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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 31 de marzo de 2012 463476 a la Gerencia de Administración Tributaria y a las Unidades Orgánicas que la conforman; y a la Gerencia de Desarrollo Urbano el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía; así como a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, la divulgación y difusión de sus alcances ante el vecindario. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Portal Institucional de la Municipalidad de Santiago de Surco, dentro del día siguiente de su aprobación, conforme lo prescribe el Artículo 15° de la Directiva N° 001-2010-PCM/SGP aprobada mediante Resolución Ministerial N° 200-2010-PCM. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ROBERTO GOMEZ BACA Alcalde 771412-3 MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR Aprueban continuidad del Programa “Promoción e Incentivo de las actividades Artísticas Culturales - Promoción Cultural Juvenil - Presupuesto Participativo Joven 2012” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 008-2012-ALC/MVES Villa El Salvador, 19 de Marzo de 2012. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA EL SALVADOR VISTO: El Memorando Nº 527-2012-GM/MVES de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo previsto por el artículo 194° de la Constitución Política del Estado, concordado con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia, esta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, según el artículo 53° de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales, como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la Ley de la materia, y en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdicción. El presupuesto participativo forma parte del sistema de planifi cación; Que, mediante Informe Nº 035-2012-GDS/MVES la Gerencia de Desarrollo Social, solicita la emisión del Decreto de Alcaldía correspondiente a fi n de disponer la continuidad del Programa “Promoción e Incentivo de las actividades Artísticas Culturales – Promoción Cultural Juvenil – Presupuesto Participativo Joven 2012”; asimismo, con Informe N° 054-2011-UP-OPP/MVES de fecha 17 de febrero de 2012, el Jefe de la Unidad de Presupuesto, manifiesta que en la Programación y Formulación del Presupuesto Institucional de Apertura del Ejercicio Fiscal 2012, se incorporó lo aprobado en el Presupuesto Participativo para la continuidad de los Programas Juveniles y Culturales un Presupuesto de S/. 180,698 Nuevos Soles, para ser ejecutados en el presente ejercicio fi scal; Que, de acuerdo a lo establecido por la Primera Disposición Final de la Ordenanza N° 236-MVES, Reglamento Marco del proceso de Formulación del Presupuesto Participativo 2012, el Equipo Técnico Municipal deberá realizar Talleres previos a los establecimientos en la Fase de Concertación a fi n de recoger las Ideas de Proyectos de la Población de Villa El Salvador, representada por sus Agentes Participantes debidamente acreditados, a fi n de formular Proyectos de Inversión Pública a nivel de perfi l recogiendo las necesidades de la población y poder deliberar sobre los mismos en la Fase de Concertación del proceso de formulación del presupuesto participativo; Estando a la opinión emitida por la Ofi cina de Asesoría Jurídica mediante Informe N° 138-2012-OAJ/MVES y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades. DECRETA: Artículo 1º.- Aprobar la continuidad del Programa “Promoción e Incentivo de las actividades Artísticas Culturales – Promoción Cultural Juvenil – Presupuesto Participativo Joven 2012” de la Municipalidad de Villa El Salvador, conforme a los fundamentos expuestos precedentemente. Artículo 2º.- Disponer la publicación del presente Decreto de Alcaldía y sus anexos en el Portal Electrónico de la Municipalidad de Villa El Salvador www.munives. gob.pe, la cual estará a cargo de la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional, Tecnología de la Información y Estadística; así como su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 3º.- Encargar a la Gerencia Municipal, en coordinación con la Gerencia de Desarrollo Social, a través de la Sub Gerencia de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, adoptar las medidas correspondientes a efecto de dar cumplimiento al presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GUIDO IÑIGO PERALTA Alcalde 770598-1 Prorrogan plazo de vencimiento de la primera cuota del Impuesto Predial y de la primera, segunda y tercera cuota de Arbitrios Municipales DECRETO DE ALCALDÍA N° 010 -2012-ALC/MVES Villa el Salvador, 23 de Marzo de 2012 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE VILLA EL SALVADOR VISTO: El Informe N° 068-2012-GR/MDVES de la Gerencia de Rentas, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 248-MVES (20. FEBRERO.2012), se establece el cronograma de vencimiento del pago del impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondiente al ejercicio fi scal 2012; Que, la citada Ordenanza establece como plazo de vencimiento de la primera cuota del Impuesto Predial y como plazo de vencimiento de la 1° y 2° cuota de los Arbitrios Municipales, el 29 de febrero de 2012; Que, mediante Decreto de Alcaldía 006-2012/MVES se prorrogó el plazo de vencimiento para el pago de la primera cuota del Impuesto Predial y el plazo de vencimiento de la 1° y 2° cuota de los Arbitrios Municipales, hasta el 30 de Marzo de 2012; Que, de acuerdo a lo señalado en el Informe N° 068- 2012-GR/MDVES, se considera necesaria la ampliación de dicho plazo, en razón de encontrarse en proceso de notifi cación masiva las cuponeras 2012, por lo que resulta breve el tiempo pendiente para el cumplimiento de lo señalado en los párrafos superiores;