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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE MARZO DEL AÑO 2012 (24/03/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 36

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 24 de marzo de 2012 463034 Comisión Califi cadora remitió el Informe Preliminar del PDI del Proyecto de Universidad de Negocios y Ciencias Económicas; recomendando a la promotora levantar todas la observaciones realizadas por la Comisión Califi cadora y en el tiempo previsto, presentar la Segunda Versión completa del Proyecto, de conformidad con lo establecido en el artículo 24º del Reglamento aprobado por Resolución Nº 387-2009-CONAFU; Que, mediante Ofi cio Nº 2117-2011-CONAFU-P de fecha 16 de noviembre de 2011, la Presidenta del CONAFU remite al Responsable del Proyecto de Universidad de Negocios y Ciencias Económicas, copia del Informe Preliminar de la Evaluación del PDI del Proyecto de Universidad de Negocios y Ciencias Económicas realizado por la Comisión Califi cadora, otorgándole el plazo de quince (15) días hábiles, para que cumpla con levantar las observaciones indicadas en dicho informe, requiriendo a la vez la presentación de una Segunda Versión completa del PDI; Que, mediante Carta s/n recibido con fecha 16 de diciembre de 2011, el Responsable del Proyecto de Universidad de Negocios y Ciencias Económicas, remite el Informe de Levantamiento de Observaciones y adjunta la Segunda Versión del Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad de Negocios y Ciencias Económicas, solicitando su aprobación y autorización por parte del CONAFU; Que, mediante Ofi cio N° 002-CCUNCE recibido con fecha 10 de febrero de 2012, el Presidente de la Comisión Califi cadora encargada de evaluar el PDI del Proyecto de Universidad de Negocios y Ciencias Económicas, cumple con presentar el Informe Final realizado por la Comisión Califi cadora, manifestando lo siguiente: Del análisis de la documentación presentada con relación al levantamiento de las observaciones señaladas en el Informe Preliminar, opinan que el PDI del mencionado proyecto universitario cumple con las exigencias establecidas en la normatividad del CONAFU, ante ello, recomiendan aprobar el PDI presentado por la promotora; Que, el artículo 29º inciso a) del Reglamento, establece: “Las recomendaciones para el pronunciamiento del CONAFU, se ajustarán a cualquiera de las alternativas siguientes: a) Aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional presentado por la Promotora con todas las carreras propuestas, b) Aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional con las carreras profesionales que hayan alcanzado puntaje aprobatorio...”; Que, mediante Ofi cio Nº 217-2012-CONAFU-CDAA recibido con fecha 24 de febrero de 2012, la Comisión Académica, dio a conocer que el Presidente de la Comisión Califi cadora presenta su Informe Final sobre el levantamiento de observaciones del PDI del Proyecto de Universidad de Negocios y Ciencias Económicas, nombrada por Resolución Nº 507-2011-CONAFU, revisado el expediente, la Comisión Académica sugiere al Pleno del CONAFU, aprobar la recomendación fi nal de la Comisión Califi cadora, siendo la siguiente: Aprobar la segunda Versión del Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad de Negocios y Ciencias Económicas; Que, el artículo 30º del Reglamento, establece: “Presentado el Informe Final por la Comisión Califi cadora acompañando con la segunda versión completa del PDI evaluado, éste a través de la presidencia será puesto a conocimiento del Pleno. El Pleno del CONAFU analizando, el Informe Final de la Comisión Califi cadora, se pronunciará con respecto al Proyecto de Desarrollo Institucional presentado, aprobando o desaprobando el proyecto de la universidad”; Que, en Sesión Ordinaria de fecha 29 de febrero de 2012, el Pleno del CONAFU después de deliberar, mediante Acuerdo Nº 127-2012-CONAFU convinieron por UNANIMIDAD: Aprobar la Segunda Versión del Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad de Negocios y Ciencias Económicas, con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Ciencias Contables, 2) Economía y Negocios Internacionales, 3) Ingeniería de Navegación y Marina Mercante y 4) Ingeniería de Sistemas y Telemática, organizada como una Sociedad Anónima Cerrada y bajo el Régimen Legal del Decreto Legislativo Nº 882; En atención a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento al artículo 18º del Estatuto del CONAFU que establece: “El Presidente del CONAFU tiene las siguiente atribuciones generales: … d) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos y decisiones del Pleno del CONAFU, expidiendo las respectivas resoluciones” y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38º incisos d) y e) del referido Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la Segunda Versión del Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad de Negocios y Ciencias Económicas, presentado por el señor Helmut Horst Weiss Estremadoyro, Representante de la Promotora Educativa de Negocios y Ciencias Económicas S.A.C., con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Ciencias Contables, 2) Economía y Negocios Internacionales, 3) Ingeniería de Navegación y Marina Mercante y 4) Ingeniería de Sistemas y Telemática; organizada como una Sociedad Anónima Cerrada y bajo el Régimen Legal del Decreto Legislativo Nº 882. Artículo Segundo.- HACER de conocimiento a la promotora del Proyecto de Universidad de Negocios y Ciencias Económicas, que para la continuación de su evaluación del referido proyecto universitario se aplicará el Reglamento para la Autorización de Funcionamiento de Universidades bajo la competencia de CONAFU aprobado por Resolución Nº 387-2009-CONAFU y toda la normatividad vigente de CONAFU. Artículo Tercero.- REQUERIR a la Promotora, el cumplimiento de los artículos 31º al 34º del Reglamento aprobado por Resolución Nº 387-2009-CONAFU. Artículo Cuarto.- HACER de conocimiento a la Asamblea Nacional de Rectores de la presente Resolución para los trámites administrativos correspondientes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. MARTHA NANCY TAPIA INFANTES Presidente JASSON MANUEL MILLAN CAMPOSANO Secretario General 767871-4 Autorizan redistribución de vacantes de la Carrera Profesional de Obstetricia de la Universidad Privada Arzobispo Loayza RESOLUCIÓN Nº 108-2012-CONAFU Lima, 1 de marzo de 2012 “UNIVERSIDAD PRIVADA ARZOBISPO LOAYZA” VISTOS: La Resolución N° 129-2009-CONAFU de fecha 12 de marzo del 2009, la Resolución N° 181-2011- CONAFU de fecha 18 de abril de 2011, el Ofi cio Nº 019- 2012-UAL/P recibido con fecha 10 de febrero de 2012, el Ofi cio Nº 221-2012-CONAFU-CDAA recibido con fecha 24 de febrero, y el Acuerdo N° 136-2012 de la sesión del Pleno del CONAFU de fecha 29 de febrero de 2012, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como órgano autónomo de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como una de sus atribuciones: Evaluar los proyectos y solicitudes de autorización de funcionamiento de las nuevas universidades a nivel nacional; Que, en el artículo 3º del Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolución N° 189-2006-CONAFU del 13 de julio de 2006, establece que: “Son atribuciones del Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades: e) Autorizar, denegar, ampliar o suprimir facultades, carreras o escuelas, así como