Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2012 (30/11/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 86

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 30 de noviembre de 2012

funciones del Gobierno Regional; en concordancia con el articulo 45° literal a, MORDAZA parrafo senala los Gobiernos Regionales definen, MORDAZA, dirigen y gestionan sus politicas regionales y ejercen sus funciones generales y especificas en concordancia con las politicas nacionales y sectoriales (...); Que, La Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, en los articulos 48°,49, 50° y 58°, establece las funciones en materia de desarrollo social; y el articulo 60° inciso f, senala es funcion en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades "promover una cultura de desarrollo social e igualdad de oportunidades"; Que, en la sociedad civil existen conflictos de caracter social, politico, economico, ambiental cultural, etc., que se generan coyunturalmente, frente a ello, el Estado en sus diferentes niveles de gobierno (nacional, regional y local) tiene la obligacion de generar y afirmar instituciones capaces de canalizar los conflictos negociables; Que, en el departamento de MORDAZA se estan suscitando conflictos sociales y enfrentamientos que conllevan al atraso y sub desarrollo de su poblacion, los conflictos estan referidos a asuntos de gobierno local, laborales, demarcacion territorial y socio ambiental. MORDAZA es uno de los departamentos con menores ingresos del Peru y con mayor nivel de sub desarrollo, sobre todo en la poblacion rural, cuyas necesidades minimas estan insatisfechas, o son brindadas inadecuadamente, este desequilibrio requiere que, las autoridades regionales realicen un conjunto de acciones necesarias para evitar y erradicar, confrontaciones y conflictos a fin promover una cultura de desarrollo social e igualdad de oportunidades; Que, actualmente los conflictos sociales y enfrentamientos son complejos, por tanto existe la necesidad de profundizar en respuestas cada vez mas eficaces y eficientes, requiriendose del desarrollo de formulas organizadas que permitan sumar acciones de los sectores publicos, privados y de los actores, mediante un trabajo intersectorial e interinstitucional, instrumento clave que permita mejorar las respuestas a los determinantes sociales de la salud, a los desafios y prioridades en materia de desarrollo social; Que, mediante Dictamen N° 023 -2012-GR.CAJ-CR/ COAJ-CODESO, evacuado por las Comisiones Ordinarias de Asuntos Juridicos y Desarrollo Social, de fecha 23 de octubre del ano 2012, se emite opinion favorable para la aprobacion del Proyecto Ordenanza Regional que crea el "Interes y Necesidad Publica Regional la Promocion de Cultura de Paz y el Manejo Constructivo de Conflictos Sociales Regionales" proyecto remitido por el Presidente Regional, Prof. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por los argumentos que se exponen en los considerandos precedentes; Estando a lo acordado por el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA en su Sesion Ordinaria de fecha 06 de noviembre del ano 2012; y a las atribuciones conferidas por la Ley de Bases de la Descentralizacion Nº 27783; Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por las Leyes Nº 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053; Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional MORDAZA, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 010-2011-GR.CAJ-CR, por unanimidad el Pleno aprobo la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Primero.- DECLARAR de Interes y Necesidad Publico Regional la "Promocion de la Cultura de Paz y el Manejo Constructivo de Conflictos Sociales Regionales". Segundo.- DISPONER que la Gerencia Regional de Desarrollo Social, disene y desarrolle, politicas y estrategias para la Promocion de la Cultura de Paz y Prevencion de los Conflictos Sociales, de acuerdo con las funciones y competencias del Gobierno Regional MORDAZA, en el plazo no mayor de 90 dias partir de la vigencia de la presente Ordenanza. Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, la realizacion de las acciones, actividades y politicas, pertinentes, dirigidas a la prevencion y solucion de conflictos sociales, y a la promocion de la Cultura de Paz. Cuarto.- CONVOCAR a los Gobiernos Locales, segun la normativa vigente, implementen y articulen sus acciones

a fin que la presente Ordenanza Regional sea incluida en sus planes de trabajo y en sus respectivas jurisdicciones territoriales. Quinto.- ENCARGAR al Organo Ejecutivo del Gobierno Regional MORDAZA disponga las acciones necesarias para dar cumplimiento a la presente Ordenanza. Sexto.- ENCARGAR a la Direccion Regional del Gobierno Regional MORDAZA la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial "El Peruano" y la difusion en el MORDAZA Electronico del Gobierno Regional MORDAZA (www.regioncajamarca.gob.pe). Setimo.- La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede institucional del Gobierno Regional MORDAZA, a los seis dias del mes de noviembre del ano dos mil doce. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 872488-3

GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO
Conforman la Mesa Regional para la prevencion, atencion y sancion de casos de Trata de Personas en la Region Callao
ORDENANZA REGIONAL Nº 000034 Callao, 6 de noviembre del 2012 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, en Sesion Ordinaria del 06 de Noviembre del 2012; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Estado, en su Titulo I, Capitulo I, Articulo1º proclama la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad, como el fin supremo de la sociedad y del Estado y en su Articulo 2º inciso 1º, consagra el derecho de toda persona a la MORDAZA, a su identidad e integridad moral, psiquica y fisica, y a su libre desarrollo y a su bienestar; Que, asi mismo el inciso 24, literal b) del articulo MORDAZA referido prescribe toda forma de restricciones de la MORDAZA personal, salvo en los casos previstos por Ley, senalando que esta prohibida toda forma de esclavitud, la servidumbre y la trata de personas en cualquiera de sus formas; Que, los Articulos 2º y 5º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales, senala que los Gobiernos Regionales son personas juridicas de Derechos Publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, asimismo el Literal a) del Articulo 21º del mismo cuerpo legal establece que es atribucion del Presidente Regional, dirigir, supervisar la marcha tecnica y administrativa de los Organos Ejecutivos del Gobierno Regional; igualmente senala que es mision del Gobierno Regional organizar y conducir la gestion publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la Region;

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