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El Peruano Viernes 6 de diciembre de 2013 508570 SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR el viaje a la Universidad de Santiago de Compostela- España, en el período comprendido entre el 8 al 21 de Diciembre del 2013, a la Comisión de Reforma Curricular de la Universidad Nacional “San Luis Gonzaga” de Ica, integrada por los siguientes docentes: - ARONES MAYURI, Maritza Elizabeth - SARAVIA ALVIAR, Oriele Del Carmen - PACHECO BERTOLOTTI, Norma Cecilia - SIVIRICHI REVATTA, Carlos Jesús - ALVARADO ALFARO, Susana - MASSIRONI PALOMINO, Isabel Rossana - ALZAMORA GARCÍA, Edmundo - ESPINOZA DE ARENAS, Luz Marina Artículo 2º.- AUTORIZAR a la Ofi cina General de Presupuesto y Planifi cación, Ofi cina General de Administración y a las dependencias administrativas otorgar a la delegación nombrada del artículo 1º el otorgamiento del viático de acuerdo a Ley; correspondiéndole: 23.21.22 Viáticos (8 Docentes) = 13 días x € 105 por día S/. 43,134.00 Artículo 3º.- DETERMINAR que dentro de los (15) días calendarios siguientes de efectuado el viaje, las autoridades antes citadas deberán presentar ante el Concejo Universitario de la Universidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje. Artículo 4º- DETERMINAR que la presente norma no da derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase de denominación a favor de los funcionarios cuyos viajes se autorizan. Artículo 5º- ENCARGAR a la Secretaria General y a la Ofi cina General de Administración de la Universidad Nacional “San Luis Gonzaga” de Ica, la publicación en el Diario Ofi cial “EL PERUANO” de conformidad a las normas vigentes. Artículo 6º- COMUNICAR de la presente Resolución Rectoral a los interesados y a las dependencias de la Universidad, para su conocimiento y cumplimiento. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALEJANDRO GABRIEL ENCINAS FERNANDEZ Rector 1024000-2 Aprueban la expedición de duplicado de diploma de Título Profesional de Ingeniero de Petróleo de la Universidad Nacional de Ingeniería UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL N° 1784 Lima, 29 de noviembre de 2013 Visto el expediente STDUNI: 125020-2013 presentado por el ingeniero Víctor Rodolfo Salazar Cossio, quien solicita duplicado de su diploma del Título Profesional de Ingeniero de Petróleo; CONSIDERANDO: Que, el ingeniero Víctor Rodolfo Salazar Cossio, identifi cado con DNI Nº 03875490, egresado de esta Casa de Estudios, mediante el expediente del visto solicita la expedición del duplicado de su diploma de su Título Profesional de Ingeniero de Petróleo; por pérdida de dicho documento, adjuntando la documentación sustentatoria respectiva, según lo dispuesto en el Reglamento de Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales, aprobado por Resolución Rectoral Nº 0122, del 18 de enero del 2008; Que, la Ofi cina de Trámite Documentario, Grados y Títulos de la Secretaría General de la Universidad, mediante informe de fecha 04.11.2013 precisa que el diploma del ingeniero Víctor Rodolfo Salazar Cossio, se encuentra registrado en el Libro de Registro de Título Profesionales N° 14, página 195, con el número 15469-G; teniéndose en cuenta la documentación que acompaña según el Ofi cio Nº 852-2013/1er.VR, de fecha 18 de noviembre del 2013, del Primer Vicerrector, Geól. José S. Martínez Talledo y la recomendación de la Comisión Académica y de Investigación en su sesión Nº 47-2013 realizada el 18.11.2013; y Que, el Consejo Universitario en su sesión extraordinaria Nº 32 del 27 de noviembre del 2013 acordó aceptar lo solicitado y se expida el duplicado del Título Profesional de Ingeniero de Petróleo al ingeniero Víctor Rodolfo Salazar Cossio; De conformidad con las facultades conferidas en el inciso c), artículo número 50º del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar la expedición de duplicado del diploma de Título Profesional de Ingeniero de Petróleo al ingeniero VÍCTOR RODOLFO SALAZAR COSSIO, otorgado el 15 de mayo de 1996. Regístrese, comuníquese y archívese AURELIO M. PADILLA RÍOS Rector 1023594-1 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Declaran que presidente del Gobierno Regional de Huancavelica no ha incurrido en infracción al Reglamento de Publicidad Estatal en Período Electoral RESOLUCIÓN Nº 862-2013-JNE Expediente Nº J-2013-0823 HUANCAVELICA JEE HUANCAYO RECURSO DE APELACIÓN Lima, diecisiete de setiembre de dos mil trece. VISTO en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Maciste Alejandro Díaz Abad, presidente del Gobierno Regional de Huancavelica, contra la Resolución Nº 0005-2013- JEEH/JNE, emitida el 1 de julio de 2013 por el Jurado Electoral Especial de Huancayo, sobre infracción del Reglamento de Publicidad Estatal en Periodo Electoral, en el marco del proceso de Segunda Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2013. ANTECEDENTES Respecto del procedimiento de determinación de infracción Mediante el Informe Nº 03-2013-EJRT-FD- ACOSTAMBO-JEEHUANCAYO-REV2013, emitido el 27 de mayo de 2013 por el fi scalizador distrital de Acostambo (fojas 82 a 88), se puso en conocimiento del Jurado Electoral Especial de Huancayo (en adelante JEE), la existencia de dos paneles publicitarios, uno ubicado en la calle Real s/n, altura del Km. 158 de la red vial Huancayo-Huancavelica, una cuadra hacia el sur de la Comisaría PNP de Acostambo, en el que se difundía la obra “Mejoramiento y Ampliación de los Servicios de Comunicación en 6 distritos de la provincia de Tayacaja - departamento de Huancavelica”, y otro ubicado en la calle Real s/n, esquina con la avenida Cementerio,