Norma Legal Oficial del día 12 de enero del año 2013 (12/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 12 de enero de 2013

Que, mediante Resolucion Presidencial N° 105CEE-UNICA-2012 de fecha 29 de Agosto del 2012, se resolvio proclamar al Dr. MORDAZA MORDAZA ENCINAS MORDAZA, Docente Principal a D.E., como Rector de la Universidad Nacional "San MORDAZA Gonzaga" de Ica, para el periodo 2012 ­ 2017; Que, con Resolucion N° 871-COG-P-UNICA-2012 de fecha 04 de Setiembre del 2012 se nombra al Dr. MORDAZA MORDAZA ENCINAS MORDAZA, Docente Principal a D.E., como Rector de la Universidad Nacional "San MORDAZA Gonzaga" de Ica, para el periodo 2012 ­ 2017, comprendido desde el 05 de Setiembre de 2012 hasta el 04 de Setiembre de 2017; Que, mediante Oficio Nº 152-R-UNICA-2012 el Rector de la Universidad Nacional "San MORDAZA Gonzaga" de Ica, solicita al Consejo Universitario autorizacion para asistir a la invitacion del Rector de la Universidad de MORDAZA de Compostela - Espana, con la finalidad de firmar convenios y dictar conferencias entre las Universidades de Espana y MORDAZA a partir del 18 de enero al 08 de Febrero de 2013; Que, el articulo 141º inciso o) del Estatuto Universitario establece como atribucion del Consejo Universitario autorizar las licencias: "De las autoridades que viajan por comision de servicio, dentro o fuera del pais. Cuando la solicitan en el ejercicio al cargo de gobierno por un periodo no mayor de seis (06) meses"; Que, mediante Ley Nº 29812 se ha aprobado el Presupuesto del Sector Publico correspondiente al ano fiscal 2012; Que, mediante Resolucion Nº 160-COG-P-UNICA2011, de fecha se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos y Egresos correspondiente al Ano Fiscal 2012 a nivel de Unidad Ejecutora, Funcion, Programa, Sub Programa, Actividad y Proyecto del Pliego 515: Universidad Nacional "San MORDAZA Gonzaga" de Ica, ascendente a la suma de CIENTO TRECE MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 113´492,477.00), por toda Fuente de Financiamiento; Que, el penultimo parrafo del numeral 10.1 del articulo 10º de la Ley Nº 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano fiscal 2012, establece, respecto a los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado con cargo a recursos publicos, que el requerimiento de excepciones adicionales, a las senaladas en los literales a), b), c), y d) del mismo numeral; Que, dentro de los Principios y Fines de la Universidad se hace necesario la apertura de Relaciones Interinstitucionales, con Universidades de Paises Europeos, siendo Italia uno de los Paises que es factible suscribir convenios con sus universidades; Que, con documento de visto, el Rector de la Universidad de MORDAZA de Compostela - Espana, hace extensiva la invitacion al Rector de la Universidad Nacional "San MORDAZA Gonzaga" de Ica, con la finalidad de firmar convenios y dictar conferencias entre las Universidades de Espana y MORDAZA a partir del 18 de enero al 08 de Febrero de 2013; Estando al acuerdo del Consejo Universitario en su Sesion Permanente de fecha 30 de Diciembre de 2012 y en uso de las atribuciones conferidas al Senor Rector de la Universidad Nacional "San MORDAZA Gonzaga" de Ica, por la Ley N° 23733 y Estatuto Universitario; SE RESUELVE: Articulo 1°.- AUTORIZAR el viaje a la Universidad de MORDAZA de Compostela - Espana, en el periodo comprendido entre el 18 de Enero al 08 de Febrero de 2013, en representacion de la Universidad Nacional "San MORDAZA Gonzaga" de Ica al Rector Dr. MORDAZA MORDAZA ENCINAS MORDAZA, en atencion a la invitacion formulada por el Rector de la Universidad de MORDAZA de Compostela - Espana, con la finalidad de firmar convenios y dictar conferencias entre las Universidades de Espana, MORDAZA e Italia. Articulo 2°.- AUTORIZAR a la Oficina General de Presupuesto y Planificacion, Oficina General de

Administracion y a las dependencias administrativas correspondientes para el otorgamiento de viaticos de acuerdo a Ley, correspondiendole: Pasajes aereo y terrestre (ida y vuelta) Viaticos (US$ 260.00 por 21 dias) Tarifa CORPAC : : : US$ 2,606.00 US$ 5,460.00 US$ 30.74

Articulo 3°.- DETERMINAR que dentro de los (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, la autoridad MORDAZA citada debera presentar ante el Consejo Universitario de la entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje. Articulo 4°.- DETERMINAR que la presente MORDAZA no da derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de aduana de cualquier clase o denominacion a favor de los funcionarios cuyos viajes se autorizan. Articulo 5°.- ENCARGAR las funciones de Rector (e), al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vicerrector Academico a partir del 18 de Enero al 08 de Febrero de 2013, de acuerdo a lo establecido en el articulo 162º, inciso g) del Estatuto Universitario. Articulo 6°.- ENCARGAR a la Secretaria General y a la Oficina General de Administracion de la Universidad Nacional "San MORDAZA Gonzaga" de Ica, la publicacion en el Diario Oficial EL PERUANO de conformidad a las normas vigentes. Articulo 7°.- TRANSCRIBIR MORDAZA de la presente Resolucion Rectoral a la Asamblea Nacional de Rectores, Gerencia Universitaria, Oficina de Presupuesto y Planificacion, Oficina General de Administracion y a las dependencias de la Universidad, para su conocimiento y cumplimiento. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA ENCINAS MORDAZA Rector 887701-1

MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES
Declaran fundado recurso de apelacion, revocan el Acuerdo de Consejo Regional Nº 053-2012-CR-GRH y declaran improcedente la recomendacion contenida en el dictamen de la comision permanente de planeamiento, presupuesto, acondicionamiento territorial y asuntos legales del Consejo Regional de MORDAZA Nº 10-2012-GRHCP/CPPPATAL
RESOLUCION Nº 1094-2012-JNE Expediente Nº J-2012-1169 MORDAZA MORDAZA, cinco de diciembre de dos mil doce. VISTO en audiencia publica, de fecha 5 de diciembre de 2012, el recurso de apelacion interpuesto por Jhony MORDAZA Miraval Venturo, contra el Acuerdo de Consejo Regional Nº 053-2012-CR-GRH, del 8 de agosto de 2012, que derogo el Acuerdo de Consejo Regional Nº 003-2011-CR/GRH, del 7 de enero de 2011, que lo habia incorporado al cargo de vicepresidente regional, por encontrarlo responsable de infringir el articulo 3, el articulo 6, en su numeral 2, el articulo 7, en su numeral 2, asi como el articulo 8, en su numeral 2, de la Ley Nº 27815, Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica, y oidos los informes orales.

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