Norma Legal Oficial del día 31 de marzo del año 2012 (31/03/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 31 de marzo de 2012

Que, la Constitucion Politica del Estado en su articulo 194º, establece que las municipalidades tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Informe Nº 076-12-DPUOPC-GDUOMDMM, el Departamento de Planeamiento MORDAZA, Obras Privadas y Catastro pone en conocimiento la necesidad de variar el numero de estacionamientos requeridos para ciertos giros comerciales a efectos de evitar la saturacion vehicular y garantizar un trafico fluido en el distrito; Que, la propuesta presentada cuenta con la opinion favorable de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Obras y la Gerencia de Asesoria Juridica; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del articulo 9° de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobo por UNANIMIDAD, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, la siguiente:

ORDENANZA
Articulo 1º.- ESTABLECER que en el distrito de MORDAZA MORDAZA, el numero de estacionamientos para oficinas, bancos y afines, sea de uno cada 50 metros de area MORDAZA sin considerar en el computo las areas de circulacion vertical, depositos, almacenes, archivos, servicios higienicos, hall y otros ambientes afines. Articulo 2º.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, al Departamento de Planeamiento MORDAZA, Obras Privadas y Catastro y demas organos municipales competentes. Articulo 3º.- DEJESE SIN EFECTO toda MORDAZA que se oponga a la presente disposicion. Articulo 4º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase.

las que tienen rango de Ley, conforme al numeral 4) del Articulo 200º de nuestra Carta Magna; Que, el Articulo 74º y numeral 4) del Articulo 195º de la Constitucion Politica del Peru, asi como el numeral 9) del Articulo 9º y Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972, reconocen a los Gobiernos Locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; les otorga potestad para administrar sus bienes y rentas; y que mediante Ordenanzas pueda crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, dentro de su jurisdiccion con los limites que senala la Ley; ello en concordancia con la MORDAZA IV de la Ley del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario ­ Decreto Supremo Nº 135-99-EF; Que, conforme a la MORDAZA parte del Art. 41º del Codigo Tributario, excepcionalmente, los Gobiernos Locales podran condonar con caracter general, el interes moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren; Que, el articulo 62º del Texto Unico Ordenado ­ TUO ­ del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, establece que la facultad de fiscalizacion de la Administracion Tributaria es discrecional y se ejerce de acuerdo a lo establecido en la MORDAZA IV del Titulo Preliminar in fine de la misma; Que, mediante Informe Nº 041-2012-GATR-MDMM la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas, manifiesta que resulta necesario a nivel operativo actualizar el registro de contribuyentes en la base de datos del area a su cargo por cuanto el corporativo no cuenta con un catastro actualizado. Asimismo, fundamenta que la ejecucion de dicha actualizacion permitiria promover el saneamiento fisico legal de los predios del distrito. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del articulo 9° de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobo por UNANIMIDAD, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, la siguiente:

ORDENANZA
MORDAZA MORDAZA MORDAZA OYAGUE MORDAZA Articulo 1º.- FINALIDAD La presente Ordenanza tiene por finalidad incentivar a los titulares de los predios, ubicados en la jurisdiccion del Distrito de MORDAZA MORDAZA, que a la fecha se encuentren en condicion de omisos, subvaluadores, o que no hayan actualizado o rectificado el uso del predio u otro MORDAZA que incida en la mayor determinacion del Impuesto Predial o Arbitrios en los ejercicios respectivos, para que regularicen su situacion tributaria ante la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA, y de esta manera, puedan cancelar el Impuesto Predial derivado de dicha regularizacion voluntaria sin intereses con la correspondiente condonacion de las multas tributarias. De manera complementaria, se pretende incentivar a los contribuyentes que MORDAZA de la vigencia de la presente Ordenanza hayan regularizado su situacion de omisos o subvaluadores con la MORDAZA de las respectivas Declaraciones Juradas o que hayan actualizado o rectificado el uso del predio e incluso los que hayan sido objeto de un MORDAZA de fiscalizacion tributaria que se encuentre concluido, en tramite o MORDAZA derivado en un MORDAZA de cobranza coactiva, para que puedan cancelar el Impuesto Predial derivado de dicha regularizacion voluntaria, fiscalizacion o actualizacion o rectificacion de uso u otros datos, sin intereses y con la condonacion de las respectivas multas tributarias. Articulo 2º.- DEFINICIONES Para efectos de la presente ordenanza, quedan establecidas las siguientes definiciones: Contribuyente.- Aquella persona natural o juridica, titular de un predio ubicado en la jurisdiccion del Distrito de MORDAZA MORDAZA, en concordancia con los articulos 9º y 10º del TUO de la Ley de Tributacion Municipal. El contribuyente puede tener la condicion de omiso o subvaluador. Omiso.- Aquel contribuyente que no ha presentado declaracion jurada de inscripcion del predio a su nombre ante la Municipalidad de MORDAZA del Mar. Subvaluador.- Aquel contribuyente cuyo predio ha sido registrado ante la Municipalidad de MORDAZA del

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Establecen incentivos a los titulares de predios que se encuentren en situacion de omisos para que regularicen su situacion tributaria
ORDENANZA N° 497-MDMM
MORDAZA, 21 de marzo de 2012

ORDENANZA QUE INCENTIVA LA ACTUALIZACION DE DECLARACIONES TRIBUTARIAS DE PREDIOS POR LOS CONTRIBUYENTES DEL DISTRITO DE MORDAZA DEL MAR.
EL MORDAZA DEL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Ordinaria No. 06 de la fecha, y; VISTOS: El Informe Nº 041-2012-GATR-MDMM de la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas y el Informe Nº 2242012-GAJ-MDMM de la Gerencia de Asesoria Juridica, ambos de fecha 16 de marzo del 2012, y; CONSIDERANDO: Que, conforme al articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, se establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de Gobierno Local, que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, correspondiendo al Concejo Municipal, la funcion normativa a traves de Ordenanzas,

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