Norma Legal Oficial del día 18 de abril del año 2013 (18/04/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano Jueves 18 de MORDAZA de 2013

493095
Estando a la facultad conferida por el articulo 7 numerales 8) y 9) del Reglamento del Tribunal Registral. SE RESUELVE: Articulo Primero: Disponer la publicacion de los precedentes de observancia obligatoria aprobados en la sesion ordinaria del Centesimo MORDAZA Pleno del Tribunal Registral de la SUNARP, realizado los dias 04 y 05 de MORDAZA de 2013, siendo el texto de los precedentes el siguiente: 1. REGISTRO: PRINCIPIOS REGISTRALES TEMA: MORDAZA DE LEGITIMACION SUMILLA: INSCRIPCION DE NULIDAD DECLARADA EN SEDE ADMINISTRATIVA "La resolucion administrativa que declara la nulidad de un acto administrativo inscrito es titulo suficiente para extender el correspondiente asiento cancelatorio". Criterio adoptado en las resoluciones N° 611-2011SUNARP-TR-A del 30/9/2011, N° 416-2005-SUNARPTR-L del 15/7/2005, Nº 408-C-2006-SUNARP-TR-L del 6/7/2006, Nº 102-2007-SUNARP-TR-T del 10/5/2007, Nº 019-2008-SUNARP-TR-T del 31/1/2008, y Nº 672-2008SUNARP-TR-L del 27/6/2008. 2. REGISTRO: PREDIOS TEMA: CANCELACION SUMILLA: CANCELACION DE LA MEDIDA CAUTELAR TRASLADADA DE PARTIDA MATRIZ "La cancelacion de la medida cautelar anotada en la partida matriz constituye la causa de la cancelacion no solo en esta partida sino tambien en las partidas independizadas a las cuales se MORDAZA trasladado, en razon de que la medida cautelar es la misma". Criterio adoptado en la Resolucion N° 368-2013SUNARP-TR-L del 01/03/2013. 3. REGISTRO: PERSONAS JURIDICAS TEMA: PERSONAS JURIDICAS QUE NO INTEGRAN EL SINARP SUMILLA: PERSONAS JURIDICAS INSCRITAS EN REGISTROS QUE NO INTEGRAN EL SINARP "La calificacion de actos de personas juridicas que, segun la ley, se realiza por el solo merito de la resolucion administrativa que los tiene por aprobados o reconocidos, recae solo en dicha resolucion". Criterio adoptado en las resoluciones N° 081-2012SUNARP-TR-A del 22/02/2012 y N° 1642-2012-SUNARPTR-L del 09/11/2012. Articulo Segundo: Los precedentes MORDAZA indicados seran de obligatorio cumplimiento a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ALAMO MORDAZA Presidente del Tribunal Registral 925906-1

Articulo 2°.- Encargar a la Oficina de Administracion el cumplimiento de lo dispuesto en el Articulo 1° de la presente Resolucion. Articulo 3°.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el diario oficial El Peruano y en el MORDAZA Institucional del OEFA (www.oefa.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA APAC Presidente del Consejo Directivo 926497-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Disponen la publicacion de precedentes de observancia obligatoria aprobados en la sesion ordinaria del Centesimo MORDAZA Pleno del Tribunal Registral de la SUNARP
RESOLUCION DEL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL REGISTRAL N° 099-2013-SUNARP/PT MORDAZA, 15 de MORDAZA de 2013 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al articulo 28 de la Resolucion Suprema N° 135-2002-JUS, que aprueba el Estatuto de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, el Tribunal Registral es el Organo de MORDAZA Instancia Administrativa con competencia nacional conformado por MORDAZA descentralizadas e itinerantes; Que, de conformidad con lo previsto en el literal c) del articulo 64 del Reglamento de Organizaciones y Funciones de la SUNARP aprobado mediante Resolucion Suprema Nº 139-2002-JUS, es funcion del Tribunal Registral aprobar precedentes de observancia obligatoria en los Plenos Registrales que para el efecto se convoquen; Que, en la sesion ordinaria del Centesimo MORDAZA Pleno del Tribunal Registral, modalidad presencial, realizado los dias 04 y 05 de MORDAZA de 2013, se aprobaron tres (03) precedentes de observancia obligatoria; Que, el articulo 32 del Reglamento del Tribunal Registral, aprobado por Resolucion de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos Nº 263-2005SUNARP/SN del 18 de octubre de 2005, prescribe que "los acuerdos del Pleno Registral que aprueben precedentes de observancia obligatoria estableceran las interpretaciones a seguirse de manera obligatoria por las instancias registrales, en el ambito nacional, mientras no MORDAZA expresamente modificados o dejados sin efecto mediante otro acuerdo de Pleno Registral, por mandato judicial firme o MORDAZA modificatoria posterior"; Que, de conformidad con el articulo 33 del Reglamento del Tribunal Registral y el articulo 158 del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de los Registros Publicos, aprobado mediante Resolucion del Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nº 126-2012-SUNARP-SN del 18 de MORDAZA de 2012, "Los precedentes de observancia obligatoria aprobados en Pleno Registral deben publicarse en el diario oficial "El Peruano", mediante Resolucion del Presidente del Tribunal Registral, siendo de obligatorio cumplimiento a partir del dia siguiente de su publicacion en dicho diario. Adicionalmente, dichos precedentes, conjuntamente con las resoluciones en las que se adopto el criterio, se publicaran en la pagina web de la SUNARP"; Que, asimismo, mediante Resolucion del Superintendente Adjunto de los Registros Publicos Nº 0032013-SUNARP/SA del 16 de febrero de 2013, se dispuso que a partir de la fecha, los Precedentes de Observancia Obligatoria que se aprueben en los posteriores Plenos Registrales, MORDAZA categorizados por temas, a fin de ser incorporados, permanentemente, al Indice tematico de Precedentes de Observancia Obligatoria del Tribunal Registral;

PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Establecen conformacion de la Primera Sala Civil Sub Especialidad Comercial y disponen permanencia de Juez Supernumerario
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA Presidencia RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 383-2013-P-CSJL/PJ MORDAZA, 15 de MORDAZA del 2013

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