Norma Legal Oficial del día 12 de enero del año 2013 (12/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, sabado 12 de enero de 2013

NORMAS LEGALES
Analisis del caso concreto Existencia de la relacion de parentesco

486069

La solicitud de vacancia se sustenta en los siguientes hechos Se afirma que la citada autoridad incurrio en causal de nepotismo por la contratacion de Neli MORDAZA MORDAZA MORDAZA y de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, parientes en MORDAZA y MORDAZA grado de consanguinidad, respectivamente, segun el detalle siguiente: a. Neli MORDAZA MORDAZA MORDAZA, desde el 12 de MORDAZA hasta el 30 de setiembre de 2011, y desde el 1 de octubre hasta el 31 de diciembre de 2011, en el cargo de tecnico de proyectos de inversion, bajo el regimen laboral publico regulado por el Decreto Legislativo Nº 276, segun contratos de trabajo de caracter temporal Nº 179-2011/ MDI y Nº 457-2011/MDI. b. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, durante los periodos siguientes: · Desde el 14 de febrero hasta el 31 de MORDAZA de 2011, en el cargo de cotizador de la Unidad de Abastecimientos y Servicios Auxiliares, bajo el regimen administrativo de servicios, segun Contrato Administrativo de Servicios Nº 10-2011-A/MDI y Adenda Nº 01-CAS. · Desde el 1 de agosto hasta el 31 de diciembre de 2011, en el cargo de tecnico de gestion de proyectos, bajo el regimen laboral publico regulado por el Decreto Legislativo Nº 276, segun contrato de trabajo de caracter temporal Nº 245-2011/MDI y Nº 377-2011/ MDI. Posicion del Concejo Distrital de Ite En sesion extraordinaria, de fecha 23 de agosto de 2012, el Concejo Distrital de Ite declaro improcedente el pedido de vacancia solicitado por Gironcio MORDAZA MORDAZA MORDAZA y la Oficina de Control Interno del mismo concejo distrital. Consideraciones del apelante Gironcio MORDAZA MORDAZA MORDAZA, interpone recurso de apelacion contra el acuerdo de concejo de fecha 23 de agosto de 2012, bajo los mismos argumentos del pedido original, CUESTION EN DISCUSION La materia controvertida en el presente caso es determinar si la regidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA incurrio en la causal de vacancia prevista en el articulo 22, numeral 8, de la Ley Organica de Municipalidades. CONSIDERANDOS Metodologia para el analisis de la causal de vacancia por nepotismo 1. A fin de establecer fehacientemente la existencia de la causal de nepotismo en un supuesto concreto, resulta necesario identificar los siguientes elementos: i) La existencia de una relacion de parentesco entre el funcionario y la persona contratada, en los terminos previstos en la Ley Nº 26771, que establece la prohibicion de ejercer la facultad de nombramiento y contratacion de personal en el sector publico, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2000-PCM, y modificado por Decreto Supremo Nº 017-2002-PCM. ii) La existencia de una relacion laboral o contractual entre la entidad a la cual pertenece el funcionario y la persona contratada. iii) El ejercicio de injerencia por parte del funcionario para el nombramiento o contratacion de tal persona. 2. Cabe precisar que el analisis de los elementos MORDAZA senalados es secuencial, en la medida en que cada uno es condicion para la existencia del siguiente.

3. No obra en autos documentacion fehaciente que acredite que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, tenga parentesco con la regidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, su acta de nacimiento obrante en autos, no es prueba suficiente. Las copias certificadas de las actas de nacimiento, obrante en autos, de Neli MORDAZA MORDAZA MORDAZA y la regidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, acreditan que MORDAZA son hijas de MORDAZA MORDAZA Basurco y MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, siendo por lo tanto hermanas, con un vinculo consanguineo en MORDAZA grado. Existencia de vinculo laboral o contractual de similar naturaleza 4. Al no estar debidamente acreditada la relacion consanguinea entre la regidora cuestionada y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, carece de objeto analizar su vinculo laboral en la Municipalidad Distrital de Ite. 5. Con respecto a la hermana de la regidora, Neli MORDAZA MORDAZA MORDAZA, obra en autos contratos administrativos de servicios, adendas, liquidaciones y boletas de pago, entre otros, que comprueban la existencia de la relacion laboral con la Municipalidad Distrital de Ite Asi, se encuentra que la hermana Neli MORDAZA MORDAZA MORDAZA fue contratada por la entidad MORDAZA el 12 de MORDAZA de 2011, para desempenarse en el cargo de tecnico de proyectos de inversion del municipio, y el plazo de su contrato tambien fue prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2011, fecha en la cual concluyo, aspecto sobre el cual no hay mayor controversia, pues la regidora mencionada no ha negado dicho vinculo laboral. En ese sentido, corresponde a este organo colegiado efectuar el analisis de la existencia de injerencia por parte de la regidora en la contratacion de su familiar para determinar si se configura el acto de nepotismo. Injerencia para la contratacion de parientes 6. Conforme a lo establecido en la Resolucion Nº 137-2010-JNE (Expediente Nº J-2009-0791), el MORDAZA Nacional de Elecciones admite la posibilidad de que los regidores puedan cometer nepotismo por medio de la injerencia sobre el MORDAZA o los funcionarios con facultades de contratacion, nombramiento o designacion. Consecuentemente, es posible para este organo colegiado declarar la vacancia de los regidores por la comision de nepotismo si es que se comprueba que estos han ejercido injerencia para la contratacion de sus parientes. 7. Es MORDAZA que la injerencia o el ejercicio de la presion que los regidores ejercen sobre los funcionarios municipales o el MORDAZA para la contratacion, nombramiento o designacion de sus parientes no va a quedar plasmado, por su propio caracter ilicito, en un documento expreso. En esa medida, el JNE debe recurrir, en tanto Supremo interprete de la legislacion electoral, a una serie de elementos que otorguen indicios razonables sobre la realizacion de la injerencia. 8. Considerando que la labor de fiscalizacion que ejercen los regidores, senalado en el inciso 4 del articulo 10 de la LOM, es la de vigilar la legalidad de las contrataciones, nombramientos y designaciones municipales y, por ende, denunciar aquellos actos administrativos que se opongan al ordenamiento juridico. Precisamente, un acto contrario a la ley que debe ser denunciado por los regidores es el ingreso de sus propios parientes para laborar en la municipalidad. Entonces, es logico esperar que, existiendo un grado de parentesco, en los terminos que senala la ley, es obligacion de los regidores conocer de dichas contrataciones, nombramientos o designaciones y oponerse expresamente a ellas, cuando tengan informacion de nepotismo, todo ello en el MORDAZA de su deber de fiscalizacion. 9. En el presente MORDAZA, dado que esta acreditado el vinculo de parentesco y el vinculo laboral con la municipalidad por parte de la hermana de la regidora

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