Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2012 (30/11/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 92

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 30 de noviembre de 2012

Articulo 3º.- Encargar a la Gerencia General Regional y a la Gerencia de Administracion, dispongan las acciones administrativas para el cumplimiento del presente Acuerdo del Consejo Regional. Articulo 4º.- Dentro de los quince (15) dias calendarios siguientes a su retorno al MORDAZA, los Senores Consejeros Regionales deberan presentar ante el Consejo Regional un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos producto del viaje autorizado, asimismo deberan efectuar la rendicion de cuentas de acuerdo a Ley. Articulo 5º.- Disponer la publicacion del presente Acuerdo del Consejo Regional en el Diario Oficial El Peruano y en el Diario El Callao. POR TANTO: Mando se registre y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 872041-1

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban Reglamento de Organizacion y Funciones de la Unidad de Gestion Educativa Local UGEL Puerto MORDAZA MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 031-2012-CR-GRH. MORDAZA, 25 de octubre del 2012 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL MORDAZA POR CUANTO: Visto, en Sesion Extraordinaria del Consejo Regional, de fecha once de octubre del dos mil doce, el Dictamen Nº 015-2012-GRH-CRH/CPPPATAL, de la Comision Permanente de Planeamiento, Presupuesto, y Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales, relacionado a la aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF), de la Unidad de Gestion Educativa Local - UGEL Puerto MORDAZA - Unidad Ejecutora 306 Educacion Puerto Inca; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion - Ley Nº 27680, establece que los gobiernos regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; y el articulo 192º en su inciso 1) establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organizacion interna y su presupuesto; Que, el articulo 35º de la Ley de Bases de la Descentralizacion Nº 27783, establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organizacion interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestion Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto; Que, de conformidad a lo establecido en el Articulo 4o de la Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de la Modernizacion de Gestion del Estado senala que el MORDAZA de modernizacion de la gestion del estado, tiene como finalidad fundamental la obtencion de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atencion a la ciudadania, priorizando y optimizando el uso de los recursos publicos, alcanzando un estado

con servidores publicos calificados y adecuadamente remunerados; Que, la Ley General de Educacion Nº 28044, en su articulo 73º, define a la Unidad de Gestion Educativa Local como: La Unidad de Gestion Educativa Local es una instancia de ejecucion descentralizada del Gobierno Regional con autonomia en el ambito de su competencia. Su jurisdiccion territorial es la provincia de Puerto Inca; Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2006PCM, de fecha 26 de MORDAZA de 2006, se aprobaron los lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF de las Entidades de la Administracion Publica, estableciendo su articulo 2º que su finalidad es generar la aprobacion de un ROF que contenga una adecuada estructura organica de la entidad y definicion de sus funciones y las de los organos que la integran, acorde con los criterios de diseno y estructura de la Administracion Publica que establece la Ley Nº 27658 Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, con el objetivo de priorizar y optimizar el uso de los recursos publicos e identificar las responsabilidades especificas de las entidades publicas y sus unidades organicas, asignadas por el ordenamiento juridico aplicable en cada caso; Que, de conformidad a lo establecido en el literal a), del Articulo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, es atribucion del Consejo Regional, aprobar modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencias y funciones del Gobierno Regional; Que, el Consejo Regional es un organo normativo y fiscalizador del Gobierno Regional y dentro de sus atribuciones se encuentra, aprobar, modificar, o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos o materia de competencia y funciones del Gobierno Regional Huanuco; Que, el Estado Peruano en todos sus niveles de Gobierno tanto, Nacional, Regional y Local Regulan de manera Integral y coherente los bienes de su competencia; Que, mediante Informe Nº 215-2012-GRH-GRPPAT/ SGDIS de fecha 29 de MORDAZA del 2012, presentado por la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional y Sistemas solicita la aprobacion del proyecto de Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la Unidad Educativa Local - UGEL Puerto MORDAZA, (Unidad Ejecutora 306), en base al Informe Nº 026-2012-GRPPAT/SGDIS/GACB del especialista en Racionalizacion MORDAZA MORDAZA MORDAZA en la que concluye que el Reglamento de Organizaciones y Funciones (ROF) ha sido formulado acogiendose a las necesidades basicas y al MORDAZA de descentralizacion que vive el MORDAZA de acuerdo a los lineamientos establecidos en el D.S. Nº 043-2006-PCM, el cual consta de 07 titulos, 34 articulos, 02 disposiciones complementarias y 02 disposiciones finales; Que con Informe Nº 690-2012-GRH/ORAJ de fecha 23 de agosto del 2012, el Abog. MORDAZA MORDAZA, precisa que el Reglamento de Organizacion y Funciones de la UGEL de Puerto MORDAZA cuenta con el Informe Tecnico sustentatorio, por lo que se emite opinion Tecnica de aprobacion del aludido ROF; Que, mediante Oficio Nº 421-2012-GRHCO/GGR de fecha 11 de octubre presentado por Mag. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente General Regional en la que opina que el Reglamento de Organizacion y Funciones de la UGEL de Puerto MORDAZA sea aprobado tal cual esta propuesto; Que, la presente Ordenanza Regional cuenta con el dictamen favorable de la Comision Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional y de conformidad con las atribuciones conferidas por los Articulos 9º, 10º, 11º, 15º, y 38 de la Ley Organica de Gobierno Regionales Nº 27867; Estando a lo expuesto, y conforme a las atribuciones conferidas por los articulos 15 y 38 de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales y a lo aprobado por UNANIMIDAD en la Sesion de Consejo Regional de la referencia, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta. Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional:

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