Norma Legal Oficial del día 18 de abril del año 2013 (18/04/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano Jueves 18 de MORDAZA de 2013

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VISTOS: Los Partes Diarios N°s. 004626 y 013534 presentados por la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES CORPORACION MORDAZA MORDAZA INGENIEROS SAC., y; CONSIDERANDO: Que, el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, regula las condiciones, requisitos y procedimientos para la obtencion de la autorizacion y funcionamiento de las Escuelas de Conductores, tal como lo dispone el articulo 43º que establece las condiciones de acceso, asi como el articulo 51º que senala los requisitos documentales; Que, mediante Resolucion Directoral N° 28372009-MTC/15 de fecha 28 de agosto 2009, se otorgo autorizacion a la empresa denominada CORPORACION MORDAZA MORDAZA INGENIEROS SAC., para funcionar como Escuela de Conductores Profesionales, en la MORDAZA de MORDAZA, en adelante la Escuela, con el objetivo de impartir los conocimientos teoricos y practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA a los postulantes a una licencia de conducir de la clase A categoria II y Clase B categoria IIc, asi como los cursos de Capacitacion Anual para Transporte de mercancias, , curso de Seguridad Vial y Sensibilizacion del Infractor, y los cursos de Reforzamiento para la revalidacion de las licencias de conducir de la clase A categoria II; Que, mediante Resolucion Directoral N° 2224-2011MTC/15 de fecha 20 junio 2011, se autorizo la Ampliacion de Locales a La Escuela para funcionar en la MORDAZA del MORDAZA, con el objetivo de impartir los conocimientos teoricos y practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA a los postulantes a una licencia de conducir de la clase A categoria II y Clase B categoria IIc, asi como los cursos de Capacitacion Anual para Transporte de mercancias, curso de Seguridad Vial y Sensibilizacion del Infractor, y los cursos de Reforzamiento para la revalidacion de las licencias de conducir de la clase A categoria II; Que, mediante Parte Diario N° 004626 con fecha 11 de enero de 2013, La Escuela, solicita autorizacion para Ampliacion de local en el inmueble ubicado en Jr. San MORDAZA s/n MORDAZA cuadra, distrito y provincia de Tambopata, region de MORDAZA de MORDAZA, a fin de impartir los conocimientos teoricos y practicos a los postulantes a obtener una licencia de conducir de la Clase A Categorias II, III y BII-c; Que, mediante Oficio Nº 487-2013-MTC/15.03 de fecha 23 de enero de 2013, notificado el 25 de enero del presente ano, esta administracion formulo las observaciones pertinentes de la solicitud presentada por La Escuela, requiriendole la subsanacion correspondiente, para el cual se le otorgo un plazo de diez (10) dias habiles; Que, mediante Parte Diario N° 013534 con fecha 31 de enero de 2013, La Escuela, presento diversa documentacion con la finalidad de subsanar las observaciones senaladas en el oficio MORDAZA citado; Que, mediante Oficio N° 1095-2013-MTC/15.03 de fecha 22 de febrero de 2013 y notificado el mismo dia, se comunico a La Escuela que la inspeccion ocular se realizaria el dia 28 de febrero de 2013; Que, mediante Informe N° 001-2013-MTC/15.ams de fecha 04 de marzo de 2013, se adjunta el acta de inspeccion ocular realizada a las instalaciones de los locales propuestos por La Escuela, en el que el inspector concluye que dicha Escuela, cumple con lo establecido en el numeral 43.3 y 43.5 del Art. 43° del D.S. 040-2008MTC; Que, el Art. 1° de la Ley 29060, senala que los procedimientos de evaluacion previa estan sujetos a Silencio Positivo, cuando se trate de algunos de los siguientes supuestos: a) Solicitudes cuya estimacion habilite para el ejercicio de derechos preexistentes o para el desarrollo de actividades economicas que requieran autorizacion previa del Estado, y siempre que

Director de Certificaciones y Autorizaciones, que forman parte de la presente resolucion segun el Articulo 6.2 de la Ley 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, se considera procedente atender lo solicitado en lo pertinente, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru; su Reglamento; el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC modificado por la Resolucion Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus modificatorias, asi como las demas disposiciones legales vigentes; Que, la Administracion, en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, conforme lo dispone la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicacion del Articulo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, "la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender y revocar los Permisos de Operacion y Permisos de Vuelo", resolviendo el presente procedimiento mediante la expedicion de la Resolucion Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; el Reglamento vigente; demas disposiciones legales vigentes; y con la opinion favorable de las areas competentes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la compania HELIAMERICA S.A.C., la Modificacion de su Permiso de Operacion de Aviacion Comercial: Transporte Aereo Especial en el sentido de incrementar material aeronautico y zonas de operacion a las ya autorizadas de acuerdo al siguiente detalle: MATERIAL AERONAUTICO: (ademas de los ya autorizados) - SIKORSKY 64 ZONAS DE OPERACION: (ademas de las ya autorizadas) DEPARTAMENTO: MORDAZA - Helipuerto Cashiriari 3, Helipuerto Mipaya, Helipuerto Pagoreni A, Helipuerto Pagoreni B, Helipuerto MORDAZA Sagari, Helipuerto San MORDAZA 1, Helipuerto San MORDAZA 3. DEPARTAMENTO LORETO: - Contamana, Helipuerto MORDAZA N° 1, Helipuerto MORDAZA N° 3, Helipuerto HP-6, Helipuerto La Vista - Estacion 5, Helipuerto de Trompeteros, Shanusi. DEPARTAMENTO UCAYALI - Helipuerto CBL Shelsea, Helipuerto CSBL Nueva Italia, Helipuerto CSBL Nueva Italia 2, Helipuerto La Colpa 2X, Helipuerto Sheshea 1X, Masisea. Articulo 2º.- Los demas terminos de la Resolucion Directoral Nº 115-2009-MTC/12 del 25 de MORDAZA del 2009 y sus modificatorias continuan vigentes. Registrese, comuniquese y publiquese. GERMANDO SOARES YOPLACK Director General de Aeronautica Civil (e) 917276-1

Autorizan a Escuela de Conductores Integrales Corporacion MORDAZA MORDAZA Ingenieros SAC para funcionar en la MORDAZA de MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1203-2013-MTC/15 MORDAZA, 13 de marzo de 2013

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