Norma Legal Oficial del día 19 de diciembre del año 2013 (19/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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Estado en su jurisdiccion, con excepcion de los terrenos de propiedad municipal." Que, en virtud de lo establecido en la Resolucion Gerencial Nº 045-2006-CND/GTA y Acta de Transferencia de Funciones Sectoriales a los Gobiernos Regionales, de fecha 26 de MORDAZA de 2006, se ha concretado la transferencia de funciones al Gobierno Regional de MORDAZA las que se encuentran establecidas en los incisos a), b) y c) del articulo 62 de la Ley 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales. Que, la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA establecen las normas que regulan el ambito, organizacion, atribuciones y funcionamiento del Sistema Nacional de Bienes Estatales. Que, el articulo 38 del Decreto Supremo Nº 007-2008VIVIENDA, senala: "Articulo 38.- Del procedimiento de aprobacion La primera inscripcion de dominio de predios estatales, sin perjuicio de lo establecido en normas especiales, sera sustentada y aprobada por los Gobiernos Regionales o la SBN de acuerdo a sus respectivas competencias. La resolucion que dispone la primera inscripcion de dominio del predio del Estado, debera publicarse por unica vez en el Diario Oficial "El Peruano" y, un extracto, en un diario de mayor circulacion en la Region en que se encuentre el predio. La inscripcion de los bienes del Estado de dominio publico y de dominio privado se efectuara en el Registro de Predios a favor del Estado". Que, de conformidad con lo establecido en la MORDAZA Disposicion Complementaria Derogatoria del Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, el presente procedimiento, se encuentra regulado por las Directivas vigentes sobre la materia. Que, segun se desprende del Informe Tecnico Legal Nº 080-2013-GRA-OOT, Informes Nros. 891 y 892-2013GRA/OOT, emitidos por la Oficina de Ordenamiento Territorial, se tiene que se ha seguido el procedimiento establecido y que se cuenta con los requisitos exigidos en la norma. Que, en virtud de lo senalado y de la documentacion acompanada, es procedente que el Gobierno Regional de MORDAZA, emita la resolucion correspondiente a fin de que se inscriba en primera de dominio a favor del Estado, un terreno de dominio privado, de 51.2318 Has. ubicado en el Sector MORDAZA MORDAZA, cerca a la MORDAZA de Torrecillas, distrito de Chaparra, provincia de Caraveli, departamento de Arequipa. Que, la presente resolucion es visada por el abogado y arquitecto que suscribieron el informe tecnico legal del presente procedimiento. Con Informe Nº 1524-2013-GRA/ORAJ emitido por la Oficina Regional de Asesoria Juridica y de conformidad con lo prescrito en la Ley N° 27783 Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley N° 27867, Ley N° 27444, Ordenanza Regional N° 010-AREQUIPA y con las facultades conferidas mediante Resolucion Ejecutiva Regional N° 772-2011-GRA/PR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de domino a favor del Estado, del terreno eriazo de dominio privado de 51.2318 Has. ubicado en el Sector MORDAZA MORDAZA, cerca a la MORDAZA de Torrecillas, distrito de Chaparra, provincia de Caraveli, departamento de Arequipa; conforme a los documentos tecnicos que sustentan la presente resolucion y que son parte integrante de la misma. Articulo 2º.- Disponer que la presente resolucion sea publicada por unica vez en el Diario Oficial "El Peruano" y, un extracto, en el diario de mayor circulacion en la Region. Articulo 3º.- La Oficina Regional de Planeamiento Presupuesto y Ordenamientos Territorial del Gobierno Regional de MORDAZA, realizara el registro de los mencionados terrenos en el SINABIP y tramitara ante la MORDAZA Registral Nº XII Sede MORDAZA, de la Superintendencia Nacional de Registros Publicos,

El Peruano Jueves 19 de diciembre de 2013

la inscripcion de los terrenos materia de la presente resolucion. Dada en la Sede del Gobierno Regional de MORDAZA, a los cinco (05) dias del mes de diciembre del Dos Mil Trece. Registrese y comuniquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente General Regional 1028749-1

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban el Plan Regional de Igualdad de Genero 2013-2017 de la Region MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 170-2013-GRJ/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL JUNIN. POR CUANTO: El Consejo Regional de MORDAZA, en Sesion Ordinaria celebrada a los 05 dias del mes de noviembre de 2013, en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional de MORDAZA, de conformidad con lo previsto en la Constitucion Politica del Peru; Ley de Bases de la Descentralizacion; Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales sus modificatorias y demas Normas Complementarias. CONSIDERANDO: Que, la Declaracion Universal de Derechos Humanos; la Convencion Internacional sobre la Eliminacion de Todas las Formas de Discriminacion Racial; la Convencion Internacional para la Eliminacion de Todas las Formas de Discriminacion contra la Mujer (CEDAW); la Convencion Americana sobre Derechos Humanos; la Convencion sobre los Derechos del Nino; el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Politicos; el Pacto Internacional de Derechos Economicos, Sociales y Culturales; el Convenio 111 de la Organizacion Internacional del Trabajo relativo a la discriminacion en materia de Empleo y Ocupacion; entre otras normas internacionales ratificadas por el Estado Peruano, garantizan el MORDAZA de igualdad y promueven la eliminacion del racismo y la discriminacion en todos los ambitos; Que, el articulo 1º de la Constitucion Politica del Peru establece, la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y el Estado; en el numeral 2) de su articulo dispone, que toda persona tiene derecho a la igualdad ante la ley y que ninguna persona debe ser discriminada por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religion, opinion, condicion economica o de cualquiera otra indole; asimismo, en su articulos 191º y 192º modificados por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional sobre Descentralizacion, establecen que los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, promueven el desarrollo y la economia regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios publicos en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y locales de desarrollo; Que, los articulo 3º y 6º de la Ley Nº 28983 - Ley de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Varones, establece que, es potestad del Poder Ejecutivo, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, en todos los sectores, adoptar politicas, planes y programas, integrando de manera transversal los principios de la Ley referidos a: a) El reconocimiento de la equidad de genero, desterrando practicas, concepciones y lenguaje que justifiquen la superioridad de alguno de los sexos, asi como todo MORDAZA de discriminacion y exclusion sexual y social, b) La prevalencia de los derechos humanos, en su MORDAZA integral, resaltando los derechos de las mujeres a lo largo de su ciclo de MORDAZA, c) El respeto a la realidad pluricultural,

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