Norma Legal Oficial del día 03 de abril del año 2013 (03/04/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano MORDAZA, miercoles 3 de MORDAZA de 2013

NORMAS LEGALES
INSTRUCCIONES GENERALES

492049

1. Uso del formulario a. Debera presentarse por duplicado b. Debera ser utilizado en el caso se opte por la modalidad de pago al contado o fraccionado, o aquellos que resulten con importe a pagar igual a cero. c. Para el acogimiento de solo multas e intereses se debera marcar con X la MORDAZA de "Acogimiento solo multas e intereses" sin necesidad de detallarlas, excepto que esten impugnadas, en cuyo caso debera desistirse de la impugnacion y detallarlas en la solicitud de acogimiento, sin que sea necesario la actualizacion de la deuda. d. Se debera presentar la solicitud con los datos de identificacion del deudor tributario, asi como del representante legal. 2. Sujetos del beneficio La cooperativa agraria, cooperativa agraria azucarera, cooperativa agraria cafetalera, cooperativa agraria de colonizacion y cooperativa comunal. 3. Deuda materia de acogimiento. Podran ser materia de acogimiento la deuda tributaria recaudada o administrada por la SUNAT y que sea ingreso del Tesoro Publico y el Impuesto de Promocion Municipal ­ IPM por las cuales se tenga la calidad de contribuyente (no incluye tributos retenidos), que MORDAZA exigibles al 31.12.2011 y se encuentren pendiente de pago. No se incluyen pagos a cuenta del impuesto a la renta del ejercicio 2011. 4. Monto de tributo o concepto Se consignara el monto del tributo insoluto pendiente de pago a la fecha de exigibilidad o la fecha del ultimo pago efectuado. 5. Exigibilidad de la deuda De no haberse efectuado pagos parciales, se consignara el mes y ano exigibilidad de la deuda a acoger, o el mes y ano de efectuado el ultimo pago en caso existan pagos parciales a la deuda materia de acogimiento. 6. Monto de la deuda actualizada a la fecha de acogimiento Al monto del tributo o concepto pendiente de pago se aplicara el factor que corresponda al mes y ano del ultimo pago efectuado o del mes y ano de exigibilidad. La tabla de factores de actualizacion de la deuda debe descargarse de SUNAT Virtual. 7. Cuotas a fraccionar El numero MORDAZA de cuotas a fraccionar es de 120, y su monto no podra ser menor de S/. 185 nuevos soles. Para la determinacion del monto de la cuota se aplicara la siguiente formula:

(1+i/12) * i/12 C= (-----------------------) (1+i/12) ­ 1
n

n

*

(D-CI)

Donde: C: D: i: n: CI: Cuota mensual de fraccionamiento Deuda Tributaria materia de acogimiento Interes anual de fraccionamiento: 8% Numero de meses del fraccionamiento Cuota inicial

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