Norma Legal Oficial del día 31 de marzo del año 2012 (31/03/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano MORDAZA, sabado 31 de marzo de 2012

NORMAS LEGALES

463459

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE LA MORDAZA
Aprueban Plan Regional para el desarrollo de Politicas de Formacion Profesional de la Region La MORDAZA 2011 - 2016
ORDENANZA REGIONAL N° 012-2011-GR-LL/CR
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno de La MORDAZA, de conformidad con lo previsto en los Articulos 191° y 192° de la Constitucion Politica del Peru; Ley de Bases de Descentralizacion, Ley N° 27783; Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias, y demas normas complementarias. EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA MORDAZA, ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional. VISTO: En Sesion Ordinaria de fecha 28 de diciembre de 2011, el dictamen sobre el Proyecto de Ordenanza Regional N° 046-2011-GR-LL/CR, relativo a aprobar el Plan Regional para el desarrollo de Politicas de Formacion Profesional de la Region La MORDAZA 2011 - 2016; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Articulo 191° de la Constitucion Politica del Estado y el Articulo 2° de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, prescribe que los Gobiernos Regionales son personas juridicas de derecho publico con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia. Que, es competencia del Gobierno Regional de La MORDAZA emitir Ordenanzas Regionales, conforme a lo prescrito en el Articulo 38° de la acotada Ley, en la cual se establece: "Que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia(...)". Que, en el contexto del derecho a la educacion consagrado en el Articulo 13° de la Constitucion Politica del Peru, asi como del Articulo 2° de la Ley General de Educacion, que la define como un MORDAZA de aprendizaje y ensenanza que se desarrolla a lo largo de toda la MORDAZA, y que contribuye a la formacion integral de las personas, al pleno desarrollo de sus potencialidades, a la creacion de la cultura y al desarrollo de la familia y la comunidad, no es posible deslindar la formacion profesional del derecho a la educacion y del derecho de trabajo, pues es parte integrante del MORDAZA de aprendizaje destinado para capacitar en el trabajo, en concordancia, con el Decreto Supremo Nº021-2006-ED, que aprueba los Lineamientos Nacionales de Politicas de Formacion Profesional. Que, el Articulo 5º literal e) de la Ley Nº 29381, Ley Organica del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, prescribe: La formulacion, direccion, coordinacion ejecucion, supervision y evaluacion de las politicas nacionales sectoriales en las materias: socio laborales, derechos fundamentales en el ambito laboral, de seguridad y salud en el trabajo, difusion de la normatividad, informacion laboral e informacion en el MORDAZA de trabajo, relaciones de trabajo, seguridad social, inspeccion de trabajo, promocion del empleo, intermediacion laboral, formacion profesional y capacitacion para el trabajo, normalizacion y certificacion de competencias laborales, autoempleo, reconversion laboral y migracion laboral.

Que, la Ley Nº 28044, Ley General de Educacion, senala como unos de los fines de la educacion peruana, en el MORDAZA del sistema educativo nacional, la de formar personas capaces de lograr su realizacion etica, intelectual, artistica, cultural, afectiva fisica, espiritual y religiosa promoviendo la formacion y consolidacion de su identidad, auto estima, su integracion adecuada y critica a la sociedad para el ejercicio de su ciudadania. Que, el Articulo 48º literal d) de la Ley Nº 27867, Ley Organica de los Gobiernos Regionales, establece como funcion especifica en materia de trabajo, promocion del empleo y de la pequena y microempresa, la de promover el dialogo y la concertacion con las organizaciones representativas de los trabajadores, empleadores, y sectores de la sociedad vinculadas a los sectores MORDAZA referidos. Que, por razon del Decreto Supremo Nº021-2006-ED, de fecha 28 de MORDAZA de 2006, se aprobo los Lineamientos Nacionales de Politica de Formacion Profesional, en la cual en su Articulo 2º, prescribe que: "Los gobiernos son responsables del diseno de las politicas regionales en materia de formacion profesional en concordancia con la politica nacional sobre dicha materia". Que, mediante Decreto Supremo Nº 010-2008-ED, de fecha 06 de junio del 2008, se precisaron los alcances sobre la implementacion de los Lineamientos Nacionales de la Politica de Formacion Profesional, ampliandose el plazo otorgado a las Direcciones Regionales de Trabajo y Promocion del Empleo y de las Direcciones de Educacion en sesenta dias habiles, para concluir el MORDAZA de implementacion de los lineamientos de politica de formacion laboral. Que, el Acuerdo Regional Nº 063-2008-GR-LL/CR, relativo a exhortar a las instituciones formativas publicas y privadas para adecuar la oferta de formacion profesional a la demanda del MORDAZA laboral", puesto que la mayoria de las instituciones formativas, publicas y privadas de la Region La MORDAZA ofertan carreras que no son requeridas por los sectores priorizados del aparato productivo, razon por el cual sus egresados pueden ser absorbidos por el MORDAZA laboral, pues la dinamica productiva de empresas regionales requieren profesionales calificados para cubrir plazas laborales que las empresas regionales demanden en relacion con la actividad que realicen. Que, a traves de la Ordenanza Regional Nº0192010-GR-LL/CR, concerniente a aprobar las Politicas de Formacion Profesional de la Region La MORDAZA, en concordancia, con la politica nacional del Decreto Supremo Nº021-2006-ED, el cual aprueba los Lineamientos Nacionales de Politicas de Formacion Profesional como: El dialogo y concertacion, formacion profesional de calidad, produccion de informacion socioeconomica, laboral y formativa, sostenibilidad. Que, mediante Ordenanza Regional Nº 033-2010-GRLL/CR, respecto a aprobar la Modificacion de la Estructura Organica del Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) Ano 2010 de la Gerencia Regional de Trabajo y Promocion del Empleo del Gobierno Regional de La MORDAZA en su Articulo 19º prescribe: " La Direccion de Empleo es un organo de linea, responsable de proponer, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, evaluar, y supervisar las politicas publicas en materia de promocion del empleo, autoempleo, migracion laboral, informacion del MORDAZA de trabajo, formacion profesional en lo que refiere capacitacion laboral para el trabajo reconversion laboral y formacion continua en las empresas, orientacion vocacional e informacion ocupacional, normalizacion y certificacion recompetencias laborales y desarrollo de recursos humanos". Que, el Plan Regional de Politica de la Formacion Profesional es producto del consenso de los sectores, de los aportes de los actores involucrados a efectos de articular esfuerzos para el logro de sus objetivos y vincular de manera eficiente la formacion profesional con las exigencias del MORDAZA laboral, siendo su objetivo principal elevar la calidad de la formacion profesional y los niveles de adecuacion laboral, y a mediano plazo, la de contribuir a mejorar el nivel de MORDAZA de la Poblacion Economicamente Activa (PEA) de la Region La Libertad. Que, teniendo en cuenta los documentos metodologicos, la asistencia tecnica de la Direccion General de Formacion Profesional y Capacitacion Laboral del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, y contando con la activa participacion de los actores del Estado y la sociedad; se ha elaborado el Plan de Formacion Profesional en el

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.