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El Peruano Jueves 29 de agosto de 2013 501989 Superiores de Justicia de Arequipa, Cusco, Lambayeque, La Libertad, Lima, Callao, Cajamarca, Ica, Lima Norte, Junín, Santa, Lima Sur, Moquegua, Cañete, Tacna, Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ Presidente 981279-2 Dan por concluida designación de Jefe encargado de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 171-2013-CE-PJ Lima, 14 de agosto de 2013 VISTO: El Ofi cio Nº 526-2013-L-ODECMA-CSJMD/PJ, cursado por el doctor Omar de la Cruz Gutiérrez, Juez Superior Titular y Jefe (e) de la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios. CONSIDERANDO: Primero. Que mediante Resolución Administrativa Nº 104-2013-CE-PJ, de fecha 14 de junio del año en curso, este Órgano de Gobierno, entre otros aspectos, designó por excepción al doctor Wilmar de la Cruz Gutiérrez, Juez Superior Titular de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho, como Jefe encargado de la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios, con retención de su cargo titular, hasta la dilucidación de la investigación disciplinaria contra el doctor John Rosel Hurtado Centeno, entonces Presidente de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios, y/o el Consejo Nacional de la Magistratura proceda a la cobertura de las plazas vacantes de Jueces Superiores titulares en dicho Distrito Judicial. Segundo. Que, al respecto, el juez superior recurrente informa a este Órgano de Gobierno que por Resolución del Consejo Nacional de la Magistratura Nº 216-2013- CNM, de fecha 17 de junio del año en curso, el citado órgano constitucional autónomo nombró al doctor Adolfo Nicolás Cayra Quispe como Juez Superior Titular de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios, quien ha sido incorporado a sus funciones en dicha condición con efectividad al 1 de agosto del año en curso, de conformidad con lo dispuesto mediante Resolución Administrativa Nº 852-2013-P-CSJMD/PJ, expedida por la Presidencia de la citada Corte Superior. Tercero. Que, siendo así, y acorde con lo establecido en la Resolución Administrativa Nº 104-2013-CE- PJ, teniendo en cuenta que el Consejo Nacional de la Magistratura ha nombrado Juez Superior Titular en dicho Distrito Judicial, corresponde dar por concluida la designación del doctor Wilmar de la Cruz Gutiérrez, como Jefe encargado de la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios, debiendo retornar a sus funciones en su calidad de Juez Superior Titular del Distrito Judicial de Ayacucho. Cuarto. Que el artículo 82º, numeral 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece como atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial adoptar medidas necesarias para que las dependencias del Poder Judicial funcionen con celeridad y efi ciencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo Nº 602- 2013 de la trigésima tercera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Mendoza Ramírez, Walde Jáuregui, Ticona Postigo, Meneses Gonzales, Palacios Dextre y Chaparro Guerra. Por unanimidad. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del doctor Wilmar de la Cruz Gutiérrez, como Jefe encargado de la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios, debiendo retornar a sus funciones como Juez Superior Titular del Distrito Judicial de Ayacucho; agradeciéndosele por la labor desempeñada. Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia de Madre de Dios y Ayacucho, Gerencia General del Poder Judicial y al interesado, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ Presidente 981279-3 ORGANOS AUTONOMOS INSTITUCIONES EDUCATIVAS Imponen sanción administrativa de amonestación a estudiante de la Universidad Nacional del Callao UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL DE HONOR RESOLUCIÓN Nº 014-2013-TH/UNAC Callao, 21 de mayo del 2013 El Tribunal de Honor de la Universidad Nacional del Callao reunido en su sesión de Trabajo de fecha 12 de Marzo del 2013, VISTO, el Ofi cio Nº 970-2012-OSG de la Ofi cina de Secretaría General recepcionado con fecha 27.12.2012 mediante el cual el Secretario General de la Universidad Nacional del Callao remite a este Órgano colegiado la copia fedateada del Expediente Nº 5431, relacionado con la Instauración de Proceso Administrativo Disciplinario a la Estudiante RAYSA ROSARIO LIZÁRRAGA HERNÁNDEZ de la Facultad de Ciencias Económicas. CONSIDERANDO: 1. Que, mediante Informe Nº 36-2012-TH/UNAC de fecha 07 de Septiembre de 2012, se recomendó al Rector de la Universidad Nacional del Callao, aperturar Proceso Administrativo Disciplinario contra la estudiante RAYSA ROSARIO LIZÁRRAGA HERNÁNDEZ de la Facultad de Ciencias Económicas, por los fundamentos que en dicho Informe se expone. 2. Que, mediante Resolución Nº 1050-2012-R de fecha 29 de Noviembre de 2012, se resolvió instaurar Proceso Administrativo Disciplinario contra la estudiante RAYSA ROSARIO LIZARRAGA HERNANDEZ, habiéndose cumplido con notifi carle conforme al cargo obrante a fojas 77 del presente expediente. 3. Que, en la Resolución se dispuso en el segundo numeral que la mencionada estudiante se apersone a la Ofi cina del Tribunal de Honor dentro de los diez (10) días hábiles que corren a partir de la notifi cación de la Resolución, a efecto de recabar el pliego de cargos para la formulación de su descargo, el cual debe presentar debidamente sustentado. 4. Que, luego de reiteradas veces de llamadas telefónicas a su domicilio, comprometiéndose en todas éstas, acercarse a recoger su Pliego de Cargos; sin embargo no lo hizo. Según el Art. Nº 27º “….Si el docente