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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE MARZO DEL AÑO 2012 (23/03/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 38

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 23 de marzo de 2012 462980 Artículo Tercero.- Delegar a la Mancomunidad Municipal Lima Centro las funciones que se detallan a continuación: a) Gestionar y concertar con instituciones del sector público y privado la elaboración y ejecución de programas y proyectos que favorezcan el desarrollo de los distritos conformantes de la “Mancomunidad Municipal Lima Centro”. b) Ejecutar directamente o proveer la ejecución de las obras de infraestructura urbana que sean indispensables para el cumplimiento de los objetivos de la “Mancomunidad Municipal Lima Centro”. c) Participar en el Proceso del Presupuesto Participativo de la Municipalidad Metropolitana de Lima, Fondos de Gobierno Nacional, Financiamiento Privado y de Cooperación Internacional, respecto a los programas y proyectos que benefi cien a la “Mancomunidad Municipal Lima Centro”. d) Planifi car, ejecutar y monitorear actividades de apoyo directo e indirecto a la Seguridad Ciudadana, Infraestructura Vial y Ordenamiento Urbano, Gestión Ambiental y Cambio Climático, Desarrollo Socio-Económico, Cultural, Turístico, de la Actividad Física y del Deporte y otras áreas que determine el Consejo Directivo. Artículo Cuarto.- Ratifi car la designación del Arq. Alberto Sánchez Aizcorbe Carranza, Alcalde de la Municipalidad Distrital de La Victoria, en el cargo de Presidente del Consejo Directivo, y del señor abogado Jorge Alfredo de Cárdenas Leguía en el cargo de Gerente General, de la “Mancomunidad Municipal Lima Centro”, de conformidad a los acuerdos señalados en el Acta de Constitución. Artículo Quinto.- Disponer la publicación de la presente Ordenanza en el portal institucional de la entidad www.munisanborja.gob.pe y en el Diario Ofi cial El Peruano. Asimismo, se encarga a las unidades orgánicas competentes el efectivo cumplimiento de la presente norma de acuerdo a sus atribuciones. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MARCO ALVAREZ VARGAS Alcalde 767537-1 Aprueban donación de inmueble ubicado en el ex fundo Calera de La Merced ACUERDO DE CONCEJO Nº 022-2012-MSB-C San Borja, 16 de marzo de 2012. EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN BORJA VISTOS; en la V-2012 Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 16 de marzo de 2012, el Dictamen Nº 022- 2012-MSB-CAL de la Comisión de Asuntos Legales, el Dictamen Nº 005-2012-MSB-CER de la Comisión de Economía y Rentas, el Dictamen Nº 006-2012- MSB-CDU de la Comisión de Desarrollo Urbano, la Correspondencia Nº 922-2012 del señor Hanlong Zhao, el Informe Nº 18-2012-MSB-GM-GDU de la Gerencia de Desarrollo Urbano, el Informe Nº 114-2012-MSB-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Informe Técnico Legal Nº 002-2012-MSB-CABE del Comité de Altas, Bajas y Enajenaciones – CABE, sobre la aceptación de la donación realizada por el señor Hanlong Zhao a la Municipalidad Distrital de San Borja, del inmueble ubicado en una parcela del exfundo Calera de La Merced. CONSIDERANDO: Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando esta en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, de conformidad con el artículo 68º de la precitada Ley, el acuerdo municipal de donación debe fi jar de manera inequívoca el destino que tendrá el bien donado y su modalidad. Asimismo, el inciso 7) del artículo 56º del mismo cuerpo normativo refi ere que pasan a constituir bienes de propiedad municipal, los legados o donaciones que se instituyan en su favor los mismos que están exonerados de todo impuesto (artículo 64º). Que, los procedimientos de aceptación de donaciones en la Municipalidad de San Borja