enero de 2012, en razon que la invitacion y aceptacion del Comandante FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA BARTRA como Oficial Adjunto a la Delegacion del Peru ante la Junta Interamericana de Defensa y participante en el Colegio Interamericano de Defensa, fue aprobada con el Oficio Nº 988-2012-MINDEF/VPD/B/01.d de fecha 14 de MORDAZA de 2012, sin embargo, considerando que es de suma importancia para los intereses del Gobierno Peruano, del Ministerio de Defensa y de la Fuerza Aerea del Peru, resulta pertinente expedir la autorizacion de viaje; Que, los gastos que ocasione la presente autorizacion de viaje, se efectuaran con cargo al presupuesto institucional Ano Fiscal 2012, de la Unidad Ejecutora Nº 005 ­ Fuerza Aerea del Peru, de conformidad con el articulo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Que, con el Decreto Supremo Nº 004-2009-DE/SG de fecha 13 de febrero de 2009 se incorpora el "Capitulo VII: Comision Especial en el Exterior" al Titulo II "Modalidades de Viaje al Exterior" del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, estableciendo en el Articulo

18º.-Derechos, que el personal nombrado en Comision Especial en el Exterior goza de los derechos a que se refiere el Articulo 13º del Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas en Mision Diplomatica, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 028-2006-DE/SG; Que, el Articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 778-2008 DE/SG del 25 de MORDAZA de 2008, dispone que los Organos Competentes, Organismos Publicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolucion Suprema de autorizacion de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposicion que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensacion Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se MORDAZA por dias reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004DE/SG de fecha 26 de enero de 2004; De conformidad con la Ley N° 29605 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 0012011-DE/ de fecha 29 de marzo de 2011; la Ley Nº 29812­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012; la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y su modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009 que determina la jerarquia y uso de las normas de caracter administrativo que se aplicaran en los distintos organos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Fuerza Aerea del Peru y a lo acordado con el Ministro de Defensa. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje en Comision Especial en el Exterior a la MORDAZA de MORDAZA D.C. - Estados Unidos de MORDAZA, del Comandante FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA BARTRA, NSA: O-9570489, DNI: 09536344, como Oficial Adjunto a la Delegacion del Peru ante la Junta Interamericana de Defensa y Participante en el Colegio Interamericano de Defensa, del 01 de MORDAZA de 2012 al 30 de junio de 2014. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aerea del Peru, efectuara los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional Ano Fiscal 2012, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasaje Aereo de ida: MORDAZA ­ MORDAZA D.C. (Estados Unidos de America) Titular y Esposa US $ 1,636.00 x 02 personas (Incluye TUUA) = US $ 3,272.00 Gastos de Traslado ­ Ida (Equipaje, bagaje e instalacion) US $ 6,930.00 x 02 x 01 persona = US $ 13,860.00 Compensacion Extraordinaria por Servicio en el Extranjero US $ 6,930.00 x 06 meses x 01 persona = US $ 41,580.00 ---------------------Total a pagar = US $ 58,712.00 Articulo 3º.- El otorgamiento de la Compensacion Extraordinaria Mensual por Servicio en el extranjero, se MORDAZA por dias reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004 DE-SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, y con cargo al respectivo presupuesto institucional del ano fiscal correspondiente. Articulo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el Articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Articulo 5º.- El Oficial designado debera cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los

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