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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 15 de marzo de 2012 462565 Que el literal h) del artículo 4° de la Ordenanza N° 638, confi ere facultades a la Alcaldía Metropolitana para asignarle a la Gerencia de Seguridad Ciudadana, respecto del Serenazgo Metropolitano, otras funciones propias de su naturaleza y a través de la segunda disposición fi nal y transitoria se faculta también al órgano de gobierno para reglamentar las disposiciones de la referida ordenanza; Que mediante Informe N° 016-2012-MML-GSGC, la Gerencia de Seguridad Ciudadana ha propuesto la creación de la Escuela Metropolitana de Seguridad Ciudadana y Serenazgo como un centro de formación, capacitación, preparación y entrenamiento especializado en seguridad ciudadana de la Municipalidad Metropolitana de Lima, orientado a formar, capacitar, preparar y entrenar a funcionarios y servidores que laboran en la Gerencia de Seguridad Ciudadana y serenazgo de éste municipio y de las distintas municipalidades distritales, así como a los ciudadanos que tengan la condición de ingresantes o alumnos de la referida escuela; la misma que estaría a cargo de la Gerencia de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que la Subgerencia de Desarrollo Institucional de la Gerencia de Planifi cación con Informe N° 037-2012- MML-GP-SDI, tomando como sustento la propuesta de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, ha determinado que la conformación de dicha Escuela en una primera etapa se desarrolle como un proyecto dentro del ámbito de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, toda vez que en el marco del Plan Estratégico Institucional elaborado para el período 2011-2014, dicho órgano tiene previsto como Objetivo Estratégico General en el rubro de Convivencia y Seguridad, implementar un Sistema Metropolitano de Desarrollo de Capacidades, Acreditación y Registro de Serenos con enfoque de derechos y género a fi n de mejorar las condiciones de convivencia y seguridad ciudadana para todos y todas; Que, siendo viable la propuesta de la Gerencia de Planifi cación, considerando las facultades conferidas por el Concejo Metropolitano a través de la Ordenanza N° 638 y siendo necesario establecer mecanismos que permitan una profesionalización de la seguridad ciudadana a fi n de brindar a la ciudadanía un servicio de calidad que constituya una verdadera herramienta de lucha contra la delincuencia, resulta necesario constituir el Proyecto Especial “Centro Metropolitano de Formación y Capacitación de Serenazgo - CEMFOCAS”, cuyo propósito será afi anzar y estandarizar una oferta de conocimientos y habilidades contenidas en programas curriculares integrales, vinculados con la seguridad ciudadana y convivencia urbana teniendo como referente el perfi l laboral de un miembro del Serenazgo de Lima Metropolitana; Que el funcionamiento del citado proyecto contribuirá a la profesionalización y al desarrollo de capacidades de los ciudadanos que integran el serenazgo en Lima Metropolitana; constituyéndose bajo el enfoque de Marco Lógico, el cual es un conjunto de buenas prácticas aceptadas a nivel internacional que brindan mayores probabilidades de éxito al proyecto, dándose así cumplimiento a los objetivos establecidos por la presente gestión; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobado por Ordenanza N°812 y las facultades conferidas en la Ordenanza N° 638; DECRETA: Artículo 1°.- INCLUIR como función de la Gerencia de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Metropolitana de Lima, al amparo del literal h) del 4° de la Ordenanza N° 638, la administración de proyectos con el objeto de promover la formación y capacitación del personal integrante del Serenazgo Metropolitano. Artículo 2°.- CREAR el Proyecto Especial “Centro Metropolitano de Formación y Capacitación de Serenazgo - CEMFOCAS” en el ámbito de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, que forma parte integrante de la presente norma, cuyo sustento técnico está contenido en el Anexo A del presente Decreto de Alcaldía. Artículo 3°.- ENCARGAR a la Gerencia de Seguridad Ciudadana la implementación del Proyecto Especial “Centro Metropolitano de Formación y Capacitación de Serenazgo” y la elaboración del Manual de Operaciones de dicho Proyecto, en coordinación con la Gerencia de Planifi cación. Artículo 4°.- DISPONER la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano, así como en el portal de Transparencia de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. SUSANA VILLARÁN DE LA PUENTE Alcaldesa MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA ANEXO A INFORME TECNICO SUSTENTARIO DEL PROYECTO ESPECIAL DEL CENTRO METROPOLITANO DE FORMACION Y CAPACITACION DE SERENAZGO - CEMFOCAS I. BASE LEGAL • Constitución Política del Perú. • Ley N° 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General, del 11 de abril del 2001. • Ley N° 27783 - Ley de Bases de Descentralización, del 20 de julio del 2002. • Ley N° 27933 - Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, del 11 de febrero del 2003. • Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, del 27 de mayo del 2003. • Ley N° 28863 - Ley que modifi ca la Ley N° 27933 Ley del SINASEC, del 03 de agosto del 2006. • Ley N° 27867- Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, del 08 de noviembre del 2010. • Ordenanza Municipal N° 148 - Ordenanza Marco del Servicio Público Local del Serenazgo en la provincia de Lima, del 19 de mayo de 1998. • Decreto Supremo N°012-2003-IN, que aprueba el Reglamento de la Ley de Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana del 07 de octubre del 2003. • Ordenanza Municipal N° 638 que crea el Serenazgo Metropolitano de Lima (SEMEL) del 10 de junio del 2004. • Ordenanza Municipal N° 645 Modifi catoria de la Ordenanza N°638, del 01 de julio del 2004. • Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, que aprueba los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF 21 de julio del 2006. II. CARACTERISTICAS DEL PROYECTO 2.1 Finalidad del proyecto Contribuir a la profesionalización especializada y al desarrollo de capacidades de los ciudadanos que prestan el servicio de Serenazgo en Lima Metropolitana a través de un currículo integral que permita asegurar la convivencia pacífi ca, así como el control de la violencia urbana y la prevención de los delitos y faltas en la ciudad. 2.2 Objetivo y Resultados esperados 2.2.1. Objetivo General Afi anzar y estandarizar una oferta de conocimientos y habilidades contenidas en programas curriculares integrales vinculados con la seguridad ciudadana y convivencia teniendo como referente el perfi l laboral del Sereno de Lima Metropolitana. 2.2.2. Objetivos Específi cos 1. Formar serenos competentes, especializados y capaces de desempeñarse laboralmente de manera optima ante las diferentes situaciones y necesidades institucionales y sociales en Lima Metropolitana. 2. Desarrollar una propuesta metodológica integral de formación y actualización de los Serenazgos de Lima Metropolitana que permita responder a la demanda de seguridad de la ciudad.