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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2012 (30/11/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 78

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 30 de noviembre de 2012 479704 2.- Otorgar a los docentes que se indica, las sumas que se señalan, con cargo a los recursos directamente recaudados por la Facultad de Educación, debiendo a su retorno rendir cuenta documentada del gasto efectuado en el plazo de Ley: Apellidos y Nombres Pasajes S/. Viáticos S/. Total S/. MEJÍA MEJÍA, ELÍAS JESÚS 3, 252.82 4, 028.64 7, 281.46 BARRIENTOS JIMÉNEZ, ELSA JULIA 2, 896.34 4, 028.64 6, 924.98 VALER LOPERA, LUCIO MÁXIMO 2, 896.34 4, 028.64 6, 924.98 TOTALES 9, 045.50 12, 085.92 21, 131.42 2º Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano” de conformidad a las normas vigentes, y a la Facultad de Educación asumir el pago del servicio de publicación. 3º Encargar a la Dirección General de Administración, a la Ofi cina General de Recursos Humanos y a la Facultad de Educación, el cumplimiento de la presente Resolución Rectoral. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. PEDRO ATILIO COTILLO ZEGARRA Rector 872191-1 UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 05841-R-12 Lima, 22 de noviembre del 2012 Visto los Expedientes, con Registros de Mesa de Partes General Nº 06087-FMV-12 de la Facultad de Medicina Veterinaria, sobre viaje en comisión de servicios. CONSIDERANDO: Que mediante Resolución de Decanato Nº 0870-D- FMV-12 de fecha 19 de noviembre del 2012, la Facultad de Medicina Veterinaria autoriza el viaje en Comisión de Servicios del 02 al 08 de diciembre del 2012, a don JUAN ANTONIO ESPINOZA BLANCO, con código Nº 023655, Decano de la citada Facultad, para asistir a la reunión de La Unión de Universidades de América Latina y el Caribe, La Red Internacional de Evaluadores, S.C., la Universidad Nacional Autónoma de México y la Universidad Autónoma de Yucatán, a realizarse en Mérida, Yucatán - México; Que asimismo, se le otorga las sumas de S/. 4,004.00 nuevos soles por concepto de viáticos, y S/. 2,410.00 nuevos soles por concepto de pasajes aéreos, con cargo a los recursos directamente recaudados por la Facultad de Medicina Veterinaria; Que las Unidades de Economía y de Planifi cación, Presupuesto y Racionalización de la Facultad de Medicina Veterinaria, emiten opinión favorable, señalando que existe disponibilidad presupuestal; Que se cumplen con los requisitos exigidos por la Directiva Nº 004-DGA-2009, aprobada con Resolución Rectoral Nº 01573-R-09 del 17 de abril del 2009; Que cuenta con el Proveído s/n de fecha 21 de noviembre del 2012, del Despacho Rectoral; y, Estando dentro de las atribuciones conferidas al señor Rector por la Ley Universitaria Nº 23733, el Estatuto de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, y sus modifi catorias; SE RESUELVE: 1º Ratifi car la Resolución de Decanato Nº 0870-D- FMV-12 de fecha 19 de noviembre del 2012 de la Facultad de Medicina Veterinaria, en el sentido que se indica: 1.- Autorizar el viaje en Comisión de Servicios del 02 al 08 de diciembre del 2012, a don JUAN ANTONIO ESPINOZA BLANCO, con código Nº 023655, Decano de la Facultad de Medicina Veterinaria, para asistir a la reunión de La Unión de Universidades de América Latina y el Caribe, La Red Internacional de Evaluadores, S.C., la Universidad Nacional Autónoma de México y la Universidad Autónoma de Yucatán, a realizarse en Mérida, Yucatán - México. 2.- Otorgar a don JUAN ANTONIO ESPINOZA BLANCO, los montos que se indica por concepto de Pasajes Aéreos y Viáticos, con cargo a los Recursos Directamente Recaudados de la Facultad de Medicina Veterinaria, debiendo a su retorno rendir cuenta documentada del gasto efectuado en el plazo de Ley: Viáticos S/. 4,004.00 nuevos soles Pasajes S/. 2,410.00 nuevos soles 2º Encargar a la Secretaría General de la Universidad, la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano” y a la Facultad de Medicina Veterinaria asumir el pago del servicio de publicación. 3º Encargar a la Dirección General de Administración, a la Ofi cina General de Recursos Humanos y a la Facultad de Medicina Veterinaria, el cumplimiento de la presente Resolución Rectoral. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. PEDRO ATILIO COTILLO ZEGARRA Rector 872191-2 UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 05897-R-12 Lima, 22 de noviembre del 2012 Visto el Expediente, con Registro de Mesa de Partes General Nº 13335-SG-12 del Despacho Rectoral, sobre Comisión de Servicios y encargatura. CONSIDERANDO: Que con Ofi cio Nº 323-VRAC-2012, la Dra. ANTONIA FLORENCIA CASTRO RODRÍGUEZ, con código Nº 014478, Vicerrectora Académica de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, solicita se le declare en Comisión de Servicios del 03 al 07 de diciembre del 2012, para participar como expositora sobre la experiencia de la Acreditación Institucional Internacional de la UNMSM en el Tercer Coloquio Internacional de Evaluación, Acreditación y Certifi cación Profesional Universitaria en América Latina y el Caribe y del Módulo de Especialización en Evaluación – Planeación Universitaria: Transdisciplina del Programa Integral de Postgrado en Evaluación – Planeación Universitaria, a realizarse en la Universidad Autónoma de Yucatán, Mérida, Yucatán - México; Que asimismo, se le otorga las sumas de S/. 2,700.00 nuevos soles por concepto de pasajes y de S/. 2,700.00 nuevos soles por concepto de Viáticos; con cargo al Presupuesto 2012 del Vicerrectorado Académico; Que a fi n de mantener el normal desarrollo de las actividades del Vicerrectorado Académico, es necesario encargar dicho Vicerrectorado al Dr. PEDRO ATILIO COTILLO ZEGARRA, Rector de la Universidad, mientras dure la ausencia de la titular; Que el artículo 82º del Decreto Supremo Nº 005- 90-PCM -Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, señala que: “El encargo es temporal, excepcional y fundamentado. Sólo procede en ausencia del titular para el desempeño de funciones de responsabilidad directiva, compatibles con niveles de carrera superiores al del servidor. En ningún caso debe exceder el período presupuestal”; Que el artículo 83º del Decreto Supremo Nº 005-90- PCM - Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera