Norma Legal Oficial del día 03 de abril del año 2013 (03/04/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 3 de MORDAZA de 2013

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Aprueban Normas para el acogimiento de las Cooperativas Agrarias al Procedimiento de Regularizacion de la Deuda Tributaria establecido por la Ley N° 29972 y Tabla de Factores de Actualizacion
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA N° 109-2013/SUNAT
MORDAZA, 2 de MORDAZA de 2013 CONSIDERANDO: Que la Setima Disposicion Complementaria Final de la Ley N.° 29972, Ley que promueve la inclusion de los productores agrarios a traves de las cooperativas, establece que las cooperativas agrarias comprendidas en la citada ley puedan acoger su deuda tributaria pendiente de pago al procedimiento de regularizacion regulado por el referido dispositivo; Que el numeral 6 de la citada Setima Disposicion Complementaria Final senala que la SUNAT aprueba la tabla de factores de actualizacion, la forma y procedimientos para la imputacion de los pagos parciales, y demas normas y conceptos requeridos para su aplicacion incluyendo lo relativo a la solicitud de acogimiento; Que el inciso a) del numeral 8.1 del articulo 8° del Reglamento del Procedimiento de Regularizacion de la Deuda Tributaria de las Cooperativas Agrarias, aprobado por Decreto Supremo N.° 059-2013-EF, establece que para acogerse al referido procedimiento las cooperativas agrarias deberan cumplir hasta la fecha de acogimiento, entre otros, con presentar hasta el 30 de MORDAZA de 2013 la solicitud de acogimiento de acuerdo a la forma y las condiciones que establezca la SUNAT mediante resolucion de superintendencia; Que el numeral 11.2 del articulo 11° del citado reglamento dispone que las condiciones y el lugar para realizar el pago al contado o fraccionado de la deuda materia del procedimiento de regularizacion seran establecidos por la SUNAT mediante resolucion de superintendencia; Que la Primera Disposicion Complementaria Final del mismo reglamento, faculta a la SUNAT a emitir las normas que resulten necesarias para su mejor aplicacion; Que al MORDAZA del numeral 3.2 del articulo 14° del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de proyectos normativos y difusion de normas legales de caracter general, aprobado por el Decreto Supremo N.° 001-2009-JUS y normas modificatorias, no se prepublica la presente resolucion por considerar que ello es impracticable, en la medida que las cooperativas agrarias deben presentar la solicitud de acogimiento al procedimiento de regularizacion de su deuda tributaria hasta el 30 de MORDAZA del 2013; En uso de las facultades conferidas por la Setima Disposicion Complementaria Final de la Ley N.° 29972; el inciso a) del articulo 8°, el numeral 11.2 del articulo 11° y la Primera Disposicion Complementaria Final del Reglamento del Procedimiento de Regularizacion de la Deuda Tributaria de las Cooperativas Agrarias, aprobado por Decreto Supremo N.° 059-2013-EF; el articulo 11° del Decreto Legislativo N.° 501, Ley General de SUNAT, y normas modificatorias; el articulo 5° de la Ley N.° 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT; y, el inciso q) del articulo 19° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por el Decreto Supremo N.° 115-2002-PCM y normas modificatorias;

SE RESUELVE: Articulo 1°.- Definiciones Para efecto de la presente Resolucion, debera entenderse por: a) Ley :A la Ley N.° 29972, Ley que promueve la inclusion de los productores agrarios a traves de las cooperativas. b) Reglamento:Al Reglamento del Procedimiento de Regularizacion de la Deuda Tributaria de las Cooperativas Agrarias, aprobado por Decreto Supremo N.° 059-2013EF. c) Codigo Tributario: Al Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado mediante Decreto Supremo N.° 135-99-EF y normas modificatorias. d) Cooperativa Agraria: A la definida como tal en el inciso b) del articulo 2° de la Ley. e) Deudas materia del Procedimiento de Regularizacion: A las previstas en el numeral 1) de la Setima Disposicion Complementaria Final de la Ley, determinadas y actualizadas de acuerdo a lo dispuesto en los articulos 5° y 6° del Reglamento. f) Procedimiento de Regularizacion: Al procedimiento de regularizacion de las deudas tributarias de las cooperativas agrarias establecido por la Setima Disposicion Complementaria Final de la Ley. g) Resoluciones: A la Resolucion de Determinacion, Resolucion de Multa, Orden de Pago o cualquier otro documento emitido por la SUNAT que determine deuda tributaria. h) Sistema Pago Facil : Al aprobado por la Resolucion de Superintendencia N.° 125-2003/SUNAT y normas modificatorias, a traves del cual los deudores tributarios declaran y/o MORDAZA sus obligaciones tributarias, prescindiendo del uso de los formularios preimpresos. i) Solicitud de acogimiento : Al Formulario N.° 4846 "Solicitud de acogimiento a la regularizacion de la deuda tributaria de las cooperativas agrarias - Ley N.° 29972" aprobado por el articulo 2° de la presente resolucion. j) SUNAT : A la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria. Cuando se haga referencia a un articulo sin mencionar la MORDAZA a la que pertenece, se entendera referido a la presente resolucion. Asimismo, cuando se haga mencion a un numeral sin senalar el articulo al que corresponde, se entendera referido al articulo en el que se encuentre. Articulo 2°.- Aprobacion de la solicitud de acogimiento y de la tabla de factores de actualizacion de deuda materia del Procedimiento de Regularizacion Apruebase el Formulario N.° 4846 "Solicitud de acogimiento a la regularizacion de la deuda tributaria de las cooperativas agrarias - Ley N.° 29972", y la "Tabla de factores de actualizacion de deuda", los mismos que como anexos forman parte de la presente resolucion. El referido formulario debera ser utilizado por la Cooperativa Agraria para solicitar el acogimiento al Procedimiento de Regularizacion. La "Tabla de factores de actualizacion de deuda" debera ser utilizada por la Cooperativa Agraria que presente su Solicitud de acogimiento, a efecto de determinar el monto de la Deuda materia del Procedimiento de Regularizacion. El referido formulario y la mencionada tabla se encontraran a disposicion de la Cooperativa Agraria en el MORDAZA SUNAT (http://www.sunat.gob.pe), a partir de la fecha en que se publique la presente resolucion. Articulo 3°.- MORDAZA de la Solicitud de acogimiento 3.1 Para efecto de acogerse al Procedimiento de Regularizacion, hasta el 30 de MORDAZA de 2013, la Cooperativa Agraria debera presentar la Solicitud de acogimiento y cumplir con lo dispuesto en el numeral 4 de la Setima Disposicion Complementaria Final de la Ley y el articulo 8° del Reglamento. 3.2 La Cooperativa Agraria debera ingresar al MORDAZA SUNAT y obtener la Solicitud de acogimiento. Se debera llenar la informacion que se solicite en la referida solicitud, la cual, debidamente firmada por su representante legal, sera presentada en los lugares senalados en el articulo 4°.

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