Norma Legal Oficial del día 31 de marzo del año 2012 (31/03/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 31 de marzo de 2012

Humano, por lo que le corresponde evaluar al area competente si los fines sociales de tal adquisicion se afectan con la donacion, luego, la Subgerencia de Control Patrimonial informa que las entidades religiosas son preceptoras de donaciones y en tal sentido, resulta viable la donacion pues los fines siguen siendo los mismos; Estando a lo informado por la Gerencia de Asuntos Juridicos, en uso de las atribuciones conferidas al concejo por el articulo 9° numeral 25) de la ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta; POR UNANIMIDAD SE ACORDO: Articulo 1º.- APROBAR la donacion de 1,002 m2 (mil dos metros cuadrados) de grass artificial valorado en S/.95,210.04 (noventa y cinco mil doscientos diez con 04/100 nuevos soles), a favor de la Parroquia MORDAZA Redentor para destinarse al MORDAZA deportivo de la comunidad parroquial, situado el MORDAZA Canamelares 225, Maranga, de la circunscripcion de San MORDAZA, subsistiendo la rentabilidad social del bien donado a favor de los beneficiarios del distrito. Articulo 2º.- PUBLICAR el presente acuerdo, en el Diario Oficial El Peruano y ENCARGAR a la Gerencia de Administracion y Finanzas, a traves de las subgerencias de Contabilidad y Control Patrimonial, seguir los procedimientos que MORDAZA necesarios para el cabal cumplimiento de la presente resolucion. Articulo 3º.- DISPENSAR al presente acuerdo, del tramite de comisiones y de lectura y aprobacion de actas. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA HERESI CHICOMA MORDAZA

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Ratifican acuerdo de consejo que fija el importe de la dieta de los regidores del Concejo Municipal
ACUERDO DE CONCEJO Nº 022-2012-MDSM
San MORDAZA, 14 de marzo del 2012 VISTOS, en la sesion de concejo celebrada de la fecha, el memorando Nº 216-2012-SGRH-GAF/MDSM emitido por la Subgerencia de Recursos Humanos, el informe Nº 0882012-GAJ/MDSM emitido por la Gerencia de Asuntos Juridicos y el informe Nº 047-2012-GPP/MDSM emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, mediante acuerdo de concejo Nº 006-2011-MDSM se fija en S/.7,800.00 (siete mil ochocientos con 00/100 nuevos soles) el importe de la remuneracion mensual del MORDAZA de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA y en S/.1,170.00 (mil ciento setenta con 00/100 nuevos soles) la dieta de los regidores por asistencia efectiva a cada sesion de concejo, abonandose hasta un MORDAZA de dos sesiones por mes, equivalente al treinta por ciento del importe de la remuneracion mensual del MORDAZA, al MORDAZA del articulo 21º y 12º de la ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, que disponen que el MORDAZA desempena su cargo a tiempo completo, y es rentado mediante una remuneracion mensual fijada por acuerdo del concejo municipal dentro del primer trimestre del primer ano de gestion, acuerdo que obligatoriamente debe publicarse, a su vez, se dispone que los regidores desempenan su cargo a tiempo parcial y tienen derecho a dietas fijadas asimismo por acuerdo de concejo municipal dentro del mismo periodo y bajo la misma premisa de publicacion para que cobre vigencia; respectivamente; Que, en coherencia con ello, la ley Nº 28212, que desarrolla el articulo 39º de la Constitucion Politica del Peru en lo que refiere a la jerarquia y remuneraciones de los altos funcionarios y autoridades del Estado, modificada

por Decreto de Urgencia Nº 038-2006, preve en el articulo 4º numeral 1 literal e) que los alcaldes distritales reciben una remuneracion mensual, fijada por el concejo municipal, en proporcion a la poblacion electoral de su circunscripcion hasta un MORDAZA de cuatro y un MORDAZA unidades remunerativas del sector publico, por todo concepto, asimismo, los regidores municipales reciben dietas, segun el monto que fijen los respectivos concejos municipales, sin superar en ningun caso el treinta por ciento de la remuneracion mensual del MORDAZA correspondiente, luego se dispone en el numeral 2) del mismo articulo que tales autoridades, reciben especificamente doce remuneraciones por ano y dos gratificaciones en los meses de MORDAZA y diciembre, cada una de las cuales no puede ser mayor a una remuneracion mensual; Que, sobre el MORDAZA el Decreto Supremo Nº 0252007-PCM, entre otros aspectos, precisa en el articulo 5º que las dietas que correspondan percibir a los regidores municipales, de acuerdo al monto fijado por los respectivos concejos municipales, por sesion efectiva cada mes, en ningun caso pueden superar en total el 30% (treinta por ciento) de los ingresos mensuales del MORDAZA, por todo concepto, consecuentemente, dicho ingreso se convierte en linea de base para estimar las dietas correspondientes, para el caso, segun informe de vistos emitido por la Subgerencia de Recursos Humanos, el ingreso asciende a S/.7,800.00 (siete mil ochocientos con 00/100 nuevos soles) que no es otro que el ya aprobado, asi como aguinaldos y bonificaciones, que tambien forman parte de las percibos mensuales del alcalde; Que, a traves del memorando de vistos, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto reporta que el gasto que demanda la atencion de la remuneracion y demas percibos que por todo concepto gozan los regidores, se encuentra registrada en la especifica 2.1.1.10.1.2 "Dieta de regidores y concejeros", fuente de financiamiento 05 "Recursos Determinados" rubro 08 "Otros impuestos municipales" del Presupuesto Institucional Modificado 2012 de la Municipalidad Distrital de San Miguel; Estando a lo informado por la Gerencia de Asuntos Juridicos, en uso de las atribuciones conferidas al concejo por el articulo 9° numeral 28) de la ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta; POR UNANIMIDAD SE ACORDO: Articulo 1º.- RATIFICAR los terminos del articulo 2º del acuerdo de concejo Nº 006-2011-MDSM que fija el importe de la dieta de los regidores del Concejo Municipal del Distrito de San MORDAZA, por asistencia efectiva a cada sesion de concejo, abonandose hasta por un MORDAZA de dos sesiones por mes, PRECISANDO que equivale al treinta por ciento del importe de los ingresos mensuales que por todo concepto perciba el MORDAZA del distrito, en aplicacion del Decreto Supremo Nº 025-2007-PCM. Articulo 2º.- PUBLICAR el presente acuerdo, en el Diario Oficial El Peruano y encargar a la Gerencia de Administracion y Finanzas el cabal cumplimiento del presente. Articulo 3º.- DISPENSAR al presente acuerdo, del tramite de comisiones. Registrese, comuniquese y cumplase MORDAZA HERESI CHICOMA MORDAZA

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Aprueban el balance general y la memoria anual del ejercicio economico 2011 de la municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO Nº 023-2012-MDSM
San MORDAZA, 27 de marzo del 2012 VISTOS, en sesion extraordinaria de concejo de fecha, el memorando Nº 185-2012-GM/MDSM emitido por

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