están regulados por la Directiva Nº 001-2005-MSB-A, “Normas y Procedimientos para la Aceptación y Entrega de Donaciones”, aprobada por Resolución de Alcaldía Nº 253-2005-MSB-A, que en su capítulo II establece los procedimientos de aceptación de donaciones de bienes muebles a favor de la Municipalidad de San Borja. Que, mediante correspondencia Nº 922-2012 de fecha 25 de enero de 2012, el señor Hanlong Zhao solicitó la aprobación de la Municipalidad de San Borja de la donación del inmueble ubicado en una parcela del exfundo Calera de La Merced, identifi cado como lote 1, de la manzana A, distrito de San Borja, de una extensión superfi cial de 208.40 m2, el cual se encuentra inscrito en la Partida Nº 12337668 del Registro de Predios de Lima. Que, con Informe Nº 18-2012-MSB-GM-GDU de fecha 15 de febrero de 2012, la Gerencia de Desarrollo Urbano señaló que si bien el terreno originalmente se trataba de un aporte Reglamentario, no se concretó su inscripción registral como tal, debido a que el aportante inscribió el inmueble en Registros Públicos a su nombre con la Partida Nº 12337668, por lo que resulta atendible la propuesta de donación, en vía de regularización, del inmueble a favor de la Municipalidad Distrital de San Borja, destinado a los requerimientos propios de la entidad. Que, mediante Informe Nº 114-2012-MSB-GAJ de fecha 22 de febrero de 2012, la Gerencia de Asesoría Jurídica señaló que procede la aceptación de la donación del bien inmueble en comento mediante Acuerdo de Concejo, previo cumplimiento de lo establecido en el numeral 5.1 del punto 2 del Capítulo II de la Directiva precitada, siendo necesario que el Comité de Altas, Bajas y Enajenaciones se pronuncie sobre la procedencia o no de la aceptación de la donación. Que, de acuerdo con el Informe Nº 017-2012-MSB- GAF-UA-CP de fecha 2 de marzo de 2012, Control de Bienes Patrimoniales sugirió que de acuerdo con la Directiva Nº 001-2005-MSB-A, se remita la documentación correspondiente a la donación al Comité de Altas, Bajas y Enajenaciones – CABE. Que, con Memorando Nº 093-2012-MSB-GR de fecha 7 de marzo de 2012, la Gerencia de Rentas comunicó que el inmueble ubicado en Av. José Gálvez Barrenechea (Ex Principal) Manzana A, Lote 1 (terreno sin construir) tiene un valor de S/. 35,711.96 Nuevos Soles (Base Imponible) según base de datos Magic-Rentas y 208,40 m2 de área de terreno según fi cha catastral (módulo catastro-PIAP). Que, con Memorando Nº 073-2012-MSB-GAF de fecha 7 de marzo de 2012, la Gerencia de Administración y Finanzas remitió la documentación de la donación a la Comisión de Altas, Bajas y Enajenaciones, la cual en sesión extraordinaria de fecha 8 de marzo de 2012, acordó recomendar la aceptación de la donación efectuada por el señor Hanlong Zhao, titular del inmueble ubicado en una parcela del ex fundo Calera de La Merced, Manzana A, Lote 1, del distrito de San Borja, con una extensión superfi cial de 208.40 m2 y que corre inscrito en el asiento C00003 de la Partida Nº 12337668 del Registro de Predios de Lima y valorizado en S/. 35,711.96 Nuevos Soles, el cual será destinado a los requerimientos propios de la Municipalidad Distrital de San Borja. Que, de acuerdo con el Informe Técnico Legal Nº 002- 2012-MSB-CABE de fecha 8 de marzo 2012, el Comité de Altas, Bajas y Enajenaciones opinó favorablemente, luego de realizada la evaluación de los documentos, recomendar la aceptación de la donación en comento. Estando a lo expuesto y conforme a lo establecido en el numeral 25) del artículo 9º y artículo 41º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto unánime de los miembros del Concejo Municipal y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de Actas. ACUERDA: Artículo Primero.- Aprobar la donación efectuada por el señor Hanlong Zhao, identifi cado con C.E. Nº 000567691,