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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 6 de mayo de 2012 465832 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Jefatural N° 516-2011- ANA, se encargó al señor MARCO ANTONIO NUÑEZ DEL PRADO COLL CÁRDENAS las funciones de la Secretaría General de la Autoridad Nacional del Agua; Que, el citado funcionario ha presentado su renuncia al cargo conferido, habiéndose visto por conveniente aceptar la referida renuncia; Que, asimismo, resulta necesario encargar como cargo de confi anza las funciones de Asesor de la Alta Dirección de la Autoridad Nacional del Agua en asuntos relacionados con el reforzamiento y coordinación con las Autoridades Administrativas del Agua y Administraciones Locales del Agua; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos y el Reglamento de Organización y Funciones -ROF- de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar, a partir del día 07 de mayo de 2012, la renuncia presentada por el señor MARCO ANTONIO NUÑEZ DEL PRADO COLL CÁRDENAS, a la encargatura de funciones de la Secretaría General conferida mediante la Resolución Jefatural N° 516-2011-ANA, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo Segundo.- Encargar, a partir del día 07 de mayo de 2012, al señor MARCO ANTONIO NUÑEZ DEL PRADO COLL CÁRDENAS, las funciones de Asesor de la Alta Dirección de la Autoridad Nacional del Agua en asuntos relacionados con el reforzamiento y coordinación con las Autoridades Administrativas del Agua y Administraciones Locales de Agua. Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO EDUARDO JARA FACUNDO Jefe Autoridad Nacional del Agua 785077-1 Designan Secretario General de la Autoridad Nacional del Agua RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 187-2012-ANA Lima, 4 de mayo de 2012 CONSIDERANDO: Que, conforme al Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2010-AG, la Secretaría General es el órgano encargado de la marcha administrativa de la institución; gestiona, coordina y supervisa las actividades de los órganos de asesoramiento y apoyo constituyéndose en la máxima autoridad administrativa de la institución y depende de la Jefatura de la Autoridad Nacional del Agua; Que, estando vacante las funciones de la Secretaría General, a partir del 07 de mayo de 2012, se ha visto por conveniente designar al funcionario que asuma la titularidad de citado órgano a partir de dicha fecha; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos y el Reglamento de Organización y Funciones -ROF- de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG. SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, a partir del día 07 de mayo de 2012, al señor FRANCISCO ADOLFO DUMLER CUYA, en el cargo de Secretario General de la Autoridad Nacional del Agua. Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO EDUARDO JARA FACUNDO Jefe Autoridad Nacional del Agua 785077-2 DEFENSA Amplían autorización de viaje de Cadete FAP para su permanencia en los EE.UU., en misión de estudios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 184-2012-DE/FAP Lima, 05 de mayo de 2012 Visto la Papeleta de Trámite NC-5-SGFA-Nº 1207 de fecha 05 de marzo de 2012, del Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú; CONSIDERANDO: Que, con Resolución Suprema Nº 242-2009 DE/FAP de fecha 07 de julio de 2009, se autorizó el viaje al exterior en Misión de Estudios a los Estados Unidos de América, del 16 de julio al 31 de diciembre de 2009, al Cadete de Primer Año FAP JIMMY LUIS ALOR CARDENAS, para que participe en el “Curso Regular de Formación de Ofi cial Aviador”; a desarrollarse del 16 de julio de 2009 al 30 de junio de 2013, en la Escuela de Ofi ciales de la Fuerza Aérea de los Estados Unidos de América, ubicada en Colorado Spring; asimismo, la ampliación de permanencia en el extranjero se autorizará anualmente hasta la culminación del curso; Que, con Resolución Suprema Nº 105-2010 DE/FAP de fecha 09 de marzo de 2010, se amplía la autorización de viaje a que se refi ere la resolución citada en el primer considerando, a partir del 01 de enero al 31 de diciembre de 2010; Que, con Resolución Suprema Nº 196-2011-DE/FAP de fecha 25 de mayo de 2011, se amplía la autorización de viaje a que se refi ere la resolución citada en el segundo considerando, a partir del 01 de enero al 31 de diciembre de 2011; Que, es conveniente para los intereses institucionales ampliar la autorización de viaje a que se refi ere la resolución citada en el considerando anterior, a partir del 01 de enero al 31 de diciembre de 2012, por cuanto los conocimientos y experiencias a tratarse redundarán en benefi cio de la Fuerza Aérea del Perú; Que, teniendo en cuenta que la duración de la Misión de Estudios abarca más de un ejercicio presupuestal, el pago correspondiente al período comprendido del 01 de enero al 31 de diciembre de 2012, se efectuará con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012 y el pago correspondiente a los años posteriores será con cargo al Presupuesto del Sector Público del Año Fiscal que corresponda; Que, la antes citada ampliación de autorización de viaje ha sido incluida en el ítem 77 del rubro 1.-Formación/ Califi cación/Especialización, del anexo 1 (RO) del Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2012, aprobado mediante Resolución Suprema Nº 014-2012-DE/ del 13 de enero de 2012; Que, los gastos que ocasione la presente ampliación de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2012, de la Unidad Ejecutora Nº 005 – Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Que, el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 778- 2008 DE/SG del 25 de julio de 2008, dispone que los órganos competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del personal militar y civil del sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento por concepto de Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad de los referidos viajes, conforme a lo dispuesto en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004 DE-SG; Que, según lo previsto en el numeral 17.1 del artículo 17º de la “Ley de Procedimiento Administrativo General”, Ley Nº 27444 de fecha 21 de marzo de 2001, señala textualmente: “La autoridad podrá disponer en el mismo Acto Administrativo que tenga efi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe, legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que se pretenda retrotraer la efi cacia del acto el supuesto de hecho justifi cativo para su adopción”;