Norma Legal Oficial del día 29 de agosto del año 2013 (29/08/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano Jueves 29 de agosto de 2013

501991

Autorizan tramite de apoyo economico a favor de alumnos de la Universidad Nacional de Ingenieria, para que asistan a evento a realizarse en Colombia
UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERIA RESOLUCION RECTORAL Nº 1234
MORDAZA, 21 de agosto de 2013 Visto el Prov. Nº 1914-Rect.- de fecha 19 de agosto de 2013, del Despacho del Rectorado de la Universidad Nacional de Ingenieria; CONSIDERANDO: Que, la Ley Universitaria, Ley 23733 en su articulo 2º, establece como uno de los fines de la Universidad, el de realizar investigacion en las humanidades, las ciencias y las tecnologias, y fomentar la creacion intelectual y artistica; Que, mediante Oficio Nº 043-2013 SEASME-FIM-UNI de fecha 15 de agosto de 2013, la Seccion Estudiantil ASME UNI informa que como parte de sus actividades programadas, el 07 de agosto del presente ano se organizo el Mini SPDCUNI, a traves del cual se clasifico a 05 estudiantes (JOSE MORDAZA MORDAZA MORDAZA, DIMEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA YRUPAILLA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA CASTRO), para que asistan en representacion de la Universidad Nacional de Ingenieria al SPDC "Student Professional Development Conference 2013", evento que tendra la participacion de universidades de toda Latinoamerica y el Caribe y que se llevara a cabo en la Universidad de los Andes, en la MORDAZA de Bogota, Colombia; motivo por el cual solicitan la suma de S/. 7 140.00, para financiar los gastos que irrogue su participacion en el citado evento; Que, el Despacho del Rectorado mediante el Prov. Nº 1185-Rect.- del 7 de MORDAZA de 2013, informa que con recursos directamente recaudados de la administracion central se financiara el 50% de lo solicitado para la participacion de los estudiantes al Student Professional Development Conference 2013; asimismo, mediante proveido del 09 de MORDAZA de 2013 el Decano de la Facultad de Ingenieria Mecanica informa que se cubrira el otro 50% de lo solicitado con fondos de la Facultad; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 50º inciso c) del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingenieria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autoricese el tramite correspondiente al apoyo economico por el monto total de S/. 7,140.00, a favor de los alumnos de la Facultad de Ingenieria Mecanica (JOSE MORDAZA MORDAZA MORDAZA, DIMEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA YRUPAILLA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA CASTRO); para que asistan en representacion de la Universidad Nacional de Ingenieria al SPDC "Student Professional Development Conference 2013", que se llevara a cabo en la Universidad de los Andes, en la MORDAZA de Bogota, Colombia; fortaleciendo el alto prestigio de la Universidad Nacional de Ingenieria. Articulo 2º.- Los gastos indicados en el articulo precedente seran financiados, el 50% a traves de los recursos directamente recaudados de la Administracion Central, y el otro 50% a traves de los recursos directamente recaudados de la facultad de Ingenieria Mecanica. Articulo 3º.- Disponer que la Oficina Central de Logistica publique la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, con cargo a los Recursos Directamente Recaudados de la Administracion Central. Articulo 4º.- Dar cuenta al Consejo Universitario. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector

MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES
Renuevan inscripcion de Centro de Comunicaciones Amakella en el Registro Electoral de Encuestadoras
RESOLUCION Nº 743-2013-JNE
Expediente N.º J-2013-00963 REGISTRO ELECTORAL DE ENCUESTADORAS MORDAZA, seis de agosto de dos mil trece VISTA la solicitud de renovacion de inscripcion en el Registro Electoral de Encuestadoras, formulada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en calidad de representante legal de la encuestadora Centro de Comunicacion Amakella. ANTECEDENTES Mediante la Resolucion N.º 437-2010-JNE, del 2 de MORDAZA del 2010, se inscribio a la Asociacion Centro de Comunicacion Amakella en el Registro Electoral de Encuestadoras, con Partida Registral N.º 185-REE/JNE. Posteriormente, por medio de escrito, presentado el dia 23 de MORDAZA de 2013, se solicito la renovacion de inscripcion de la referida persona juridica en el Registro Electoral de Encuestadoras. CONSIDERANDOS 1. De acuerdo con los articulos 178.1 y 178.3 de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 5.g de la Ley N.º 26486, Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones, este organo constitucional tiene la funcion de fiscalizar la legalidad del MORDAZA electoral y velar por el cumplimiento de las normas sobre organizaciones politicas y demas disposiciones referidas a materia electoral. Asimismo, de conformidad con el articulo 18 de la Ley N.º 27369, Ley que modifica la Ley Organica de Elecciones, el MORDAZA Nacional de Elecciones mantiene el Registro Electoral de Encuestadoras, regula los requisitos y procedimientos de inscripcion. Del mismo modo, establece que solo podran publicarse encuestas realizadas por personas naturales o juridicas que cuenten con inscripcion vigente en el referido registro. 2. En ese sentido, mediante la Resolucion N.º 50112010-JNE, se aprobo el Reglamento del Registro Electoral de Encuestadoras (en adelante, el Reglamento), en el cual se establecen el procedimiento y los requisitos de inscripcion de las personas juridicas o naturales, que pretendan realizar encuestas y proyecciones sobre intencion de MORDAZA, asi como lo referido a la publicacion, difusion y al procedimiento de sancion por la infraccion de estas normas. Al respecto, es menester precisar que el articulo 7 del Reglamento establece los requisitos para la renovacion de inscripcion, dentro de los cuales se debe presentar MORDAZA actualizada de la ficha registral emitida por la Superintendencia Nacional de Registros Publicos, la ficha RUC expedida por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria y la MORDAZA de pago de la tasa correspondiente. 3. Se advierte que la solicitante ha cumplido con presentar la MORDAZA actualizada de la ficha registral de la Asociacion Centro de Comunicacion Amakella, correspondiente a la Partida Registral N.º 01065222 (fojas 2 a 21), la MORDAZA de vigencia del RUC N.º 20170368313 (fojas 22 y 23), y la MORDAZA de pago de la tasa correspondiente (foja 24). Igualmente, no se ha constatado la necesidad de actualizar la informacion registrada previamente. En consecuencia, corresponde renovar la inscripcion en el Registro Electoral de Encuestadoras a Centro de Comunicacion Amakella, en la Partida Registral N.º 185-REE/JNE. Cabe resaltar que la renovacion de inscripcion otorgada perdera vigencia luego de transcurridos tres anos, contados a partir del dia siguiente de la publicacion en el Diario Oficial El Peruano de la presente resolucion, conforme con el articulo 5 del Reglamento. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,

980502-1

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