Norma Legal Oficial del día 31 de marzo del año 2012 (31/03/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano MORDAZA, sabado 31 de marzo de 2012

NORMAS LEGALES

463469

economica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando esta en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativo y de administracion con sujecion al ordenamiento juridico; Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 14º y 15º del Decreto Supremo Nº 156-2004-EF ­ Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, el plazo para presentar la Declaracion Jurada del Impuesto Predial; asi como el plazo para el pago del Impuesto Predial anual o de la primera cuota en caso de ser pago fraccionado, es el ultimo dia habil de febrero; Que, la Ordenanza Nº 471-MSB ratificada por el Acuerdo de Concejo Nº 1611-MML, MORDAZA mediante la cual se establece el Regimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana para el ejercicio 2012, dispone en su articulo 6º que el plazo para el pago de la primera cuota de los referidos tributos, vence el ultimo dia habil de febrero; asimismo, mediante el Decreto de Alcaldia N° 003-2012MSB-A, se prorrogo hasta el 31 de marzo del ano en curso, el plazo para el pago anual y/o de la primera cuota del Impuesto Predial y Arbitrios-2012; Que, siendo Politica del actual Administracion el brindar las mayores facilidades de pago a los vecinos de San MORDAZA, para que puedan cumplir puntualmente con sus obligaciones tributarias, consideramos necesario prorrogar el plazo para la MORDAZA de la Declaracion Jurada del Impuesto Predial, asi como el plazo para el pago anual y/o de la primera cuota ­ 2012 del Impuesto Predial y Arbitrios; Estando a lo expuesto, con el visto de la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas y Gerencia de Asesoria Juridica y conforme a lo establecido en el inciso 6) del articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972. SE DECRETA: Articulo 1°.- PRORROGAR el plazo para la MORDAZA de las Declaraciones Juradas, asi como para el pago anual y/o de la primera cuota - 2012 del Impuesto Predial y Arbitrios, dispuesto en hasta el 30 de MORDAZA del ano en curso. Articulo 2°.- ENCARGAR el cumplimiento del presente decreto a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Tecnologias de la Informacion, Gerencia de Administracion y Finanzas y sus unidades dependientes, en cuanto les corresponda. Articulo 3°.- PUBLICAR el presente Decreto de Alcaldia en el Diario Oficial El Peruano y encargar a la Gerencia de Tecnologias de la Informacion su publicacion en el MORDAZA Institucional y MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Desarrollo Humano, el informe Nº 066-2012-SGJDR-GDH/ MDSM emitido por la Subgerencia de Juventudes, Deporte y Recreacion, el informe Nº 071-2012-SGL-GAF/MDSM emitido por la Subgerencia de Logistica y el informe Nº 0272012-SGPJMA-GSCMA/MDSM emitido por la Subgerencia de Parques, jardines y Medio Ambiente, que se pronuncian sobre la solicitud de la Parroquia MORDAZA Redentor porque se le done grass artificial para culminar el MORDAZA deportivo de la feligresia parroquial; y, CONSIDERANDO: Que, dentro de la autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia que le concede la ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, a los gobiernos locales, se le atribuye al concejo municipal, segun el articulo 9º numeral 25) concordante con los articulos 55º y 59º de la misma, la facultad de aprobar la donacion de bienes de la municipalidad a favor de entidades publicas o privadas sin fines de lucro, y que tratandose de una liberalidad que constituye un acto de disposicion sobre el patrimonio municipal debe ser de conocimiento publico; Que, en coherencia con ello, la ley Nº 28212, Ley General del Sistema de Bienes Estatales, en su articulo 9º precisa que los actos que realizan los gobiernos locales, respecto de los bienes de su propiedad, se ejecutan conforme a su