Norma Legal Oficial del día 06 de diciembre del año 2013 (06/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano Viernes 6 de diciembre de 2013

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FMIV", asi como del prospecto simplificado respectivo, en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 2º.- En la gestion del fondo mutuo de inversion en valores a que se refiere el articulo precedente, Credicorp Capital S.A. Sociedad Administradora de Fondos utilizara el reglamento de participacion y el contrato de administracion, aprobados mediante Resolucion de Intendencia General de Supervision de Entidades Nº 143-2012-SMV/10.2. y Nº 008-2011-SMV/10.2., respectivamente. Articulo 3º.- La publicidad que realice Credicorp Capital S.A. Sociedad Administradora de Fondos para promocionar el fondo mutuo de inversion en valores a que se refiere el articulo 1º de la presente resolucion, no debe inducir a error o confusion y se debe realizar conforme a las normas correspondientes del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversion en Valores y sus Sociedades Administradoras y demas normas que le resulten aplicables. Articulo 4º.- La inscripcion a que se refiere el articulo 1 de la presente resolucion no implica que la Superintendencia del MORDAZA de Valores recomiende la suscripcion de cuotas del citado fondo mutuo de inversion en valores u opine favorablemente sobre su rentabilidad o calidad. Articulo 5º.- Credicorp Capital S.A. Sociedad Administradora de Fondos debera dar cumplimiento a los incisos a) y c) del Anexo F del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversion en Valores y sus Sociedades Administradoras, aprobado mediante Resolucion CONASEV Nº 068-2010-EF/94.01.1 y sus modificatorias, en un plazo no mayor de quince (15) dias habiles de la notificacion de la presente resolucion. Articulo 6º.- La presente resolucion debera publicarse en el Diario Oficial El Peruano de forma previa a la colocacion de las cuotas de participacion. Articulo 7º.- Disponer la difusion de la presente resolucion en el MORDAZA del MORDAZA de Valores de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (www.smv.gob.pe). Articulo 8º.- Transcribir la presente resolucion a Credicorp Capital S.A. Sociedad Administradora de Fondos y al BCP Banco de Credito del Peru, en su condicion de custodio. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MANCO MANCO Intendente General Intendencia General de Supervision de Entidades 1001894-1

Articulo 7º.- Disponer la difusion de la presente resolucion en el MORDAZA del MORDAZA de Valores de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (www.smv.gob. pe). Articulo 8º.- Transcribir la presente resolucion a Credicorp Capital S.A. Sociedad Administradora de Fondos y al BCP Banco de Credito del Peru, en su condicion de custodio. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MANCO MANCO Intendente General Intendencia General de Supervision de Entidades 1001895-1

Disponen la inscripcion de fondo mutuo de inversion en valores "BCP Corto Plazo Soles FMIV", asi como del prospecto simplificado respectivo, en el Registro Publico del MORDAZA de Valores
RESOLUCION DE INTENDENCIA GENERAL DE SUPERVISION DE ENTIDADES Nº 125-2013-SMV/10.2 MORDAZA, 16 de octubre de 2013 EL INTENDENTE GENERAL DE DE ENTIDADES VISTOS: El Expediente Nº 2013033818 presentado por Credicorp Capital S.A. Sociedad Administradora de Fondos (antes Credifondo S.A. Sociedad Administradora de Fondos), asi como el Informe Nº 970-2013-SMV/10.2 del 09 de octubre de 2013 de la Intendencia General de Supervision de Entidades; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion CONASEV Nº 05395-EF/94.10 del 25 de enero de 1995 se autorizo el funcionamiento de Credifondo S.A. Sociedad Administradora de Fondos Mutuos de Inversion en Valores, hoy denominado Credicorp Capital S.A. Sociedad Administradora de Fondos, para actuar como administradora de fondos mutuos de inversion en valores; Que, en aplicacion del articulo 37 del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversion en Valores y sus Sociedades Administradoras, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 068-2010-EF/94.01.1 y sus modificatorias, mediante escritos presentados hasta el 09 de octubre de 2013, Credicorp Capital S.A. Sociedad Administradora de Fondos solicito la inscripcion del fondo mutuo de inversion en valores denominado "BCP Corto Plazo Soles FMIV", en la seccion correspondiente del Registro Publico del MORDAZA de Valores; Que, de la evaluacion de la informacion y documentacion presentada se ha determinado que Credicorp Capital S.A. Sociedad Administradora de Fondos ha cumplido con los requisitos previstos para la inscripcion del fondo mutuo de inversion en valores denominado "BCP Corto Plazo Soles FMIV", tal como se desarrolla en el Informe Nº 970-2013SMV/10.2; y, Estando a lo dispuesto por el articulo 1 inciso b del Texto Unico Concordado de la Ley Organica de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, aprobado por Decreto Ley Nº 26126, modificado por Ley Nº 29782; el articulo 38, numeral 6 y 7, del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, aprobado por Decreto Supremo Nº 216-2011EF; asi como el articulo 1 de las Normas Relativas a la Publicacion y Difusion de las Resoluciones Emitidas por los Organos Decisorios de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 073-2004-EF/94.10. RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la inscripcion del fondo mutuo de inversion en valores denominado "BCP Corto Plazo Soles

Aprueban formatos e-prospectus Bonos de Arrendamiento Financiero (e - prospectus BAF), que podran ser utilizados a traves del MVNet
RESOLUCION DE SUPERINTENDENTE Nº 156-2013-SMV/02 MORDAZA, 4 de diciembre de 2013 LA SUPERINTENDENTE DEL MORDAZA DE VALORES VISTOS: El Expediente N° 2013003636 y el Memorandum Conjunto N° 2925-2013-SMV/06/09/11 de fecha 03 de diciembre de 2013 emitido por la Oficina de Asesoria Juridica, la Oficina de Tecnologias de Informacion y la Superintendencia Adjunta de Supervision de Conductas de Mercados de la Superintendencia del MORDAZA de Valores - SMV; CONSIDERANDO: Que, segun el literal a) del articulo 1 del Texto Unico Concordado de la Ley Organica de la SMV, aprobado mediante Decreto Ley Nº 26126 y modificado por la Ley de Fortalecimiento de la Supervision del MORDAZA de Valores, Ley Nº 29782, la SMV esta facultada para dictar las normas legales que regulen materias del MORDAZA de valores;

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