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El Peruano Viernes 6 de diciembre de 2013 508568 Que, en aplicación del Artículo 4º del Reglamento de la Ley Nº 27806, la designación del funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia se efectúa mediante Resolución de la máxima autoridad de la Entidad y será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano. Adicionalmente, la Entidad colocará copia de la Resolución de designación en lugar visible en cada una de sus sedes administrativas; Que, en ese sentido, resulta necesario designar al funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú; Que, mediante Informe Nº 326-2013-DAL-ENSABAP la Dirección de Asesoría Legal otorga la conformidad correspondiente a la presente Resolución Directoral; Estando a lo dispuesto y con las visaciones respectivas; y, De conformidad con las normas acotadas, el Estatuto y el Reglamento General aprobados con Decreto Supremo Nº 015-2009-ED y con Resolución Directoral Nº 338-2009- ENSABA respectivamente; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO, la Resolución Directoral Nº 108-2013-ENSABAP, de fecha 17 de julio de 2013, en la que se designó al Sr. Luis Estanislao Peralta Galván, como funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú. Artículo Segundo.- DESIGNAR, con efi cacia anticipada a partir del 01 de octubre de 2013, al Director Administrativo de la ENSABAP, Sr. Carlos Armando Bancayán Oré como funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente Resolución. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Dirección Administrativa, la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Ofi cial El Peruano, en el Portal Institucional y en cada una de las sedes administrativas de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú. Regístrese, publíquese y cúmplase. DAVID SIXTO DURAND ATO Director General ARACELLI Y. RUFINO CUMPA Secretaria General 1023775-1 Autorizan viaje de Autoridades y Comisión de Reforma Curricular de la Universidad Nacional “San Luis Gonzaga” de Ica a España, en comisión de servicios UNIVERSIDAD NACIONAL “SAN LUIS GONZAGA” DE ICA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 1699-R-UNICA-2013 Ica, 29 de Noviembre del 2013 VISTO: El Ofi cio Nº 688-D/OGCT-UNICA-2013 del 17 de Setiembre del 2013, de la Directora de la Ofi cina General de Cooperación Técnica, quien remite la cotización de la estadía de los docentes representantes de las 3 áreas profesionales para el viaje de capacitación de acreditación, a la Universidad de Santiago de Compostela- España. CONSIDERANDO: Que, la Universidad Nacional “San Luis Gonzaga” de Ica, desarrolla sus actividades dentro de la autonomía de gobierno, normativa, académica, administrativa y económica, prevista en el artículo 18º de la Constitución Política del Estado, la Ley Universitaria Nº 23733, y el Estatuto Universitario; Que, con Resolución N° 871-COG-P-UNICA-2012 del 4 de Setiembre del 2012 se nombra al Dr. Alejandro Gabriel ENCINAS FERNÁNDEZ, Docente Principal a D.E., como Rector de la Universidad Nacional “San Luis Gonzaga” de Ica, para el periodo 2012 – 2017, comprendido desde el 05 de Setiembre de 2012 hasta el 04 de Setiembre de 2017; Que, el inciso h) del artículo 4º del Estatuto Universitario establece que la Universidad Nacional “San Luis Gonzaga” de Ica se rige por el principio de identifi car el quehacer científi co, tecnológico y cultural de la Universidad con los intereses del progreso y la democracia del pueblo peruano; Que, el artículo 150° inciso n) del Estatuto Universitario establece como atribución del Consejo Universitario autorizar las licencias “De las autoridades que viajan por comisión de servicio, dentro y fuera del país, Cuando la solicitan en el ejercicio al cargo de gobierno por un período no mayor de seis (6) meses; Que, el artículo 368º del Título XII De las Relaciones Interinstitucionales del Estatuto Universitario, determina que la Universidad Nacional “San Luis Gonzaga” de Ica establece relaciones de cooperación e intercambio con personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, cuyas actividades sean compatibles con los objetivos institucionales de la Universidad Nacional “San Luis Gonzaga” de Ica; Que, la Ley Nº 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y el penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29951, establece, respecto a los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos y son autorizadas mediante resolución del titular de la entidad; Que, mediante Ley Nº 29951 se ha aprobado el Presupuesto del Sector Público correspondiente al año Fiscal 2013; Que, mediante Resolución Rectoral Nº 997-R-UNICA- 2012, del 31 de Diciembre del 2012 que apertura el Presupuesto Institucional de apertura de Ingresos y egresos correspondiente al Año Fiscal 2013, a nivel de Unidad Ejecutora, Funcional, Programa, Sub Programa, Actividad y Proyecto del Pliego 515; Universidad Nacional “San Luis Gonzaga” de Ica, ascendente a la suma de CIENTO TREINTA MILLONES SETECIENTOS VEINTISIETE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 130,727,690.00) por toda Fuente de Financiamiento; Que, mediante Resolución Rectoral Nº 421-R- UNICA-2013 del 27 de Marzo del 2012, se aprueba la suscripción del Protocolo de Cooperación Cultural, Científi ca y Pedagógica entre la Universidad de Santiago de Compostela (España) y la Universidad Nacional “San Luis Gonzaga” de Ica (Perú); Que, con Resolución Rectoral Nº 1021-R-UNICA- 2013 del 12 de Julio del 2013 se aprueba la suscripción del Convenio Específi co de Colaboración entre la Universidad de Santiago de Compostela y la Universidad Nacional “San Luis Gonzaga” de Ica para la Prestación de Servicios Relacionados con el Proyecto Hacia la Acreditación - UNICA 2017; Que, mediante Ofi cio Nº 0029-2013-DEA-DIGA- UNICA del 25 de Noviembre del 2013, el Director de la Ofi cina de Abastecimiento remite el Informe Nº 058-2013- UA-FEA-UNICA de la Unidad de Adquisiciones, remite el estudio de mercado de precios referenciales el mismo que asciende a la suma de S/. 81,648.50 (ochenta un mil seiscientos cuarenta y ocho con 50/100 nuevos soles); Que, con Ofi cio Nº 393-2013-D-OGA/UNICA del 26 de Noviembre del 2013, el Director de la Ofi cina General de Administración, comunica que para poder procesar el pago de viático para los integrantes de la Comisión de Reforma Curricular de la Universidad Nacional “San Luis Gonzaga” de Ica para el viaje a la Universidad “Santiago de Compostela”- España, se requiere que se emita una Resolución Rectoral de los viáticos que se otorgarán a las autoridades y miembros de la comisión, la misma que deberá publicarse en el diario El Peruano; Que, estando al acuerdo del Consejo Universitario en su Sesión Ordinaria del 10 de Octubre del 2013; En uso de las atribuciones conferidas al Señor Rector de la Universidad Nacional “San Luis Gonzaga” de