ley organica, por lo que el reglamento de la MORDAZA, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, senala lo mismo, agregando que solo rigen las normas del sistema, en lo que fuera aplicable, por ejemplo, el uso economico y social de sus bienes atendiendo a los fines y objetivos institucionales asi como el deber de registrar y/o actualizar la informacion de los mismos en el sistema de informacion nacional de bienes estatales, luego, deja en MORDAZA a las municipalidades para aprobar, entre otros actos de disposicion, donaciones a favor de entidades sin fines de lucro, siguiendo sus propias normas, aplicase entonces, para el caso, el articulo 66º de la ley Nº 27972, que exige, dado su caracter excepcional, se fije de manera inequivoca en el acuerdo de concejo que aprueba la donacion, la valorizacion y destino del bien donado asi como contar con el MORDAZA favorable de dos tercios del numero legal de regidores que conforman el concejo municipal; Que, es asi que mediante informes de vistos, se evalua la viabilidad del pedido de la Parroquia MORDAZA Redentor que demanda apoyo para terminar el MORDAZA deportivo de grass sintetico, cuyas instalaciones son parte de la parroquia, ubicada en el MORDAZA Canamelares 225, Maranga, de la circunscripcion del distrito de San MORDAZA, y sus dimensiones alcanzan los 1,085.40 metros cuadrados, segun inspeccion ocular reportada por la Subgerencia de Parques, Jardines y Medio Ambiente, cuya obra ha corrido por cargo y cuenta de la feligresia de la parroquia y se encuentra proxima a culminarse, y por ende, servir a los fines sociales de la comunidad parroquial; Que, la Subgerencia de Logistica informa que existe en las instalaciones del Estadio MORDAZA Magallanes, en custodia, depositados mil dos metros cuadrados de grass artificial, como saldo proveniente de una adquisicion de mil quinientos noventa y siete metros cuadrados ascendente a S/.151,760.00 (ciento cincuenta y un mil setecientos sesenta y nueve con 00/100 nuevos soles) a todo costo, estimandose el precio unitario por metro MORDAZA, a la fecha, en S/.95.00 (noventa y cinco con 00/100 nuevos soles), en suma, el importe del saldo asciende a S/.95,210.04 (noventa y cinco mil doscientos diez con 04/100 nuevos soles); Que, sin perjuicio de lo valorizado el bien soporta la referencia del informe de vistos, emitido por la Gerencia de Desarrollo Humano que a su vez, hace MORDAZA, el informe de la Subgerencia de Juventudes, Deportes y Recreacion, que senala que el grass depositado desde MORDAZA del 2010 MORDAZA deteriorado por el tiempo, significando su guardiania altamente aleatoria por el riesgo de perdida o robo latentes, MORDAZA cuando no tiene destino MORDAZA, pues su inicial instalacion en el complejo deportivo Maracana de la urbanizacion San Miguelito ha sido descartada, convirtiendose en un gasto socialmente eficiente su aprovechamiento en el MORDAZA deportivo de la parroquia, subsistiendo con ello los fines sociales que originaron la compra del bien; Que, la Subgerencia de Contabilidad precisa que la adquisicion del grass artificial se registro como un gasto de mantenimiento asignado a la Gerencia de Desarrollo

771463-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Aprueban donacion de grass artificial a favor de la Parroquia MORDAZA Redentor
ACUERDO DE CONCEJO Nº 021-2012-MDSM
San MORDAZA, 14 de marzo del 2012 VISTOS, en la sesion de concejo de la fecha, el memorando Nº 157-2012-GM/MDSM emitido por la Gerencia Municipal, el informe Nº 094-2012-GAJ/ MDSM emitido por la Gerencia de Asuntos Juridicos, el memorando Nº 056-2012-GAF/MDSM emitido por la Gerencia de Administracion y Finanzas, el informe Nº 0442012-SGCP-GAF/MDSM emitido por la Subgerencia de Control Patrimonial, el informe Nº 053-2012-SGC-GAF/ MDSM por la Subgerencia de Contabilidad, el memorando Nº 146-2012-GDH/MDSM emitido por la Gerencia de

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.