Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2012 (30/11/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano MORDAZA, viernes 30 de noviembre de 2012

NORMAS LEGALES

479705

Administrativa, estipula que: "La Comision de Servicios es el desplazamiento temporal del servidor fuera de la sede habitual de trabajo, dispuesta por la autoridad competente, para realizar funciones segun el nivel de MORDAZA, grupo ocupacional y especialidad alcanzados y que esten directamente relacionadas con los objetivos institucionales. No excedera, en ningun caso el MORDAZA de treinta (30) dias calendario por vez"; Que se cumplen con los requisitos exigidos por la Directiva Nº 004-DGA-2009, aprobada con Resolucion Rectoral Nº 01573-R-09 del 17 de MORDAZA del 2009; y, Estando dentro de las atribuciones conferidas al senor Rector por la Ley Universitaria Nº 23733, el Estatuto de la Universidad Nacional Mayor de San MORDAZA y sus modificatorias; SE RESUELVE: 1º Declarar en Comision de Servicios, del 03 al 07 de diciembre del 2012, a la Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con codigo Nº 014478, Vicerrectora Academica de la Universidad Nacional Mayor de San MORDAZA, para participar como expositora sobre la experiencia de la Acreditacion Institucional Internacional de la UNMSM en el Tercer Coloquio Internacional de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion Profesional Universitaria en MORDAZA Latina y el Caribe y del Modulo de Especializacion en Evaluacion ­ Planeacion Universitaria: Transdisciplina del Programa Integral de Postgrado en Evaluacion ­ Planeacion Universitaria, a realizarse en la Universidad Autonoma de Yucatan, Merida, Yucatan ­ Mexico. 2º Otorgar a la Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, las sumas que se detallan, con cargo al Presupuesto 2012 del Vicerrectorado Academico, debiendo a su retorno rendir cuenta documentada del gasto efectuado en el plazo de Ley: Pasaje Viaticos S/. 2,700.00 nuevos soles S/. 2,700.00 nuevos soles ----------------S/. 5,400.00 nuevos soles

MORDAZA, gerente general de Merkatica Investigacion de Mercados y Opinion Publica S.A.C. ANTECEDENTES MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, gerente general de Merkatica Investigacion de Mercados y Opinion Publica S.A.C. solicito se otorgue la inscripcion de su representada en el Registro Electoral de Encuestadoras. Mediante Auto Nº 1, de fecha 7 de junio de 2012, este organo electoral requirio a la empresa Merkatica Investigacion de Mercados y Opinion Publica S.A.C. subsane las omisiones en las que incurrio, conforme con el articulo 6 del Reglamento del Registro Electoral de Encuestadoras, aprobado por Resolucion Nº 5011-2010JNE (en adelante, Reglamento). En tal sentido, mediante escritos de fecha 19 de junio, 11 de MORDAZA y 10 de setiembre de 2012, se presento la documentacion acreditando a MORDAZA Estuardo MORDAZA Santander, licenciado en Economia, y su MORDAZA de habilitacion en el Colegio de Economistas de La MORDAZA, en el que esta inscrito con el codigo Nº 139. CONSIDERANDOS 1. De acuerdo con los numerales 1 y 3 del articulo 178 de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 5.g de la Ley Nº 26486, Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones, este organo constitucional tiene la funcion de fiscalizar la legalidad del MORDAZA electoral y velar por el cumplimiento de las normas sobre organizaciones politicas y demas disposiciones referidas a materia electoral. Asimismo, de conformidad con el articulo 18 de la Ley Nº 27369, Ley que modifica la Ley Organica de Elecciones, el MORDAZA Nacional de Elecciones mantiene el Registro Electoral de Encuestadoras, asi como regula los requisitos y procedimientos de inscripcion. Asimismo, establece que solo podran publicarse encuestas de personas naturales o juridicas que cuenten con inscripcion vigente en el referido registro. 2. En ese sentido, en el Reglamento se establecen el procedimiento y los requisitos de inscripcion de las personas juridicas o naturales que pretendan realizar encuestas y proyecciones sobre intencion de MORDAZA, asi como lo referente a la publicacion, difusion y al procedimiento de sancion por la infraccion de estas normas. El articulo 6 del Reglamento establece que con la solicitud de inscripcion debe presentarse lo siguiente: a) nombre o razon social de la encuestadora; b) MORDAZA del documento nacional de identidad del solicitante; c) testimonio de la escritura publica de constitucion social de la empresa inscrita en los Registros Publicos, en el que conste, como parte del objeto social, la realizacion de encuestas o proyecciones de cualquier naturaleza sobre intencion de voto; d) domicilio del representante y del establecimiento donde funcione la encuestadora; e) pago de la tasa correspondiente; y f) acreditacion de un profesional colegiado en Economia o especialista en Estadistica, para llevar a cabo las encuestas, de conformidad con el literal c del articulo 1 de la Ley Nº 15488, Ley del Economista, modificada por la Ley Nº 25431. Asimismo, el item 10.87 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del MORDAZA Nacional de Elecciones, aprobado por Resolucion Nº 038-2009JNE, exige que se presente un compromiso de pago de publicacion de la resolucion de inscripcion. 3. De lo MORDAZA expuesto, dado que se ha cumplido con presentar y subsanar los requisitos senalados en el Reglamento, acreditando a un MORDAZA profesional calificado, presentado el recibo por el pago de la tasa correspondiente y asumiendo el compromiso de pago de publicacion de la presente resolucion, este Supremo Tribunal Electoral considera que debe estimarse la solicitud de inscripcion presentada, asignar un numero de registro y abrir la partida correspondiente. La inscripcion otorgada perdera vigencia luego de transcurridos tres anos contados a partir del dia siguiente de la publicacion en el Diario Oficial El Peruano de la presente resolucion, en conformidad con el articulo 5 del Reglamento.

3º Encargar el Vicerrectorado Academico al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Rector de la Universidad, por el periodo del 03 al 07 de diciembre del 2012 y mientras dure la ausencia de la titular. 4º Encargar a la Secretaria General la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial "El Peruano" de conformidad a las normas vigentes. 5º Encargar a la Direccion General de Administracion, Oficina General de Recursos Humanos y a los Vicerrectorados Academico y de Investigacion, el cumplimiento de la presente Resolucion Rectoral. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector 872191-3

MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES
Disponen inscripcion de Merkatica Investigacion de Mercados y Opinion Publica S.A.C. en el Registro Electoral de Encuestadoras
RESOLUCION Nº 1026-2012-JNE Expediente Nº J-2012-00384 MORDAZA, cinco de noviembre de dos mil doce. VISTA la solicitud de inscripcion en el Registro Electoral de Encuestadoras formulada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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