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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE AGOSTO DEL AÑO 2013 (29/08/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 28

El Peruano Jueves 29 de agosto de 2013 501982 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución CONASEV Nº 618-97- EF/94.10 del 23 de setiembre de 1997 se autorizó el funcionamiento de BBVA Asset Management Continental S.A. Sociedad Administradora de Fondos, para actuar como administradora de fondos mutuos de inversión en valores; Que, BBVA Asset Management Continental S.A. Sociedad Administradora de Fondos solicitó la inscripción del fondo mutuo de inversión en valores denominado “Fondo de Fondos BBVA Selección Estratégica FMIV”, en la sección correspondiente del Registro Público del Mercado de Valores, completándose la documentación necesaria el 22 de agosto de 2013; Que, de la evaluación de la documentación presentada se ha determinado que BBVA Asset Management Continental S.A. Sociedad Administradora de Fondos ha cumplido con los requisitos previstos para la inscripción del fondo mutuo de inversión en valores denominado “Fondo de Fondos BBVA Selección Estratégica FMIV”; y, Estando a lo dispuesto por el artículo 1 inciso b del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Decreto Ley Nº 26126, modifi cado por Ley Nº 29782; el artículo 38, numeral 6 y 7, del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Decreto Supremo Nº 216-2011-EF; así como el artículo 1 de las Normas Relativas a la Publicación y Difusión de las Resoluciones Emitidas por los Órganos Decisorios de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Resolución CONASEV Nº 073-2004-EF/94.10. RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la inscripción del fondo mutuo de inversión en valores denominado “Fondo de Fondos BBVA Selección Estratégica FMIV”, así como del Prospecto Simplifi cado y Contrato de Administración correspondientes, en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 2º.- En la gestión del fondo mutuo de inversión en valores a que se refi ere el artículo precedente, BBVA Asset Management Continental S.A. Sociedad Administradora de Fondos, utilizará el reglamento de participación aprobado mediante Resolución de Intendencia General de Supervisión de Entidades Nº 172-2012-SMV/10.2. Artículo 3º.- La publicidad que realice BBVA Asset Management Continental S.A. Sociedad Administradora de Fondos para promocionar el fondo mutuo de inversión en valores a que se refi ere el artículo 1º de la presente resolución, no debe inducir a error o confusión y debe realizarse conforme a las normas correspondientes del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras y demás normas que le resulten aplicables. Artículo 4º.- La inscripción a que se refi ere el artículo 1 de la presente resolución no implica que la Superintendencia del Mercado de Valores recomiende la suscripción de cuotas del citado fondo mutuo de inversión en valores u opine favorablemente sobre su rentabilidad o calidad. Artículo 5º.- BBVA Asset Management Continental S.A. Sociedad Administradora de Fondos deberá remitir a la SMV la versión actualizada del prospecto simplifi cado, incluyendo la fecha de entrada en vigencia; así como la actualización de la referencia a la resolución que aprueba el fondo en cuestión, en un plazo no mayor a quince (15) días hábiles desde la notifi cación de la presente resolución. Artículo 6º.- La presente resolución deberá publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano de forma previa a la colocación de las cuotas de participación. Artículo 7º.- Disponer la difusión de la presente resolución en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob. pe). Artículo 8º.- Transcribir la presente resolución a BBVA Asset Management Continental S.A. Sociedad Administradora de Fondos y al BBVA Banco Continental, en su condición de custodio. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARMANDO MANCO MANCO Intendente General Intendencia General de Supervisión de Entidades 979849-1 Autorizan funcionamiento de Andes Securities Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A. como sociedad administradora de fondos de inversión RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENTE Nº 103-2013-SMV/02 Lima, 26 de agosto de 2013 LA SUPERINTENDENTE DEL MERCADO DE VALORES VISTOS: El expediente Nº 2013015100, así como el Informe Nº 804-2013-SMV/10 del 23 de agosto de 2013 presentado por la Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Intendencia General de Supervisión de Entidades Nº 34-2012-SMV/10.2 del 27 de abril de 2012, se otorgó al señor Jacobo Daniel Said Montiel y la señora Mónica Luisa Huerta Delgado, autorización para la organización de una sociedad administradora de fondos de inversión denominada Andes Securities Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A.; Que, dentro del marco de la resolución mencionada en el considerando anterior, se solicitó a la Superintendencia del Mercado de Valores la autorización de funcionamiento de Andes Securities Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A.; Que, luego de la evaluación de la documentación presentada, se ha determinado que Andes Securities Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A. ha cumplido con los requisitos previstos para la obtención de la autorización de funcionamiento como sociedad administradora de fondos de inversión; y, Estando a lo dispuesto por el artículo 3, numeral 1, del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado mediante Decreto Ley Nº 26126 y modifi cado por Ley Nº 29782, Ley de Fortalecimiento de la Supervisión del Mercado de Valores; así como por el artículo 12, numeral 1, del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Decreto Supremo Nº 216-2011-EF; RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el funcionamiento como sociedad administradora de fondos de inversión de Andes Securities Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A. Artículo 2º.- Disponer la inscripción de Andes Securities Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A., en la sección correspondiente del Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 3º.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 4º.- Disponer la difusión de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv. gob.pe). Artículo 5º.- Transcribir la presente resolución a Andes Securities Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese. LILIAN ROCCA CARBAJAL Superintendente del Mercado de Valores 980358-1